Se considera portacion ilegal?
- alito1985
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Se considera portacion ilegal?
Buenas tardes estimados, mi consulta es muy simple. La ley dice que para portar en un lugar publico ( de acceso público) se requiere tener la credencial de portacion. Si vivo en un edificio ( lugar de acceso restringido por llave y compartido con vecinos), es legal portar sin credecial de portacion? Idem dentro de una cochera compartida de acceso restringido. No me refiero a salir a la calle, sino a permanecer ahí.
Saludos y gracias!
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- Julian
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Re: Se considera portacion ilegal?
Estás postulando un gris pero pidiendo una respuesta por blanco o negro.
Vas a encontrar hasta jueces que uno te va a decir que sí y otro que no.
Es imposible contestarte porque así como hay diversos tonos de gris, hay otras condiciones que pueden ser justificativos o no para portar en un edificio. Esto no es un ejercicio de física de secundario donde calculamos la fuerza necesaria para mover una vaca esférica sin rozamiento por un plano inclinado.
Vas a encontrar hasta jueces que uno te va a decir que sí y otro que no.
Es imposible contestarte porque así como hay diversos tonos de gris, hay otras condiciones que pueden ser justificativos o no para portar en un edificio. Esto no es un ejercicio de física de secundario donde calculamos la fuerza necesaria para mover una vaca esférica sin rozamiento por un plano inclinado.
- Andup
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Re: Se considera portacion ilegal?
Tenes un arma en condición de uso inmediato sin autorización? Si, es portación ilegal.
Estás en un lugar privado desde el punto de vista del principio de reserva? No, (porque es una acción que puede afectar a terceros) es una cochera compartida...
A mi entender es claramente portación ilegal.
Slds
Estás en un lugar privado desde el punto de vista del principio de reserva? No, (porque es una acción que puede afectar a terceros) es una cochera compartida...
A mi entender es claramente portación ilegal.
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- G19
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Re: Se considera portacion ilegal?
+1Andup escribió:Tenes un arma en condición de uso inmediato sin autorización? Si, es portación ilegal.
Estás en un lugar privado desde el punto de vista del principio de reserva? No, (porque es una acción que puede afectar a terceros) es una cochera compartida...
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- alito1985
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Re: Se considera portacion ilegal?
Buenas noches estimado. No entendi lo del principio de reserva. Si no estas en la via pública, entonces estas en un lugar privado con acceso restringido no? Saludos!Andup escribió:Tenes un arma en condición de uso inmediato sin autorización? Si, es portación ilegal.
Estás en un lugar privado desde el punto de vista del principio de reserva? No, (porque es una acción que puede afectar a terceros) es una cochera compartida...
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- oski52
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Re: Se considera portacion ilegal?
Dentro de tu casa no te pueden prohibir que lleves un arma en la cintura como tampoco que uses ojotas, pero seguramente van a considerar ilegal que lleves armas en zonas donde hay terceros y posiblemente tambien que manejes tu auto con ojotas por el peligro que ello conlleva.alito1985 escribió:Buenas noches estimado. No entendi lo del principio de reserva. Si no estas en la via pública, entonces estas en un lugar privado con acceso restringido no? Saludos!Andup escribió:Tenes un arma en condición de uso inmediato sin autorización? Si, es portación ilegal.
Estás en un lugar privado desde el punto de vista del principio de reserva? No, (porque es una acción que puede afectar a terceros) es una cochera compartida...
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- Andup
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Re: Se considera portacion ilegal?
Hola Alito, el principio de reserva es un principio constitucional que esta encuadrado dentro del art 19 de la CN (en la primer parte del art). es el mas conocido que dice:alito1985 escribió:Buenas noches estimado. No entendi lo del principio de reserva. Si no estas en la via pública, entonces estas en un lugar privado con acceso restringido no? Saludos!Andup escribió:Tenes un arma en condición de uso inmediato sin autorización? Si, es portación ilegal.
Estás en un lugar privado desde el punto de vista del principio de reserva? No, (porque es una acción que puede afectar a terceros) es una cochera compartida...
A mi entender es claramente portación ilegal.
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"Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe."
Ahora, esto debe ser interpretado por los jueces en baso al caso puntual. Que no estés en la via publica no implica que aplique que sea una acción privada. Fíjate que el articulo en ningún lugar dice "en lugar privado", sino que habla de "Acciones Privadas", es decir que por mas privado de acceso restringido, tus actos pueden perjudicar a un 3ero, y por ende esta sujeto a la autoridad de los magistrados. Ergo, no aplica el pinc de reserva..
Ojo que esta es mi interpretación, cualquier otra persona puede estar en desacuerdo con lo que digo...
Y otra cosa, tampoco es correcto lo que se suele pensar que en mi casa ando en pelotas y si no les gusta no miren, si vos estas teniendo sexo con alguien en la ventana frente a una escuela, por mas privado que sea el lugar donde se realiza el acto, y que la acción sea privada, perjudica a terceros y te podes comer un quilombete.
Sino asomate con un fierro (aunque sea de aire comprimido) por la ventana de tu casa vas a ver que en 5 min tener la policia tocándote el timbre.
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- Andup
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Re: Se considera portacion ilegal?
Es cierto, no te lo pueden prohibir porque es una acción privada, queda en tu ámbito personal, SIEMPRE Y CUANDO no perjudiques a un 3ero, ofendas a la moral o las buenas costumbres....oski52 escribió:Dentro de tu casa no te pueden prohibir que lleves un arma en la cintura como tampoco que uses ojotas, pero seguramente van a considerar ilegal que lleves armas en zonas donde hay terceros y posiblemente tambien que manejes tu auto con ojotas por el peligro que ello conlleva.alito1985 escribió:Buenas noches estimado. No entendi lo del principio de reserva. Si no estas en la via pública, entonces estas en un lugar privado con acceso restringido no? Saludos!Andup escribió:Tenes un arma en condición de uso inmediato sin autorización? Si, es portación ilegal.
Estás en un lugar privado desde el punto de vista del principio de reserva? No, (porque es una acción que puede afectar a terceros) es una cochera compartida...
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- alito1985
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Re: Se considera portacion ilegal?
Vengo de las ciencias exactas y esto me resulta muy raro. Agradezco qie compartan sus opiniones y conocimientos. Saludos
- gabosque
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Re: Se considera portacion ilegal?
Comparto que estas en un gris...
Si el edificio es privado, con acceso restringido. Es decir es de 5, 10 o yo personas, sigue siendo una propiedad privada sin acceso público. Donde está la diferencia con una casa donde viven 4 personas y yo portó porque es privado? Pueden ser , 10 o 100 copropietarios de una casa y sigue siendo privado, lo mismo un condominio o cochera. Igualmente, como dije antes, es un gris. Porque pensa que en Argentina también es portacion llevar el arma en pronto uso dentro del auto, y que yo sepa, el auto no es de acceso público...
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Si el edificio es privado, con acceso restringido. Es decir es de 5, 10 o yo personas, sigue siendo una propiedad privada sin acceso público. Donde está la diferencia con una casa donde viven 4 personas y yo portó porque es privado? Pueden ser , 10 o 100 copropietarios de una casa y sigue siendo privado, lo mismo un condominio o cochera. Igualmente, como dije antes, es un gris. Porque pensa que en Argentina también es portacion llevar el arma en pronto uso dentro del auto, y que yo sepa, el auto no es de acceso público...
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- alfredo1
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Re: Se considera portacion ilegal?
Exactamente Gabosque es lo mismo que en un Campo que compre hace poco que esta aun en Condomlnlo, no pueda portar mi revolver.
Saludos
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A la luz de un farol apagado,un ciego leía y un sordo escuchaba lo que un mudo le decia.
- alfredo1
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Re: Se considera portacion ilegal?
Exactamente Gabosque es lo mismo que en un Campo que compre hace poco que esta aun en Condomlnlo, no pueda portar mi revolver.
Saludos
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- chotman
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Re: Se considera portacion ilegal?
A mi entender seria ilegal porque en un edificio la cochera, los palieres, la terraza o lo que sea que no es tu propio departamente es de uso compartido.
O sea en cierto modo es publico para quienes habitan en ese edificio, no es 100% tuyo ni 100% de algun otro propietario/inquilino.
Distinto es si fuera dentro de tu depto o casa.
saludos,
chot.
O sea en cierto modo es publico para quienes habitan en ese edificio, no es 100% tuyo ni 100% de algun otro propietario/inquilino.
Distinto es si fuera dentro de tu depto o casa.
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Re: Se considera portacion ilegal?
Vamos por parte:
1) El principio de reserva habla de las "acciones privadas" y no de "lugares privados". Entonces considero que allí habrá que prestar atención puesto que puede haber acciones realizadas en ámbitos privados pero que sean públicas y, a la inversa, acciones realizadas en "lugares públicos" pero totalmente privadas. Ejemplo claro de esto último es el consumo de marihuana en la vía pública que muchos jueces han entendido que se trata de una "acción privada" (cuando por ejemplo el consumo se hace a altas horas de la noche y no hay nadie en la plaza) y por tanto excenta de la autoridad de los magistrados.
2) Las áreas de uso común de un edificio (palier, cocheras, ascensores) son precisamente eso: áreas de "uso común" y por tanto de acceso público, aunque limitado a quienes ejercen en su carácter de copropietarios (condominos) el derecho sobre la cosa. Y aquí voy a tirar posición muy discutible, la ley dice: "Cada propietario podrá usar de los bienes comunes conforme a su destino, sin perjudicar o restringir el legítimo derecho de los demás" por lo que a mí entender no es posible decir que si porto sin permiso para ello no estoy vulnerando el legitimo derecho de los demás puesto que estoy haciendo algo ilícito y, desde cualquier punto de vista, reprochable. Es más, cualquier juez de cuarta categoría diría que no sólo esta vulnerando un derecho individual (el del vecino) sino que además esta cometiendo un delito contra la "Seguridad Pública". Aquí creo que la postura parece definirse pero sigo un poco más.
3) Por último, el inciso 2 del art. 189 bis establece que "(2) La simple tenencia de armas de fuego de uso civil, sin la debida autorización legal, será reprimida con prisión de 6 (SEIS) meses a 2 (DOS) años y multa de MIL PESOS ($ 1.000.-) a DIEZ MIL PESOS ($ 10.000.-).
Si las armas fueren de guerra, la pena será de DOS (2) a SEIS (6) años de prisión.
La portación de armas de fuego de uso civil, sin la debida autorización legal, será reprimida con prisión de UN (1) año a CUATRO (4) años.
Si las armas fueren de guerra, la pena será de TRES (3) años y SEIS (6) meses a OCHO (8) años y SEIS (6) meses de reclusión o prisión"
Lo que me invita decir que a los fines de la aplicación del artículo transcrito lo que es delito es la portación, la acción reprimida es la portación ¿de qué? de armas de fuego (de uso civil o de guerra), sin la debida autorización y "La portación consiste en disponer, en un lugar público o de acceso público, de un arma de fuego cargada, en condiciones de uso inmediato". ¿Las áreas comunes de un edificio son de acceso público? Para mi son de acceso público puesto que cualquier persona con derecho a hacerlo puede usar de la misma sin ningún tipo de permiso o autorización. La existencia de un necesario permiso o autorización quita entonces el carácter de acceso público y la cosa es de acceso privado o restringuido.
Cuidado aquí, es mi opinión, que las cosas deben ser evaluadas de acuerdo a las personas involucradas y para el copropietario del garaje (por ejemplo) se trata de una cosa de acceso público mientras que para un tipo que vive a dos cuadras y no es dueño de ningún departamento el garaje de de acceso privado.
Creo, y se que estoy estirando al maximo la interpretación, que pensar en que el garaje o palier es un ámbito privado implicaría entonces poder denunciar a cualquier vecino que ande circulando por violación de la propiedad privada -lo cual claro esta es un absurdo-.
4) Finalmente, y no quiero aburrir más, pero no debemos olvidar que se trata de un delito de peligro abstracto (con todo lo que ello conlleva).
Respecto del campo en condominio la cosa para mí es clarísima, se trata de un bien de dominio privado y el acceso no es publico para nada (requiere de la autorización de los condominos).
Slds a todos y como siempre son sólo opiniones y mucho más que rebatibles.
1) El principio de reserva habla de las "acciones privadas" y no de "lugares privados". Entonces considero que allí habrá que prestar atención puesto que puede haber acciones realizadas en ámbitos privados pero que sean públicas y, a la inversa, acciones realizadas en "lugares públicos" pero totalmente privadas. Ejemplo claro de esto último es el consumo de marihuana en la vía pública que muchos jueces han entendido que se trata de una "acción privada" (cuando por ejemplo el consumo se hace a altas horas de la noche y no hay nadie en la plaza) y por tanto excenta de la autoridad de los magistrados.
2) Las áreas de uso común de un edificio (palier, cocheras, ascensores) son precisamente eso: áreas de "uso común" y por tanto de acceso público, aunque limitado a quienes ejercen en su carácter de copropietarios (condominos) el derecho sobre la cosa. Y aquí voy a tirar posición muy discutible, la ley dice: "Cada propietario podrá usar de los bienes comunes conforme a su destino, sin perjudicar o restringir el legítimo derecho de los demás" por lo que a mí entender no es posible decir que si porto sin permiso para ello no estoy vulnerando el legitimo derecho de los demás puesto que estoy haciendo algo ilícito y, desde cualquier punto de vista, reprochable. Es más, cualquier juez de cuarta categoría diría que no sólo esta vulnerando un derecho individual (el del vecino) sino que además esta cometiendo un delito contra la "Seguridad Pública". Aquí creo que la postura parece definirse pero sigo un poco más.
3) Por último, el inciso 2 del art. 189 bis establece que "(2) La simple tenencia de armas de fuego de uso civil, sin la debida autorización legal, será reprimida con prisión de 6 (SEIS) meses a 2 (DOS) años y multa de MIL PESOS ($ 1.000.-) a DIEZ MIL PESOS ($ 10.000.-).
Si las armas fueren de guerra, la pena será de DOS (2) a SEIS (6) años de prisión.
La portación de armas de fuego de uso civil, sin la debida autorización legal, será reprimida con prisión de UN (1) año a CUATRO (4) años.
Si las armas fueren de guerra, la pena será de TRES (3) años y SEIS (6) meses a OCHO (8) años y SEIS (6) meses de reclusión o prisión"
Lo que me invita decir que a los fines de la aplicación del artículo transcrito lo que es delito es la portación, la acción reprimida es la portación ¿de qué? de armas de fuego (de uso civil o de guerra), sin la debida autorización y "La portación consiste en disponer, en un lugar público o de acceso público, de un arma de fuego cargada, en condiciones de uso inmediato". ¿Las áreas comunes de un edificio son de acceso público? Para mi son de acceso público puesto que cualquier persona con derecho a hacerlo puede usar de la misma sin ningún tipo de permiso o autorización. La existencia de un necesario permiso o autorización quita entonces el carácter de acceso público y la cosa es de acceso privado o restringuido.
Cuidado aquí, es mi opinión, que las cosas deben ser evaluadas de acuerdo a las personas involucradas y para el copropietario del garaje (por ejemplo) se trata de una cosa de acceso público mientras que para un tipo que vive a dos cuadras y no es dueño de ningún departamento el garaje de de acceso privado.
Creo, y se que estoy estirando al maximo la interpretación, que pensar en que el garaje o palier es un ámbito privado implicaría entonces poder denunciar a cualquier vecino que ande circulando por violación de la propiedad privada -lo cual claro esta es un absurdo-.
4) Finalmente, y no quiero aburrir más, pero no debemos olvidar que se trata de un delito de peligro abstracto (con todo lo que ello conlleva).
Respecto del campo en condominio la cosa para mí es clarísima, se trata de un bien de dominio privado y el acceso no es publico para nada (requiere de la autorización de los condominos).
Slds a todos y como siempre son sólo opiniones y mucho más que rebatibles.
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Re: Se considera portacion ilegal?
Estoy de acuerdo, dentro de tu casa no es posible que haya portación pues, en principio, requiere de un "lugar publico" o de "acceso público".oski52 escribió: Dentro de tu casa no te pueden prohibir que lleves un arma en la cintura como tampoco que uses ojotas, pero seguramente van a considerar ilegal que lleves armas en zonas donde hay terceros y posiblemente tambien que manejes tu auto con ojotas por el peligro que ello conlleva.
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Re: RE: Re: Se considera portacion ilegal?
Y si compras una casa entre 4 personas? Necesitas portacion para tenerla cargada adentro?chotman escribió:A mi entender seria ilegal porque en un edificio la cochera, los palieres, la terraza o lo que sea que no es tu propio departamente es de uso compartido.
O sea en cierto modo es publico para quienes habitan en ese edificio, no es 100% tuyo ni 100% de algun otro propietario/inquilino.
Distinto es si fuera dentro de tu depto o casa.
saludos,
chot.
Es cierto que esas partes que citas son de uso compartido, pero lejos están de ser "publicas" yo no puedo entrar al paliere de un edificio si no soy propietario o invitado por un invitado.
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Re: RE: Re: Se considera portacion ilegal?
gabosque escribió:Y si compras una casa entre 4 personas? Necesitas portacion para tenerla cargada adentro?chotman escribió:A mi entender seria ilegal porque en un edificio la cochera, los palieres, la terraza o lo que sea que no es tu propio departamente es de uso compartido.
O sea en cierto modo es publico para quienes habitan en ese edificio, no es 100% tuyo ni 100% de algun otro propietario/inquilino.
Distinto es si fuera dentro de tu depto o casa.
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Es cierto que esas partes que citas son de uso compartido, pero lejos están de ser "publicas" yo no puedo entrar al paliere de un edificio si no soy propietario o invitado por un invitado.
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En el caso de mi Campo en Condominio es lo mismo,yo puedo sembrar mi parte (Indivisa),y portar mi revolver en ella.En los Edificios existe un Reglamento de Copropiedad,y en el Predio Rural en Condominio,un acuerdo de partes extrajudicial.
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Re: RE: Re: RE: Re: Se considera portacion ilegal?
Si compras una casa entre 4 es tanto tuya como de los otros 3.gabosque escribió:Y si compras una casa entre 4 personas? Necesitas portacion para tenerla cargada adentro?chotman escribió:A mi entender seria ilegal porque en un edificio la cochera, los palieres, la terraza o lo que sea que no es tu propio departamente es de uso compartido.
O sea en cierto modo es publico para quienes habitan en ese edificio, no es 100% tuyo ni 100% de algun otro propietario/inquilino.
Distinto es si fuera dentro de tu depto o casa.
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Es cierto que esas partes que citas son de uso compartido, pero lejos están de ser "publicas" yo no puedo entrar al paliere de un edificio si no soy propietario o invitado por un invitado.
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Mientras la portes dentro no habría problema con los de afuera.
Supongo que con los de adentro deberías arreglarlo con ello.
Es mi lógica claro, no tengo la posta.
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Re: Se considera portacion ilegal?
Coincido que en principio es una zona gris.
Pero estas dentro de tu domicilio y propiedad (aunque sea en consorcio), para mi no es ilegal.
Si no es ilegal, es obvio que no es portacion, es tenencia nada mas.
Pero estas dentro de tu domicilio y propiedad (aunque sea en consorcio), para mi no es ilegal.
Si no es ilegal, es obvio que no es portacion, es tenencia nada mas.
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Re: RE: Re: Se considera portacion ilegal?
Por eso puse expresamente que "Las áreas de uso común de un edificio (palier, cocheras, ascensores) son precisamente eso: áreas de "uso común" y por tanto de acceso público, aunque limitado a quienes ejercen en su carácter de copropietarios (condominos) el derecho sobre la cosa".alfredo1 escribió:Es cierto que esas partes que citas son de uso compartido, pero lejos están de ser "publicas" yo no puedo entrar al paliere de un edificio si no soy propietario o invitado por un invitado.
Alfredo, realmente desconozco tu caso en particular pero si estas en condominio vos sos copropietario sobre el todo (salvo que exista una división del mismo). Y podes, a mi entender, llevar contigo un arma que nunca habrá portación pues no se trata de un lugar público ni de acceso público.alfredo1 escribió:En el caso de mi Campo en Condominio es lo mismo,yo puedo sembrar mi parte (Indivisa),y portar mi revolver en ella.En los Edificios existe un Reglamento de Copropiedad,y en el Predio Rural en Condominio,un acuerdo de partes extrajudicial.
Igual y como siempre es todo super opinable y este es solo mi razonamiento.
slds
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Re: Se considera portacion ilegal?
No sueñen mas. Para portar tenés que tener la azul. Si no la tenés, tenés que tener el arma dentro del domicilio de guarda declarado ante la Anmac. Si es un condominio o departamento o barrio privado o country, debés especificar cual es la unidad funcional o departamento de guarda. Y para sacarla de ahí, tenés que llevarla descargada o desarmada o separada las municiones del cuerpo principal del arma.
Ahora bien, al ser un condominio o departamento o barrio privado o country, la policía no puede entrar a comprobar el delito. Porque portar un arma sin autorización es un delito. Pero que pasa si otro copropietario autoriza a la policía a entrar a ese ámbito? La policía comprueba el delito de portación ilegal, te sacan el arma, no creo que vayas preso porque acá nadie va preso por nada, pero ni sueñes con seguir siendo LU. Y la causa judicial camina. Quizás (quizás) puedas justificar que portabas el arma porque temías un peligro inminente que decidiste enfrentar para proteger a tu familia. Y si esto es verdad, la causa dura 2 minutos. Pero tiene que ser algo muy justificado.
Slds.
Ahora bien, al ser un condominio o departamento o barrio privado o country, la policía no puede entrar a comprobar el delito. Porque portar un arma sin autorización es un delito. Pero que pasa si otro copropietario autoriza a la policía a entrar a ese ámbito? La policía comprueba el delito de portación ilegal, te sacan el arma, no creo que vayas preso porque acá nadie va preso por nada, pero ni sueñes con seguir siendo LU. Y la causa judicial camina. Quizás (quizás) puedas justificar que portabas el arma porque temías un peligro inminente que decidiste enfrentar para proteger a tu familia. Y si esto es verdad, la causa dura 2 minutos. Pero tiene que ser algo muy justificado.
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Re: Se considera portacion ilegal?
Por favor que alguien explique en donde dice que se puede portar en lugares privados? Entiendo que esto es lo que argumentan los que dicen que se puede portar en tu garage u otro inmueble en condominio.
Salvo que me este olvidando de alguna ley que lo aclare (por eso lo pregunto), el CP es muy claro, NO SE PUEDE PORTAR SIN AUTORIZACION LEGAL.
Porque decimos, "que en mi casa puedo portar y no me pueden decir nada", porque no se habla de un articulo que lo habilita, sino de un principio constitucional que lo garantiza, hablamos antes del principio de reserva. Entonces la Policia no puede entrar a tu garage, excepto que alguien denuncie un "exceso" de esta garantia. Un vecino puede sentirse amedrentado por verte a vos portando en el garage.
Por ejemplo, amenazas:
ARTICULO 149 bis:- Será reprimido con prisión de seis meses a dos años el que hiciere uso de amenazas para alarmar o amedrentar a una o más personas. En este caso la pena será de uno a tres años de prisión si se emplearen armas o si las amenazas fueren anónimas. Será reprimido con prisión o reclusión de dos a cuatro años el que hiciere uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad.
Por ultimo, les digo a quien no lo sepa con claridad que la portacion es un delito grave, en el caso de arma de guerra (lo que se porta comunmente, 9 - 40 - 45 - 357, tiene una pena de prision efectiva (si sos el tenedor legal del arma, o es evidente que no tiene finalidad un ilicito, se reduce la pena y es excarcelable)
La portación de armas de fuego de uso civil, sin la debida autorización legal, será reprimida con prisión de UN (1) año a CUATRO (4) años.
Si las armas fueren de guerra, la pena será de TRES (3) años y SEIS (6) meses a OCHO (8) años y SEIS (6) meses de reclusión o prisión.
Si el portador de las armas a las cuales se refieren los dos párrafos que anteceden, fuere tenedor autorizado del arma de que se trate, la escala penal correspondiente se reducirá en un tercio del mínimo y del máximo.
No es joda muchachos, somos todos grandes pero hagámonos cargo de las consecuencias
Slds
Salvo que me este olvidando de alguna ley que lo aclare (por eso lo pregunto), el CP es muy claro, NO SE PUEDE PORTAR SIN AUTORIZACION LEGAL.
Porque decimos, "que en mi casa puedo portar y no me pueden decir nada", porque no se habla de un articulo que lo habilita, sino de un principio constitucional que lo garantiza, hablamos antes del principio de reserva. Entonces la Policia no puede entrar a tu garage, excepto que alguien denuncie un "exceso" de esta garantia. Un vecino puede sentirse amedrentado por verte a vos portando en el garage.
Por ejemplo, amenazas:
ARTICULO 149 bis:- Será reprimido con prisión de seis meses a dos años el que hiciere uso de amenazas para alarmar o amedrentar a una o más personas. En este caso la pena será de uno a tres años de prisión si se emplearen armas o si las amenazas fueren anónimas. Será reprimido con prisión o reclusión de dos a cuatro años el que hiciere uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad.
Por ultimo, les digo a quien no lo sepa con claridad que la portacion es un delito grave, en el caso de arma de guerra (lo que se porta comunmente, 9 - 40 - 45 - 357, tiene una pena de prision efectiva (si sos el tenedor legal del arma, o es evidente que no tiene finalidad un ilicito, se reduce la pena y es excarcelable)
La portación de armas de fuego de uso civil, sin la debida autorización legal, será reprimida con prisión de UN (1) año a CUATRO (4) años.
Si las armas fueren de guerra, la pena será de TRES (3) años y SEIS (6) meses a OCHO (8) años y SEIS (6) meses de reclusión o prisión.
Si el portador de las armas a las cuales se refieren los dos párrafos que anteceden, fuere tenedor autorizado del arma de que se trate, la escala penal correspondiente se reducirá en un tercio del mínimo y del máximo.
No es joda muchachos, somos todos grandes pero hagámonos cargo de las consecuencias
Slds
Por eso a veces me encanta ver ladearle la osamenta;
y ver que el toro se encuentra, con que el ternero se agranda.
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- gabosque
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Re: RE: Re: RE: Re: RE: Re: Se considera portacion ilegal?
Y cual sería la diferencia entre una casa comprada entre 4 y el paliere del edificio que es de 5, 10 o 50 personas. El paliere o la cochera no es pública, es propiedad de esos 5, 10 o 50 personas. Entonces no es público. Es lo mismo que con una casa. Es una propiedad privada compartida.chotman escribió:Si compras una casa entre 4 es tanto tuya como de los otros 3.gabosque escribió:Y si compras una casa entre 4 personas? Necesitas portacion para tenerla cargada adentro?chotman escribió:A mi entender seria ilegal porque en un edificio la cochera, los palieres, la terraza o lo que sea que no es tu propio departamente es de uso compartido.
O sea en cierto modo es publico para quienes habitan en ese edificio, no es 100% tuyo ni 100% de algun otro propietario/inquilino.
Distinto es si fuera dentro de tu depto o casa.
saludos,
chot.
Es cierto que esas partes que citas son de uso compartido, pero lejos están de ser "publicas" yo no puedo entrar al paliere de un edificio si no soy propietario o invitado por un invitado.
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Mientras la portes dentro no habría problema con los de afuera.
Supongo que con los de adentro deberías arreglarlo con ello.
Es mi lógica claro, no tengo la posta.
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Arrancando una nueva etapa. Como cambian las cosas con un timer atras de la cabeza...
German
- gabosque
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Re: Se considera portacion ilegal?
La definición propia de PORTACION dice que portar un arma es disponer, en un lugar público o de acceso público, de un arma de fuego cargada, en condiciones de uso inmediato.
Tener un arma cargada en la cintura en tu casa NO es portacion.
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Tener un arma cargada en la cintura en tu casa NO es portacion.
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- G19
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Re: Se considera portacion ilegal?
En TU unidad funcional, no. A eso se refiere el ámbito de privacidad, a tu vivienda. No al resto del edificio.
Querés sacarte la duda? Llamá al 911 y decile que en el palier hay una persona portando un arma. Cuando llegue el patrullero, explicale tu teoría.
Slds.
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EN EL PELIGRO, SEÑOR, ESTÁS CONMIGO. (SALMO 90)
- chotman
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Re: Se considera portacion ilegal?
La diferencia que entre la casa comprada de a 4 y el palier del edificio es que la propiedad privada en el primer caso es la casa en si. En el segundo la propiedad privada es tu departamento, no todo el edificio.
- G19
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Re: Se considera portacion ilegal?
No vayas a hacer esto, solo es una manera de hipotetizar que si salís portando un arma al palier, estarías en problemas.G19 escribió:En TU unidad funcional, no. A eso se refiere el ámbito de privacidad, a tu vivienda. No al resto del edificio.
Querés sacarte la duda? Llamá al 911 y decile que en el palier hay una persona portando un arma. Cuando llegue el patrullero, explicale tu teoría.
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- Emi_liano
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Re: Se considera portacion ilegal?
Me c@gue de risa con la aclaracion...G19 escribió:No vayas a hacer esto, solo es una manera de hipotetizar que si salís portando un arma al palier, estarías en problemas.G19 escribió:En TU unidad funcional, no. A eso se refiere el ámbito de privacidad, a tu vivienda. No al resto del edificio.
Querés sacarte la duda? Llamá al 911 y decile que en el palier hay una persona portando un arma. Cuando llegue el patrullero, explicale tu teoría.
Slds.
El sentido común es el menos común de los sentidos...
- Campitos_Glock
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Re: Se considera portacion ilegal?
Claramente no
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