Kurwamax escribió: ↑Dom Abr 17, 2022 6:29 pmTenés algún fallo donde el uso de punta hueca haya sido usada como medio de prueba para dar vuelta una legítima defensa privilegiada? Siquiera una legítima defensa fuera de los supuestos de presunción?Amat Victoria Curam escribió: ↑Dom Abr 17, 2022 11:25 amBuen dia como va?
Coincido con Marcos, de que el .45 ACP., es el calibre ideal para la defensa personal, asi que suma uno mas, y al menos en mi caso puntual usando Sistema 1927 y Ballester.
Ahora del tema Judicial, puedo dar muy buenas referencias, a diferencia del tan famoso "ANDA Y CONSULTA A UN ABOGADO, QUE ...", y lo menciono ya que dichos profesionales, son tan de terror como los fiscalitos y ni hablar de su pares los Jueces.
La realidad de MATAR A ALGUIEN, SI DE MATAR A ALGUIEN, liso y llano, el mismo poder judicial (fiscalito y Juez) te van a tratar de tirar abajo SIEMPRE el acto de la Legitima Defensa, y por las dudas, vas a ir PRESO, lo digo por experiencia personal de haberla pasado.
A eso sumale que si LE DISTE BOLA A LOS VENDE HUMO, que no hace mucho y utilizando a los abogados mas mediaticos de la Argentina, TE INDICABAN que para la defensa personal podes usar municion de PUNTA HUECA Y BLA, BLA, BLA, y en esa tambien te cuento que para el poder judicial, eso es un agravante muy usando tanto por el fiscalito, como por el ABOGADO defensor de la familia de caco muerto, y ni hablar si queda vivo, y medio echo CACA, aca tambien se las puedo contar y muy bien.
La realidad es que esta muy jodida la mano, y a eso lamentablemente los Codigos Procesal Penal tanto Nacional como los provinciales, estan escritos por TIPOS que han hecho dichas leyes a favor del LACRA, FACILITANDO LA PUERTA GIRATORIA A SU FAVOR.
Reitero, en este foro SOBRAN, las experiencias de muchos particulares que aun estan batallando contra el Poder Judicial, tras haberse defendido de LACRAS amantes de lo ajeno, y en mi caso personal, de verlo a diario en mi laburo.
En fin, saludos desde Bs. As.
Si volvemos a ésto, habría que ver la cantidad de policías presos por usar munición con proyectil de cabeza chata, prohibida en el mismo inciso que la munición de punta hueca...
Los agravantes no existen en legítima defensa. En el supuesto de presunción iuris tantum de legítima defensa privilegiada (nocturnidad y escalamiento o extraño en el hogar que se resista a salir del mismo), el uso de punta hueca no ayuda al fiscal a probar que no hubo legítima defensa...
La tenencia no autorizada de munición es atípica siempre y cuando no constituya acopio, por ende la tenencia de munición de uso prohibido (de ahí el carácter no autorizado de su tenencia) si no constituye acopio no es delito. El uso de munición prohibida para toda actividad que no sea caza y tiro deportivo no constituye delito penal, representando a lo sumo una infracción administrativa.
De nuevo, si tenés algún tipo de fallo donde una persona haya ejercido legítima defensa como corresponde donde la condición de racionalidad de los medios empleados haya sido considerada como no cumplida por el mero uso de munición prohibida, o de alguna otra forma una legítima defensa bien hecha haya sido volteada por el mero uso de munición prohibida sin que concurran otras circunstancias que invaliden alguno de los requisitos de la legítima defensa, o donde el supuesto de legítima defensa privilegiada se haya visto desprobado por el uso de munición prohibida, te invito a que me lo hagas llegar respondiendo a mi comentario o por mensaje privado.
Fallos donde una persona usó punta hueca y se consideró legítima defensa los hay, y en el foro hay varios que se defendieron usando punta hueca y no fueron presos también. Si un fiscal te la tiene jurada, poco importa la munición que uses, por otra cosa te va a enganchar (pues nunca vi en un fallo que solamente el tipo de munición usada haya dado vuelta la legítima defensa).
Saludos!
SI, EL MIO...
A ver para los incredulos que suponen tenerla recontra muy clara, se las cuento, a mi me imputaron por el uso de una municion de provision del tipo tronco conica, y me cambiaron la calificacion del hecho, imputandome las lesiones gravisimas de los lacras y aparte me embocaron el famoso "tormeto" que les causo el uso de tal municion, durante la famosa "agonia" que habian padecido a ser impactados por tales puntas.
Yo estuve PRESO, con todo a favor que indicaba la legitima defensa y toda la mie!#@ DEL CASO, y aun asi el fiscalito me dejo PRESO, por si las dudas.
Recupere la libertad un tiempo despues y luego llegue al Juicio Oral en donde se me bombardeo desde todos los frentes, desde el fiscalito, hasta los defensores de las familia de los lacras.
Con relacion a la municion safe por ser provista (safe el Oral y luego la querella por daño moral y tantos otros etcs., fue asumida por Policia).
TE QUEDA ALGUNA OTRA DUDA MAESTRO?
Tuve suerte desde el dia uno al dia X en que termino todo, porque encima no solo podia volver a quedar preso, sino que me habia tocado el presente hecho ya durante la intervencion de las Basuras de Arslanian y Arias Duval, y quienes por cualquier copia administrativa te dejaban prescindible por el solo hecho de la imputacion penal.-
Te agradezco por la clase de "Derecho", no la necesito, quedate tranquilo que tengo bien en claro como es el tema en si, y que cosas pueden o no pasar, durante la famosa "Legitima Defensa".
En lo personal para todo aquel que desee, USEN LAS MUNICIONES DE PUNTAS HUECAS Y TRONCO CONICAS, y despues contame como te va desde lo judicial...
Cada cual va a tener una suerte distinta desde la vista de lo Judicial, y habra abogados de 4 que seguramente ya recibidos desde internet, no sabran cosas que otros penalistas si sabran y dependiendo desde que lugar en donde se ubiquen o te ayudaran pecuniariamente o trataran de perjudicarte, es asi de simple.
Saludos desde Bs. As.