Dejando en claro de una vez...
- Harry
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Re: Dejando en claro de una vez...
Gracias caporale lo mismo para vos. Quedo a tus gratas ódenes. Buenos tiros sin importar el calibre.
- RobertoJaguar
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Re: Dejando en claro de una vez...
Muchachos, perdón me meta, interesante la discusión y muy buena a modo informativo, Pero quisiera aclarar que cuando se habla de ARMA CALIBRE 22, se expresa en PULGADAS y es porque el calibre se puede medir en milímetros o pulgadas. Por ejemplo, el calibre 22 es de 0.22 (.22) pulgadas de diámetro, es decir, 5.56 mm, por eso una bala de 22 es nada mas ni nada menos que de .22 PULGADAS o 5,56 MM ..no existe una bala de 22mm o 45mm para empuñar jajaja Saludos
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- caporale
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Re: Dejando en claro de una vez...
Hola Roberto, gracias por pasar.
Ahora bien, no entiendo tu aclaración. Podes expresarlo de otra manera?
Gracias.
Ahora bien, no entiendo tu aclaración. Podes expresarlo de otra manera?
Gracias.
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- kerbero
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Re: Dejando en claro de una vez...
Muy interesante todo lo aclarado sobre los códigos civil y penal, nunca esta de mas saber nuestros derechos y obligaciones.
Ahora si me permiten quiero hacer una reflexión, no están cansados como yo de tener que cargar con resoluciones, decretos, leyes, códigos y demás yerbas legales para instruir a quienes tendrían que saberlos para realizar su trabajo?
Entiendo perfectamente que es preferible llevar una factura de compra a tener que aguantar al uniformado poco instruido, que sin saber como proceder inventa y cambian leyes a su antojo y favor para hacernos pasar un mal rato. Quiero que quede muy claro que no tengo nada en contra de ningún uniformado sea de la fuerza que sea.
De un tiempo a esta parte estoy un poco hastiado del abuso de poder.
Ahora una pregunta técnica que quizá algún abogado o entendido en leyes mas que yo pueda contestarme, en el caso que me secuestren\sustraigan un arma sea de fuego o AC alegando una ley o código inexistente o torcido tengo yo oportunidad de demandar al oficial o cuerpo al que pertenezca por el lucro cesante y los costos legales?
Ahora si me permiten quiero hacer una reflexión, no están cansados como yo de tener que cargar con resoluciones, decretos, leyes, códigos y demás yerbas legales para instruir a quienes tendrían que saberlos para realizar su trabajo?
Entiendo perfectamente que es preferible llevar una factura de compra a tener que aguantar al uniformado poco instruido, que sin saber como proceder inventa y cambian leyes a su antojo y favor para hacernos pasar un mal rato. Quiero que quede muy claro que no tengo nada en contra de ningún uniformado sea de la fuerza que sea.
De un tiempo a esta parte estoy un poco hastiado del abuso de poder.
Ahora una pregunta técnica que quizá algún abogado o entendido en leyes mas que yo pueda contestarme, en el caso que me secuestren\sustraigan un arma sea de fuego o AC alegando una ley o código inexistente o torcido tengo yo oportunidad de demandar al oficial o cuerpo al que pertenezca por el lucro cesante y los costos legales?
kerbero
CARPE DIEM
- RobertoJaguar
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Re: Dejando en claro de una vez...
En una parte el otro usuario te corrige diciendo que las armas permitidas son calibre 22 y no .22 , y vos tenes razón, ya que las armas calibre 22, quiere decir .22 pulgadas. calibre 22 no quiere decir 22milimetros, si no .22 pulgadas. por lo que entran perfectamente los AC .22, que son el mismo calibre que las carabinas "22", osea .22 o bien 5,56mm. Saludoscaporale escribió:Hola Roberto, gracias por pasar.
Ahora bien, no entiendo tu aclaración. Podes expresarlo de otra manera?
Gracias.
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- caporale
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Re: Dejando en claro de una vez...
Auuuuuuuuuuuuura si!!! Creía que venía por ahí...de todos modos es válido aclarar que este posteo NO CORRESPONDE a armas de fuego.
Gracias Roberto
kerbero, a CUALQUIER funcionario público que NO cumpla con sus funciones a sabiendas de que lo hace (en ese caso que decís sería por omisión, pero la ley escrita se da por sabida...si no la sabe INCUMPLE sus funciones por ignorante) se le puede iniciar un sumario.
Ahora bien, lo del TU lucro cesante está jodido...excepto que justifiques que LUCRÁS con el AC. O sea, sos cazador comercial...lo cual CREO que no está permitido.
OJALÁ algún letrado (que sepa del tema) nos ilumine.
Gracias Roberto
kerbero, a CUALQUIER funcionario público que NO cumpla con sus funciones a sabiendas de que lo hace (en ese caso que decís sería por omisión, pero la ley escrita se da por sabida...si no la sabe INCUMPLE sus funciones por ignorante) se le puede iniciar un sumario.
Ahora bien, lo del TU lucro cesante está jodido...excepto que justifiques que LUCRÁS con el AC. O sea, sos cazador comercial...lo cual CREO que no está permitido.
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- kerbero
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Re: Dejando en claro de una vez...
Gracias por tu opinión Caporale, lo del lucro cesante lo decía por los trastornos que te trae el echo que te secuestren algo, imagínate que te lo secuestra una caminera o policía en un lugar que no es tu residencia, tenes que viajar, costear honorarios de tu abogado y perder días de laburo.caporale escribió:Auuuuuuuuuuuuura si!!! Creía que venía por ahí...de todos modos es válido aclarar que este posteo NO CORRESPONDE a armas de fuego.
Gracias Roberto
kerbero, a CUALQUIER funcionario público que NO cumpla con sus funciones a sabiendas de que lo hace (en ese caso que decís sería por omisión, pero la ley escrita se da por sabida...si no la sabe INCUMPLE sus funciones por ignorante) se le puede iniciar un sumario.
Ahora bien, lo del TU lucro cesante está jodido...excepto que justifiques que LUCRÁS con el AC. O sea, sos cazador comercial...lo cual CREO que no está permitido.
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CARPE DIEM
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Re: Dejando en claro de una vez...
Interesante perspectiva...a esperar que alguien que sepa, opine.kerbero escribió:Gracias por tu opinión Caporale, lo del lucro cesante lo decía por los trastornos que te trae el echo que te secuestren algo, imagínate que te lo secuestra una caminera o policía en un lugar que no es tu residencia, tenes que viajar, costear honorarios de tu abogado y perder días de laburo.
P/D: leé todo el hilo, en algun posteo dije como hacer con un oficial pasado de vivo. A dos ya les resultó y no hay 2 sin 3
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Re: Dejando en claro de una vez...
pues ya ha pasado bastante y aqui nadie opina...caporale escribió:Interesante perspectiva...a esperar que alguien que sepa, opine.kerbero escribió:Gracias por tu opinión Caporale, lo del lucro cesante lo decía por los trastornos que te trae el echo que te secuestren algo, imagínate que te lo secuestra una caminera o policía en un lugar que no es tu residencia, tenes que viajar, costear honorarios de tu abogado y perder días de laburo.
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Re: Dejando en claro de una vez...
Gracias CAPORALE, la verdad yo siempre ando con la factura de compra x las dudas sin saber de esto y con el temor de que te lo saquen ahora con esto voy al campo tranqui ya lo copie y pegue en mi compu para imprimirlo y tenerlo
GRACIAS
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Re: Dejando en claro de una vez...
Buenas noches sres. A lo que dijo jotabe, si me permiten le agrego si la provincia en que estén tiene código contravencional leanlo también, en especial el de cordoba en lo que respecta a definición de arma,acá te pueden amargar si te agarran en vía pública portando un ac, más que todo si es de puño. Fuy efectivo de la prov.de Cordoba hasta 2010. Saludos sres.
-
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Re: Dejando en claro de una vez...
Muy buena info.
Pregunta. Tengo un anhorn co2, con mira (Un chiche), lo uso para tiro al blanco solamente.
Pero un amigo me pregunto si puedo ir a su campo a liquidar unas plagas.
El problema es que el campo queda en Uruguay y yo estoy en Buenos Aires.
?Puedo pasar por aduanas sin problemas? Tengo factura de compra.
Gracias.
Pregunta. Tengo un anhorn co2, con mira (Un chiche), lo uso para tiro al blanco solamente.
Pero un amigo me pregunto si puedo ir a su campo a liquidar unas plagas.
El problema es que el campo queda en Uruguay y yo estoy en Buenos Aires.
?Puedo pasar por aduanas sin problemas? Tengo factura de compra.
Gracias.
- pablobara
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- Registrado: Mié Oct 08, 2014 10:21 pm
Re: Dejando en claro de una vez...
Disculpen si omití leer alguna de las respuestas, pero si busque éspecificamente el post para despejar no sólo las dudas con respecto a la posesión y transporte de un arma neumática, (cosa que gracias al aporte de los usuarios ya quedó perfectamente clara), sino también en lo concerniente a su uso, es decir ¿ es posible su uso intra-domiciliario, siempre que el mismo no implique daños o perjuicios a terceros ? siendo un bien de uso, (no registrable) tal como lo sería una herramienta, un compresor por ejemplo que supone riesgo de explosión, hay alguna normativa que restrinja tal conducta?
Espero puedan darme su punto de vista, o experiencia, ya que de la misma manera que el post original es muy útil a la hora tener la necesidad de invocar los párrafos que se mencionan, también es conveniente conocer las limitaciones que pueden pesar sobre un bien que esta en esa delgada línea que categoriza las armas.
por si sirve como dato adicional, soy de santa fe capital.
Gracias de antemano.
Espero puedan darme su punto de vista, o experiencia, ya que de la misma manera que el post original es muy útil a la hora tener la necesidad de invocar los párrafos que se mencionan, también es conveniente conocer las limitaciones que pueden pesar sobre un bien que esta en esa delgada línea que categoriza las armas.
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Gracias de antemano.
- Hurón Responsable
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Re: Dejando en claro de una vez...
Hola Pablo, te comento mi caso, cuando tengo que hacer una crono completa ó calibrar un arma lo hago en mi patio contra un cazabalines, a veces tiro sin moderador y suena como un .22, a veces algún vecino molesto por el ruido me manda a la policía, que muy atenta y educadamente me visitan... yo los hago pasar, le muestro lo que hago y adonde tiro y que son armas de aire,tampoco lo hago en horarios imprudentes, por lo que no pasa de una visita social donde el oficial de policía termina interesado por la actividad...pablobara escribió:Disculpen si omití leer alguna de las respuestas, pero si busque éspecificamente el post para despejar no sólo las dudas con respecto a la posesión y transporte de un arma neumática, (cosa que gracias al aporte de los usuarios ya quedó perfectamente clara), sino también en lo concerniente a su uso, es decir ¿ es posible su uso intra-domiciliario, siempre que el mismo no implique daños o perjuicios a terceros ? siendo un bien de uso, (no registrable) tal como lo sería una herramienta, un compresor por ejemplo que supone riesgo de explosión, hay alguna normativa que restrinja tal conducta?
Espero puedan darme su punto de vista, o experiencia, ya que de la misma manera que el post original es muy útil a la hora tener la necesidad de invocar los párrafos que se mencionan, también es conveniente conocer las limitaciones que pueden pesar sobre un bien que esta en esa delgada línea que categoriza las armas.
por si sirve como dato adicional, soy de santa fe capital.
Gracias de antemano.
También si tenés buena relación con tus vecinos, le podés explicar lo que hacés, que es un entrenamiento deportivo, etc.
Un saludo
"...TERROR DE LOS AIRES..."
60 JULIOS... ¡¡¡MAMMA MÍA CHE POTENZA!!!
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- pablobara
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Re: Dejando en claro de una vez...
Huron responsable, es justo la clase de aclaración que esperaba leer. De hecho, tengo muy buena relacion con todos los vecinos, excepto por una futura vecina que según comentarios es bastante mal c...; pero mi preocupación real era relacionada con cómo actuar si eventualmente me vienen a tocar timbre los polis.
saludos y un abrazo desde Santa Fe , la cordial... (el que la bautizó así, seguramente venía cuando estaba de muy buen humor)
saludos y un abrazo desde Santa Fe , la cordial... (el que la bautizó así, seguramente venía cuando estaba de muy buen humor)
- Josselin Beaumontt
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Re: Dejando en claro de una vez...
Pues ahora que estoy volviendo al ruedo del aire comprimido .. Muy bueno tu post, Caporale (gracias)
Pregunta, es libre para todos los calibres de aire comprimido y/o pcp
He visto uno fusiles muy interesantes ..
Calibres
9 mm .357"
.45"
.50"
Sería fantástico podes pasarse a estas maravillas si carecen de toda registración y/o permiso
Saludos
Pregunta, es libre para todos los calibres de aire comprimido y/o pcp
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Il buono, il brutto, il cattivo.
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Re: Dejando en claro de una vez...
Che que buena info! La verdad excelente post! Muchas gracias!
Dejennos tirar en paz!
Dejennos tirar en paz!
- Josselin Beaumontt
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Re: Dejando en claro de una vez...
I M P E C A B L E ! ! !
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- alfredo1957
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- fredfable
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- Ubicación: Area 51...pero a veces salgo.
Re: Dejando en claro de una vez...
Hola Caporale Querido!!!caporale escribió:Harry escribió:A veces hay que ser práctico. Ponerse a discutir con un policia puede ser agobiante. La mejor opción llevar una copia certificada por escribano de la factura de compra original y santo remedio. Alli figura el tipo de arma y la policia no puede decir ni MU. Ahora recordemos que no se puede cazar con aire compromido, gomera, boleadora de alambre ni nada que se le parezca. Solo carabina calibre 022 lr o escopeta. Ok? saludos a todos los foristas
Gracias por el aporte Harry, pero debo decirte que en lo resaltado estás equivacado...muy equivocado.
No existe legislación que explicite lo que decís y de hecho los clubes de cazadores otorgan permisos en menor a los menores de 18 para que usen los AC.
Recién me decidí entrar, pasé de largo muchas veces por el título...Si le agregás al titulo algo como (portación de AC) entre paréntesis va a ser el más visitado de la sección AC. (Muchos paparulos como yo pasan de largo pensando que es un post de protesta, Já!!)
Bueno, pasemos al comentario citado arriba.
El señor Harry tiene toda la razón en algo...
"Ahora, recordemos que no se puede cazar con aire comprimido, gomera, boleadora de alambre ni nada que se le parezca. Solo carabina calibre 022 lr o escopeta".
Aquí me pongo a cantar...
al compás del silbato del policía
Con alegría, sentido del humor y con seriedad.
En primer lugar está "prohibido" practicar tiro al blanco (ni siquiera especifica con qué, es muy amplio, demasiado...) en areas de "caza prohibida".
Ahora a lo nuestro.
Esto corresponde a la actividad "caza deportiva" y es así. Tal cual.
Si el Codigo Rural de la provincia de Bs As sigue vigente hay aún más...(si ha sido derogado, todo lo que voy a decir es al pedo, porque no existe más)
También aclaro, que el Codigo Rural de Bs As, ha sido copiado y adaptado al resto de las provincias y que en algunas ciudades, las "ordenanzas municipales" amplían aún mas los conceptos básicos de este código y van más lejos con las prohibiciones y los permisos. Que en casos, son excepcionales y hasta hereditarios.
La ley es clarisima, divide la actividad en varios tipos:
Caza Deportiva.
Caza Comercial.
Caza Científica.
Caza Plaguicida. (Unica en la que entra el uso de un AC para tal fin)
Cada una reglamentada y bajo permiso extendido por la autoridad pertinente.
Pero la misma ley aclara:
ARTICULO 265°: Se entiende por acto de caza todo arte o técnica que tiende a buscar, perseguir, acosar, apresar o matar los animales silvestres, así como la recolección de productos derivados de aquéllos, tales como plumas, huevos, guano, nidos o cualesquiera productos o sub-productos de dichos animales.
El agente de aplicación de la ley NO NECESITA ninguna presa en poder del cazador...
Solo por estar buscando, persiguiendo o acosando... ya estoy en "actividad de caza".
Con verme apuntando o en sospecha de la actividad, puede proceder al decomiso (o debiera decir incautación, porque no las tengo en "comisión"...corríjanme) de las "artes" en mi poder,
Así sea una red de pesca en medio de un campo sembrado...(utilizada para atrapar aves por ejemplo).
Ahora entran los abogados , hago una pausa.
ENTREN POR FAVOR!!!!
y después les cuento alguna anécdota graciosa (si quieren)
No soy abogado, soy científico.
Pero muchas de mis amistades han sido abogados y jueces...que siempre me han sugerido que no los llame para arreglar cagadas, que los llame "antes" de cometerlas!!
Adéndum:
Te inhiben "hasta el perro"...já!
ARTICULO 289°: Sin perjuicio de las sanciones previstas, el infractor se hará pasible del decomiso de las especies vivas aprehendidas, sus despojos o productos y de las armas u objetos de caza utilizados en la comisión de la infracción, excluido el perro de levante, y de inhabilitación para cazar utilizados en la comisión de la infracción, incluido el perro de levante, y de inhabilitación para cazar por uno o más períodos cuando la reiteración o gravedad de la infracción así lo requiera.
Y te rematan hasta la gomera, o queda afectada al servicio de la fuerza:
ARTICULO 291°: Las armas u objetos destinados a la cacería que se decomisen, podrán ser subastadas o afectarse al uso del patrimonio del organismo competente, si así conviniere.
La única manera de dejar a todo el mundo conforme, es no hacerle caso a ninguno....
-Bartolomé Mitre-
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- Aled86
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Re: Dejando en claro de una vez...
Muchas gracias por la info amigo.. Este dato me sirvió mucho para decidir comprar una carabina PCP. Saludos!
Alea iacta est
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Re: Dejando en claro de una vez...
Pregunta.. Un aire comprimido se lo podría denominar como un arma a disparo? Disculpen lo tonta de mi pregunta
LO IMPORTANTE NO ES CAZAR.. SI NO ESTAR CAZANDO
- horatiusg
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Re: Dejando en claro de una vez...
Excelente post !!! Y muy valido para otras cosas!! A veces tambien hay problemas con bicicletas de cierto valor- muchas superan holgadamente los mil verdes -- donde algún nabo te exije la factura de compra si te para o si querés hacer denuncia por robo
Miembro del HSS ( tirador especial )
- caporale
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Re: Dejando en claro de una vez...
Buenas muchachada!
Gracias Fred por tu aporte, como siempre interesante/polémico... no se como haces!
Aled86, me alegro enormemente haber colaborado
Hola junajo78, no conozco un AC que NO dispare. Sería como un auto que no tenga motor ... no conozco categoría legal de "armas a disparo" se me ocurre que alguno la denomine así en contraposición a las cortantes . En fin, espero haberte ayudado.
Gracias horatiusg y muy cierto lo que decís. Les ha pasado a conocidos que salen a hacer circuitos por el monte.
Gracias Fred por tu aporte, como siempre interesante/polémico... no se como haces!
Aled86, me alegro enormemente haber colaborado
Hola junajo78, no conozco un AC que NO dispare. Sería como un auto que no tenga motor ... no conozco categoría legal de "armas a disparo" se me ocurre que alguno la denomine así en contraposición a las cortantes . En fin, espero haberte ayudado.
Gracias horatiusg y muy cierto lo que decís. Les ha pasado a conocidos que salen a hacer circuitos por el monte.
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Re: Dejando en claro de una vez...
Bueno, Gracias a vos Caporale!
(yo tampoco lo sé...) ja ja jaaaaaaa!!!
A ver si ahora sale un tiro para el lado de la alegría.
El problema (de haber un problema) se trata de la "PERCEPCIÓN". ¿Qué es la percepción?
"lo que reflejás , es lo que en verdad sos" "The way you look is the way you are" , se dice por estos pagos...
No siempre es la verdad, pero es cómo funciona en el día a día.
Dos autos a alta velocidad en una callecita de barrio...
Una vecina llama a la policía "Hay dos locos corriendo carreras de autos en el barrio".
La policía los detiene a 20 cuadras.
(Caso A) En un auto hay un anciano y en el otro una familia completa.
El policía les hace preguntas de rigor, piensa que la vecina se equivocó o que la loca es ella.
(Caso B) Los conductores de los autos son menores de 30. Uno tiene una camiseta con la foto de EMINEM, el otro tiene anteojos caros, reloj caro y cara de sobrador.
Este caso tiene "otro tratamiento", tal vez tortuoso y largo...el agente piensa que la vecina tiene razón, estaban corriendo carreras.
En áreas suburbanas, cuanto jóvenes pasan caminando por la calle con sus rifles en la mano, con remeras de Raperos negros o pilcha camo...bulliciosos y gritando contentos a la hora de la siesta.
Para la vecina "están cazando" y jodiendo a la hora de la siesta, para el policía que los cruce: Igual.
Capaz que estaban cazando nomás!...o capaz que iban caminando felices a un campito a tirar unos tiros aunque sea a las latas.
Pero si esos muchachos, llevaran las armas con correa al hombro, vestidos normales y no tan bulliciosos...Todo Cambia. Solo están transportando sus armas/juguetes a un lugar de tiro apropiado.
ESA ES LA PERCEPCIÓN de la gente hacia el mensaje que damos.
El primer caso, los chicos transmiten irresponsabilidad e inconsciencia , lo que genera temor y reacción.
El segundo caso, transmite disciplina y responsabilidad, solo puede ocasionar un poco de curiosidad pero nada de alarma. Hasta alguno se animaría a preguntarles ¿A dónde van con todo eso?...
Es necesario entender (para los jóvenes esencialmente) que es MUY importante lo que la gente perciba de nosotros, en realidad todos ...hasta los animales que vamos a cazar también. Si perciben peligro, todos reaccionan ya sea llamando a la policía o volándose más lejos..
Por lo tanto, lo que más nos expone a meternos en problemas y dar explicaciones, es mostrar de alguna manera "que no nos importa el resto de la gente"...metiéndonos en un campo sin pedir permiso, a remontar barriletes o cazar cuises, si no pedimos permiso...se percibe como yendo a afanar algo.
La percepción es todo.
(yo tampoco lo sé...) ja ja jaaaaaaa!!!
A ver si ahora sale un tiro para el lado de la alegría.
El problema (de haber un problema) se trata de la "PERCEPCIÓN". ¿Qué es la percepción?
"lo que reflejás , es lo que en verdad sos" "The way you look is the way you are" , se dice por estos pagos...
No siempre es la verdad, pero es cómo funciona en el día a día.
Dos autos a alta velocidad en una callecita de barrio...
Una vecina llama a la policía "Hay dos locos corriendo carreras de autos en el barrio".
La policía los detiene a 20 cuadras.
(Caso A) En un auto hay un anciano y en el otro una familia completa.
El policía les hace preguntas de rigor, piensa que la vecina se equivocó o que la loca es ella.
(Caso B) Los conductores de los autos son menores de 30. Uno tiene una camiseta con la foto de EMINEM, el otro tiene anteojos caros, reloj caro y cara de sobrador.
Este caso tiene "otro tratamiento", tal vez tortuoso y largo...el agente piensa que la vecina tiene razón, estaban corriendo carreras.
En áreas suburbanas, cuanto jóvenes pasan caminando por la calle con sus rifles en la mano, con remeras de Raperos negros o pilcha camo...bulliciosos y gritando contentos a la hora de la siesta.
Para la vecina "están cazando" y jodiendo a la hora de la siesta, para el policía que los cruce: Igual.
Capaz que estaban cazando nomás!...o capaz que iban caminando felices a un campito a tirar unos tiros aunque sea a las latas.
Pero si esos muchachos, llevaran las armas con correa al hombro, vestidos normales y no tan bulliciosos...Todo Cambia. Solo están transportando sus armas/juguetes a un lugar de tiro apropiado.
ESA ES LA PERCEPCIÓN de la gente hacia el mensaje que damos.
El primer caso, los chicos transmiten irresponsabilidad e inconsciencia , lo que genera temor y reacción.
El segundo caso, transmite disciplina y responsabilidad, solo puede ocasionar un poco de curiosidad pero nada de alarma. Hasta alguno se animaría a preguntarles ¿A dónde van con todo eso?...
Es necesario entender (para los jóvenes esencialmente) que es MUY importante lo que la gente perciba de nosotros, en realidad todos ...hasta los animales que vamos a cazar también. Si perciben peligro, todos reaccionan ya sea llamando a la policía o volándose más lejos..
Por lo tanto, lo que más nos expone a meternos en problemas y dar explicaciones, es mostrar de alguna manera "que no nos importa el resto de la gente"...metiéndonos en un campo sin pedir permiso, a remontar barriletes o cazar cuises, si no pedimos permiso...se percibe como yendo a afanar algo.
La percepción es todo.
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Re: Dejando en claro de una vez...
Se puede decir más fuerte, pero no más claro.
A los más pendes, LEAN y APRENDAN!
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"Si no es buen tirador a los mil tiros, lo será a los diez mil, y si no, con toda seguridad lo será a los cien mil"
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Re: Dejando en claro de una vez...
caporale escribió:Buenas muchachada!
Gracias Fred por tu aporte, como siempre interesante/polémico... no se como haces!
Aled86, me alegro enormemente haber colaborado
Hola junajo78, no conozco un AC que NO dispare. Sería como un auto que no tenga motor ... no conozco categoría legal de "armas a disparo" se me ocurre que alguno la denomine así en contraposición a las cortantes . En fin, espero haberte ayudado.
Gracias horatiusg y muy cierto lo que decís. Les ha pasado a conocidos que salen a hacer circuitos por el monte.
Gracias por la ayuda que siempre es bienvenida ... pregunté esto porque tu respuesta en la pagina dos de este mismo post respondiste ésto a un usuario
Psycho, un AC NO es un arma en Argentina..así que take it easy
para reflotar lo que dijo ese usuario y que tal vez le sirva, éste esta sacado textual del codigo de faltas de la provincia de Cordoba Ley 8431
ARTICULO 77º.- SERAN sancionados con arresto hasta veinte (20) días y decomiso, los que sin contar con autorización correspondiente portaren armas a disparo, cortantes o contundentes, o llevaren elementos destinados a producir explosiones o daños en reuniones públicas, sitios públicos o abiertos al público.
La pena de arresto se duplicará, cuando la portación sea realizada por personal directivo o dependiente de empresas privadas de vigilancia, sin estar autorizados para hacerlo.
a mi modo de ver un aire comprimido, co2 o PCP entra en la categoría de arma a disparo por lo tanto si andan por cordoba ojo con estar haciendo algun tirito a la orilla de la ruta o camino publico con alguna de estas "armas a disparo" porque "lugares abiertos al publico" es un concepto muy amplio....
LO IMPORTANTE NO ES CAZAR.. SI NO ESTAR CAZANDO
- caporale
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Re: Dejando en claro de una vez...
Te agradezco la corrección juanjo, sacado de contexto parece que lo escribí cuando tenía 5 años. En esa conversación le explicaba que un AC en Argentina NO es un arma que se debe registrar en un Registro Nacional.
Según ese Código no se puede andar por la calle "portando" gomera...
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Re: Dejando en claro de una vez...
caporale escribió:Te agradezco la corrección juanjo, sacado de contexto parece que lo escribí cuando tenía 5 años. En esa conversación le explicaba que un AC en Argentina NO es un arma que se debe registrar en un Registro Nacional.
Según ese Códigono se puede andar por la calle "portando" gomera...
Tal vez sea asi, pero nos guste o no es una ley provincial y las leyes ya sean nacionales, provinciales u ordenanzas municipales se deben cumplir... Muy bueno este post que realmente nos ha sido muy útil a muchos y lo felicito por su actitud de responder a cada inquietud que ha ido surgiendo referente al mismo... saludos
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- fredfable
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Re: Dejando en claro de una vez...
Por curiosidad, a qué pertenece ese artículo 77?
A un codigo rural?
Eso parece un codigo de convivencia urbana de la capital federal...
(entreleo que eso esta orientado a manifestaciones...)
A un codigo rural?
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La única manera de dejar a todo el mundo conforme, es no hacerle caso a ninguno....
-Bartolomé Mitre-
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