Portacion cuchillos de camping, supervivencia, que es legal?

Cuchillos, espadas, sables, etc
Responder
thepresident
Mensajes: 5
Registrado: Jue May 18, 2017 10:44 pm

Portacion cuchillos de camping, supervivencia, que es legal?

Mensaje por thepresident » Jue May 18, 2017 10:54 pm

Buenas noches, este es un tema del cual me interesa bastante saber y no encuentro respuesta alguna en internet. El tema es este, necesito saber que problemas con la ley podrian surgir si, yendome de a pasar unos dias al monte, o a acampar en una sierra, llevase un cuchillo de supervivencia en la cintura. ACLARO: entiendo perfectamente que dentro de lugares urbanos, pueblos, estadios o cualquier lugar publico donde haya varias personas, es factible tener problemas con la ley, por contravenciones, por leyes federales y demas. Eso NO ESTA bajo discusion. Quiero saber si alguien a tenido problemas por ejemplo al llevar un cuchillo (supervivencia, de caza, bowie) al camping, andar en el monte, andar vadeando un rio o haciendo alguna aventura a traves de lugares campestres, con la ley (policias, guardaparque, gendarmeria, etc). Muchas gracias por las respuestas que surjan.
Avatar de Usuario
patagonico
Usuario Experto
Usuario Experto
Mensajes: 16271
Registrado: Vie Dic 21, 2007 2:20 pm
Ubicación: Comodoro Rivadavia - Patagonia

Re: Portacion cuchillos de camping, supervivencia, que es legal?

Mensaje por patagonico » Vie May 19, 2017 10:15 am

En el ámbito adecuado no hay ningún problema .- Si no estas haciendo algo ilegal es una herramienta necesaria para la actividad .-
Agur egin.- Alberto.-
Miembro del DPG
thepresident
Mensajes: 5
Registrado: Jue May 18, 2017 10:44 pm

Re: Portacion cuchillos de camping, supervivencia, que es legal?

Mensaje por thepresident » Vie May 19, 2017 10:59 am

patagonico escribió:En el ámbito adecuado no hay ningún problema .- Si no estas haciendo algo ilegal es una herramienta necesaria para la actividad .-
Gracias pòr la data, alguien tendra alguna experiencia adicional? desde ya muchas gracias
Avatar de Usuario
ruso16
Gran usuario
Gran usuario
Mensajes: 4180
Registrado: Sab Ene 10, 2015 6:39 pm
Ubicación: Playa Dorada ( Mar Del Plata)

Re: Portacion cuchillos de camping, supervivencia, que es legal?

Mensaje por ruso16 » Vie May 19, 2017 11:13 am

Como te topas con gente en lugares mas insolitos y alejados,prefiero cuchillos (o cosas, que pueden poner nervioso a alguien) llevar "semioculto".Esa decir, en el cinturon, pero, cubierto con camiza,por ejemplo. Tambien es util, por si la gente con al que te cruzaste no tiene las mejores intenciones, no ven el grado de preparacion tuyo.
Ilegal no es, mientras no sea ciudad, pueblo, etc.
Uno no es el quien dice ser, sino, el que termina siendo.
thepresident
Mensajes: 5
Registrado: Jue May 18, 2017 10:44 pm

Re: Portacion cuchillos de camping, supervivencia, que es legal?

Mensaje por thepresident » Vie May 19, 2017 11:19 am

ruso16 escribió:Como te topas con gente en lugares mas insolitos y alejados,prefiero cuchillos (o cosas, que pueden poner nervioso a alguien) llevar "semioculto".Esa decir, en el cinturon, pero, cubierto con camiza,por ejemplo. Tambien es util, por si la gente con al que te cruzaste no tiene las mejores intenciones, no ven el grado de preparacion tuyo.
Ilegal no es, mientras no sea ciudad, pueblo, etc.

Buenisimo, eso me aporta muchisimo, muchas gracias
Avatar de Usuario
Rodo
Gran usuario
Gran usuario
Mensajes: 3552
Registrado: Lun Ago 19, 2013 6:20 pm
Ubicación: Más allá del horizonte, al sudoeste bonaerense.

Re: Portacion cuchillos de camping, supervivencia, que es legal?

Mensaje por Rodo » Vie May 19, 2017 2:19 pm

Portaciónn de arma de fuego o blanca, es decir, un cuchillo, sea de camping, un Aitor Oso Negro o un criollo, significa disponer de ese elemento en condiciones de uso inmediato. Si vas por la calle con un cuchillo cualquiera en la cintura es portación de arma blanca. Si estás en el campo, deberían meter presos a todos los paisanos que anden por ahí. Si estás en una excursión de caza o pesca, se justifica el objeto. En una época en la costanera frente al aeroparque metían en cana a los pescadores por tener cuchillitos. Cosa de locos no? Si tal cual. Si vas a un club o un asado en tu coche podés llevar un cuchillo en un bolso, si andás con el cuchillo en la cintura es otra cosa. Lo lógico sería según la ocasión llevar lo que corresponde en el lugar indicado. Se entiende? No es lo mismo andar por el barrio de Palermo con un criolloo en la cintura oculto o no, que en el medio del campo, dell monte o al lado de una laguna. Nunca hay que hacer ostentación de las cosas y no llamar la atención. A ver....otro ejemplo para que se comprenda bien. Si vas a la exposición rural y te comprás un cuchillo, no es lo mismo que lo lleves en un paquete o bolsita, disimulado, que subirte al subte linea D con el facón cruzado en la cintura. Me parece mejor este ultimo. Saludos.
Acceso oeste, luego la 5 hasta T.Lauquen, ahí la 33 a Bahía, cargo nafta en El Cholo, sigo a Villarino por la 3, paso Origone y ahí nomás.
😬
Avatar de Usuario
Puri
Usuario
Usuario
Mensajes: 2179
Registrado: Mar Sep 01, 2009 10:16 pm
Ubicación: Mar del Plata

Re: Portacion cuchillos de camping, supervivencia, que es legal?

Mensaje por Puri » Vie May 19, 2017 2:51 pm

Todos los dias tengo conmigo una navaja en el bolsillo, de la cual se ve el clip de la misma de titanio por afuera. la cual uso para abrir cajas, cortar mangueras neumaticas, o trazar una pieza a mecanizar(trabajo en fabrica)

Mas de una vez tuve, no solo la navaja en un bolsillo sino una leatherman wingman en el otro. Muchas veces me voy de la fabrica a la facultad, o al centro con eso y jamas me pararon. entre a tribunales y comisarias indistinto. y eso que soy un niño de apenas 28 años.

muchas veces que tengo que entregar algun cuchillo, o lo llevo al laburo para mostrarselo a algun aficionado los tengo en la mochila.. y si me paran puedo tener la navaja en el bolsillo, la leatherman en la mochila y algun que otro cuchillo que hice. Si algun dia me paran ya vere.. pero mientras tanto, tengo mi tarjeta "profesional" encima como para disimular.

Como te dijeron, depende de la situacion. Sino cuanta gente ves en la calle con victorynox en la cintura?
Si se puede evitar no es un problema..
si no tiene solucion, es una CAGADA.
thepresident
Mensajes: 5
Registrado: Jue May 18, 2017 10:44 pm

Re: Portacion cuchillos de camping, supervivencia, que es legal?

Mensaje por thepresident » Vie May 19, 2017 4:13 pm

Puri escribió:Todos los dias tengo conmigo una navaja en el bolsillo, de la cual se ve el clip de la misma de titanio por afuera. la cual uso para abrir cajas, cortar mangueras neumaticas, o trazar una pieza a mecanizar(trabajo en fabrica)

Mas de una vez tuve, no solo la navaja en un bolsillo sino una leatherman wingman en el otro. Muchas veces me voy de la fabrica a la facultad, o al centro con eso y jamas me pararon. entre a tribunales y comisarias indistinto. y eso que soy un niño de apenas 28 años.

muchas veces que tengo que entregar algun cuchillo, o lo llevo al laburo para mostrarselo a algun aficionado los tengo en la mochila.. y si me paran puedo tener la navaja en el bolsillo, la leatherman en la mochila y algun que otro cuchillo que hice. Si algun dia me paran ya vere.. pero mientras tanto, tengo mi tarjeta "profesional" encima como para disimular.

Como te dijeron, depende de la situacion. Sino cuanta gente ves en la calle con victorynox en la cintura?

si si, se entiende, la situacion en donde estas con el elemento es critica, dentro de zonas urbanas esta descartado andar con un cuchillo de supervivencia, un facon, un bowie o similar. Mi consulta es SIEMPRE en lugares rurales, despoblados. Monte, sierra, rio, arroyo, etc. Gracias por el aporte
Avatar de Usuario
patagonico
Usuario Experto
Usuario Experto
Mensajes: 16271
Registrado: Vie Dic 21, 2007 2:20 pm
Ubicación: Comodoro Rivadavia - Patagonia

Re: Portacion cuchillos de camping, supervivencia, que es legal?

Mensaje por patagonico » Vie May 19, 2017 5:53 pm

No estas en áreas urbanas en el campo.- Por lo tanto no infrigis ninguna ordenanza .- Lo podés llevar perfectamente .-

No existe una ley que lo prohiba .-
Agur egin.- Alberto.-
Miembro del DPG
thepresident
Mensajes: 5
Registrado: Jue May 18, 2017 10:44 pm

Re: RE: Re: Portacion cuchillos de camping, supervivencia, que es legal?

Mensaje por thepresident » Vie May 19, 2017 6:02 pm

Rodo escribió:Portaciónn de arma de fuego o blanca, es decir, un cuchillo, sea de camping, un Aitor Oso Negro o un criollo, significa disponer de ese elemento en condiciones de uso inmediato. Si vas por la calle con un cuchillo cualquiera en la cintura es portación de arma blanca. Si estás en el campo, deberían meter presos a todos los paisanos que anden por ahí. Si estás en una excursión de caza o pesca, se justifica el objeto. En una época en la costanera frente al aeroparque metían en cana a los pescadores por tener cuchillitos. Cosa de locos no? Si tal cual. Si vas a un club o un asado en tu coche podés llevar un cuchillo en un bolso, si andás con el cuchillo en la cintura es otra cosa. Lo lógico sería según la ocasión llevar lo que corresponde en el lugar indicado. Se entiende? No es lo mismo andar por el barrio de Palermo con un criolloo en la cintura oculto o no, que en el medio del campo, dell monte o al lado de una laguna. Nunca hay que hacer ostentación de las cosas y no llamar la atención. A ver....otro ejemplo para que se comprenda bien. Si vas a la exposición rural y te comprás un cuchillo, no es lo mismo que lo lleves en un paquete o bolsita, disimulado, que subirte al subte linea D con el facón cruzado en la cintura. Me parece mejor este ultimo. Saludos.
Muy buenas aclaraciones, se agradece mucho. Estoy empezando en estos temas, tengo mucha info técnica pero quiero saber los alcances legales

Enviado desde mi SM-G925I mediante Tapatalk
Avatar de Usuario
Rodo
Gran usuario
Gran usuario
Mensajes: 3552
Registrado: Lun Ago 19, 2013 6:20 pm
Ubicación: Más allá del horizonte, al sudoeste bonaerense.

Re: Portacion cuchillos de camping, supervivencia, que es legal?

Mensaje por Rodo » Sab May 20, 2017 2:58 pm

Pensá siempre en el concepto general desde lo legal y jurídico. Portación es el hecho de llevar consigo un arma en condiciones de uso inmediato en vía pública o en lugares de acceso público o concentraciones públicas. De ahí se abren situaciones particulares a tener en cuenta al momento de juzgar si es o no delito o infracción. Una cosa es portación, otra cosa es tenencia y otra cosa es transporte, una cosa en vía pública y otra cosa es en propiedad privada o finca particular.
Lo que sucede que muchos hablan porque tienen boca nada más. Si yo en mi casa tengo un revólver cargado no es portación porque el interior de mi casa no es vía pública.
Si mato un ladrón en el fondo de mi casa nadie me puede imputar una portación.
Si yo estoy atrás del mostrador de mi negocio y en un estante bajo el mismo tengo un arma cargada no es portación. Es tenencia de un arma, declarada obviamente, en un lugar o dependencias privada y la autoridad para quitármela necesita una orden de allanamiento. Se entiende un poco, mas o menos o nada?
No quiero extenderme porque podría escribir un digesto jurídico en esta materia.
Lo mismo que el transporte. Ahora dicen que si vas por la ruta 11, te paran con armas y te las secuestran. NO NO NO. No señor. Si vos vas con las armas descargadas en sus fundas o cajas, la munición separada rumbo a Pinamar nadie te puede hacer el cargo de caza, o presunción de caza o nada. Se entiende. Porque eso sería un transporte de armas y está reglado por la Ley Nacional de Armas. Ningúna fuerza puede atribuirse las facultades de interpretar absolutamente nada. Esos son los derechos y obligaciones que emanan de la Ley y no de la facultad o atribuciones que se autoadjudiquen funcionarios circunstanciales.
Acceso oeste, luego la 5 hasta T.Lauquen, ahí la 33 a Bahía, cargo nafta en El Cholo, sigo a Villarino por la 3, paso Origone y ahí nomás.
😬
MaxiMeda
Mensajes: 597
Registrado: Vie Jul 31, 2015 4:57 pm

Re: Portacion cuchillos de camping, supervivencia, que es legal?

Mensaje por MaxiMeda » Lun May 22, 2017 11:47 am

Rodo escribió:Pensá siempre en el concepto general desde lo legal y jurídico. Portación es el hecho de llevar consigo un arma en condiciones de uso inmediato en vía pública o en lugares de acceso público o concentraciones públicas. De ahí se abren situaciones particulares a tener en cuenta al momento de juzgar si es o no delito o infracción. Una cosa es portación, otra cosa es tenencia y otra cosa es transporte, una cosa en vía pública y otra cosa es en propiedad privada o finca particular.
Lo que sucede que muchos hablan porque tienen boca nada más. Si yo en mi casa tengo un revólver cargado no es portación porque el interior de mi casa no es vía pública.
Si mato un ladrón en el fondo de mi casa nadie me puede imputar una portación.
Si yo estoy atrás del mostrador de mi negocio y en un estante bajo el mismo tengo un arma cargada no es portación. Es tenencia de un arma, declarada obviamente, en un lugar o dependencias privada y la autoridad para quitármela necesita una orden de allanamiento. Se entiende un poco, mas o menos o nada?
No quiero extenderme porque podría escribir un digesto jurídico en esta materia.
Lo mismo que el transporte. Ahora dicen que si vas por la ruta 11, te paran con armas y te las secuestran. NO NO NO. No señor. Si vos vas con las armas descargadas en sus fundas o cajas, la munición separada rumbo a Pinamar nadie te puede hacer el cargo de caza, o presunción de caza o nada. Se entiende. Porque eso sería un transporte de armas y está reglado por la Ley Nacional de Armas. Ningúna fuerza puede atribuirse las facultades de interpretar absolutamente nada. Esos son los derechos y obligaciones que emanan de la Ley y no de la facultad o atribuciones que se autoadjudiquen funcionarios circunstanciales.
Estimado Rodo, creo que has sido muy claro y pertinente en tus comentarios (que como tales comparto).
Sin embargo, debo resaltar que la portación penada por la ley penal es la portación de arma de fuego y no la portación de arma blanca. Digo esto porque a mi entender lo dicho por Rodo es aplicable al caso de armas de fuego pero no de armas blancas y muchas veces se entra en la falsa creencia que legalmente es lo mismo.
En otras palabras, portar un cuchillo no es un delito (castigado penalmente) y sólo puede constituir una contravención (códigos contravencionales).
Slds
MaxiMeda
Mensajes: 597
Registrado: Vie Jul 31, 2015 4:57 pm

Re: Portacion cuchillos de camping, supervivencia, que es legal?

Mensaje por MaxiMeda » Lun May 22, 2017 12:03 pm

Para dejar el tema en claro, dice el art. 189 bis, en la parte pertinente:
La portación de armas de fuego de uso civil, sin la debida autorización legal, será reprimida con prisión de UN (1) año a CUATRO (4) años.
Si las armas fueren de guerra, la pena será de TRES (3) años y SEIS (6) meses a OCHO (8) años y SEIS (6) meses de reclusión o prisión.
Si el portador de las armas a las cuales se refieren los dos párrafos que anteceden, fuere tenedor autorizado del arma de que se trate, la escala penal correspondiente se reducirá en un tercio del mínimo y del máximo.
La misma reducción prevista en el párrafo anterior podrá practicarse cuando, por las circunstancias del hecho y las condiciones personales del autor, resultare evidente la falta de intención de utilizar las armas portadas con fines ilícitos.

Es claro entonces que:
1) las armas deben ser de fuego
2) se trata de armas para las cuales existe la posibilidad de obtener una autorización (lo que excluye los cuchillos) y refuerza la idea que se trata de armas de fuego.
3) se trata de armas cuya tenencia requiere una autorización (pues de lo contrato no tiene sentido la reducción de la pena). Nuevamente se refuerza la idea y se deja en claro que se trata de armas de fuego.

Portación de arma blanca
Es una contravención a la que hace especial referencia el art. 85 del código contravencional de la CABA: Artículo 85 - Portar armas no convencionales. Quien porta en la vía pública, sin causa que lo justifique, cualquier tipo de arma no convencional, de aire o gas comprimido, arma blanca u objetos cortantes o contundentes inequívocamente destinados a ejercer violencia o agredir, es sancionado/a con multa de un mil ($ 1.000) a tres mil ($ 3.000) pesos o cinco (5) a quince (15) días de arresto.

Saludos y espero haber sido claro.
Avatar de Usuario
Rodo
Gran usuario
Gran usuario
Mensajes: 3552
Registrado: Lun Ago 19, 2013 6:20 pm
Ubicación: Más allá del horizonte, al sudoeste bonaerense.

Re: Portacion cuchillos de camping, supervivencia, que es legal?

Mensaje por Rodo » Mar May 23, 2017 12:01 am

En ingún momento dije que la portación de arma blanca sea delito. Pero su portación injustificada califica infracción. Saludos.
Acceso oeste, luego la 5 hasta T.Lauquen, ahí la 33 a Bahía, cargo nafta en El Cholo, sigo a Villarino por la 3, paso Origone y ahí nomás.
😬
mauser_1909
Mensajes: 5
Registrado: Dom Oct 26, 2008 8:39 pm

Re: Portacion cuchillos de camping, supervivencia, que es legal?

Mensaje por mauser_1909 » Dom Jul 02, 2017 1:02 am

MaxiMeda escribió:Para dejar el tema en claro, dice el art. 189 bis, en la parte pertinente:
La portación de armas de fuego de uso civil, sin la debida autorización legal, será reprimida con prisión de UN (1) año a CUATRO (4) años.
Si las armas fueren de guerra, la pena será de TRES (3) años y SEIS (6) meses a OCHO (8) años y SEIS (6) meses de reclusión o prisión.
Si el portador de las armas a las cuales se refieren los dos párrafos que anteceden, fuere tenedor autorizado del arma de que se trate, la escala penal correspondiente se reducirá en un tercio del mínimo y del máximo.
La misma reducción prevista en el párrafo anterior podrá practicarse cuando, por las circunstancias del hecho y las condiciones personales del autor, resultare evidente la falta de intención de utilizar las armas portadas con fines ilícitos.

Es claro entonces que:
1) las armas deben ser de fuego
2) se trata de armas para las cuales existe la posibilidad de obtener una autorización (lo que excluye los cuchillos) y refuerza la idea que se trata de armas de fuego.
3) se trata de armas cuya tenencia requiere una autorización (pues de lo contrato no tiene sentido la reducción de la pena). Nuevamente se refuerza la idea y se deja en claro que se trata de armas de fuego.

Portación de arma blanca
Es una contravención a la que hace especial referencia el art. 85 del código contravencional de la CABA: Artículo 85 - Portar armas no convencionales. Quien porta en la vía pública, sin causa que lo justifique, cualquier tipo de arma no convencional, de aire o gas comprimido, arma blanca u objetos cortantes o contundentes inequívocamente destinados a ejercer violencia o agredir, es sancionado/a con multa de un mil ($ 1.000) a tres mil ($ 3.000) pesos o cinco (5) a quince (15) días de arresto.

Saludos y espero haber sido claro.
Muy buena la información! Gracias
Responder

Volver a “Armas blancas”