Duda de Categoria A1 y A2

Despejar dudas acerca de la Agencia Nacional de Materiales Controlados
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Mussbach
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Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por Mussbach » Dom Abr 09, 2017 9:03 pm

Amigos, actualmente tengo 9 armas y estoy por comprar la décima. Motivo por el cual pasaría a la categoría A2. Por eso pregunto ¿porqué medio uno informa al anmac del cambio de categoría? ¿solo por el formulario que llenamos del Sigimac?? y Otra duda, ¿Cuáles son las diferencias de A1? ¿es necesario medidas como armero de seguridad con cerradura de paleta doble, alarma, y demás?tenemos un tiempo para implementarlo? mandan inspectores al domicilio??? gracias de antemano por los comentarios!!
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norinco1911
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por norinco1911 » Dom Abr 09, 2017 9:41 pm

Mussbach escribió:Amigos, actualmente tengo 9 armas y estoy por comprar la décima. Motivo por el cual pasaría a la categoría A2. Por eso pregunto ¿porqué medio uno informa al anmac del cambio de categoría? ¿solo por el formulario que llenamos del Sigimac?? y Otra duda, ¿Cuáles son las diferencias de A1? ¿es necesario medidas como armero de seguridad con cerradura de paleta doble, alarma, y demás?tenemos un tiempo para implementarlo? mandan inspectores al domicilio??? gracias de antemano por los comentarios!!
la categoria a2 es a partir de 11 armas a 50
por lo cual tu no debes preocuparte por ahora
las medidas de A2 son seguridad , armero, alarma, en lo posible circuito cerrado de video , segurida en general como rejas etc
generalmente no mandan y si van te avisa primero
saludos
si le diéramos a elegir a las víctimas asesinadas por que cosa tener en sus manos 5 segundos antes de su muerte ...., ninguna elegiría un teléfono
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Mussbach
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por Mussbach » Lun Abr 10, 2017 1:41 am

norinco1911 escribió:
Mussbach escribió:Amigos, actualmente tengo 9 armas y estoy por comprar la décima. Motivo por el cual pasaría a la categoría A2. Por eso pregunto ¿porqué medio uno informa al anmac del cambio de categoría? ¿solo por el formulario que llenamos del Sigimac?? y Otra duda, ¿Cuáles son las diferencias de A1? ¿es necesario medidas como armero de seguridad con cerradura de paleta doble, alarma, y demás?tenemos un tiempo para implementarlo? mandan inspectores al domicilio??? gracias de antemano por los comentarios!!
la categoria a2 es a partir de 11 armas a 50
por lo cual tu no debes preocuparte por ahora
las medidas de A2 son seguridad , armero, alarma, en lo posible circuito cerrado de video , segurida en general como rejas etc
generalmente no mandan y si van te avisa primero
saludos
Gracias por el comentario...mi duda puntual era cuanto tiempo a partir de superar las 9 armas uno cuenta para acondicionar el recinto de guarda, o sea el SDG... por eso me gustaría un comentario de quien ya pasó a esa categoría...
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alfredo1
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por alfredo1 » Lun Abr 10, 2017 9:50 am

Hola Mussbach,cuando compres la decima arma,el Anmac,te va a notificar que envies las nuevas normas de Seguridad para la Categoria A-2.LLenas un formulario impreso donde tenes que poner que tenes caja de seguridad,alarma monitoreada y puertas con cerradura doble paleta.
Por lo demas nunca te Inspeccionan.Hace 5 añoos que soy A-2,y ese formulario es lo único que te van a hacer firmar cuando compres la decima arma.
Saludos
A la luz de un farol apagado,un ciego leía y un sordo escuchaba lo que un mudo le decia.
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por randall58 » Lun Abr 10, 2017 11:25 am

Estimado.
Me permiti disentir con lo expuesto por el compañero coforista Sr. Norinco 1911.

Pregunto: La Disposición Renar 023/14, fue cambiada o modificada en cuanto a cantidades?.

Lo pregunto, porque si la misma no fue modificada- y en tal caso agradecería me informe por cual- (yo no la ubique), es clara en cuanto a cantdades de una y otra categoría:

A1 Hasta 9 armas
A2 de 10 a 49 armas

Por lo tanto el Sr. Musbach, con el arma N° 10 cambia de categoría y si tiene que adoptar alguna medida adicional de la que establece la categoría A"2.

Ademas, si no me equivoco, al momento de adquirir/registrar su arma N° 10 y requerir su Tenencia, debería en ese momento hacer nueva declaracion jurada por el paso de categoría (A2), ya que muy posiblemente el ANMAC, le observen el tramite de tenencia del arma si no lo hace.

Gracias.
http://www.anmac.gob.ar/pdf/ANEXOSIy%20 ... %20023.pdf
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por cazador1973 » Lun Abr 10, 2017 12:18 pm

randall58 escribió:al momento de adquirir/registrar su arma N° 10 y requerir su Tenencia, debería en ese momento hacer nueva declaracion jurada por el paso de categoría (A2), ya que muy posiblemente el ANMAC, le observen el tramite de tenencia del arma si no lo hace.
Tengo entendido es tal cual como lo describe Randall58 ;

Aprovecho el post ya que estoy en situacion similar , la prensa cuenta o no para pasar de categoria? tengo 8 armas + prensa de recarga , con la proxima arma pasaria a ser A2? gracias
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por adri31 » Lun Abr 10, 2017 12:23 pm

Randall58 tiene razon. Con la décima arma que compras pasas a A2. Yo te recomendaría que en vez de comprar una alarma, el circuito cerrado, etc te fijes de contratar un servicio de alarma básico tipo prosegur/ADT/etc domiciliario. Tengo un amigo que contrato uno de esos servicios (se paga por mes) y el RENAR se lo aceptó como válido.

Slds (:T:)
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por keiko50 » Lun Abr 10, 2017 12:34 pm

Recordar que tambien la prensa d recarga se cuenta como un arma mas
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por randall58 » Lun Abr 10, 2017 1:33 pm

Estimado.
La prensa (equipo de recarga), tenes que tener la autorización del Renar, pero no se computa como Arma.
Solamente te autoriza con la tenencia a adquirir insumos y recargar los calibres declarados (de los que tenes tenencia)
En consecuencia a tu pregunta,NO te influye para el cambio de categoría. Si vos tenes 8 armas, podes adquirir la prensa y un arma mas, manteniendo la categuría A1. A partir de la 10 arma (Categoría A2)

https://www.renar.gov.ar/index_seccion. ... o_tramites
cazador1973 escribió:
randall58 escribió:al momento de adquirir/registrar su arma N° 10 y requerir su Tenencia, debería en ese momento hacer nueva declaracion jurada por el paso de categoría (A2), ya que muy posiblemente el ANMAC, le observen el tramite de tenencia del arma si no lo hace.
Tengo entendido es tal cual como lo describe Randall58 ;

Aprovecho el post ya que estoy en situacion similar , la prensa cuenta o no para pasar de categoria? tengo 8 armas + prensa de recarga , con la proxima arma pasaria a ser A2? gracias
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por Ale_78 » Lun Abr 10, 2017 2:04 pm

Vamos por partes.

Quienes entrar en la categoria A2:

"Se encuentra destinado a Usuarios Coleccionistas, Colectivos, Cinegéticos,
Organismos Oficiales, Entidades de Tiro o Usuarios Individuales que posean en su
poder de diez a cuarenta y nueve armas de fuego.
" En realidad es por cantidad de tenencias, una prensa tiene tarjeta roja, asi que cuenta.

Que medidas debe cumplir esa persona:


Al obtener o renovar la condición de Legítimo Usuario y/o al momento de alcanzar la
cantidad mínima de armas establecida, los usuarios individuales deberán acreditar
mediante Declaración Jurada poseer las siguientes medidas de seguridad
tendientes a impedir la sustracción, extravío o accidentes del material autorizado en
su poder. Para el resto de los usuarios comprendidos en la presente clasificación, la
autoridad de aplicación verificará previamente a la autorización las condiciones
declaradas:
Contar con al menos una habitación, depósito, compartimiento o recinto,
donde se aloje el material, el que deberá poseer: puertas de acceso
blindadas o de seguridad, y rejas en ventanas y/ó aberturas cuando las
mismas se ubiquen en casas, locales o plantas bajas de edificios con vista o
acceso desde el exterior (calle, inmuebles linderos, patios, otros.) siempre
que no posean personal de vigilancia permanente ó;
Poseer caja fuerte ó armero metálico de seguridad, los cuales deberán estar
amurados al piso o pared siempre que pesen menos de 150 kg.

Contar con alguna de las medidas del primer parrafo "O" una caja de tal especificacion. Con una de las medidas ya se esta dentro de la clasificacion A2, no hace falta tener todas. Como poder se puede tener todas o algunas, pero con una esta bien.

Saludos (:T:)
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por randall58 » Lun Abr 10, 2017 2:11 pm

Estimado.
Le copio nuevamente el enlace.

http://www.anmac.gob.ar/pdf/ANEXOSIy%20 ... %20023.pdf

El Sr. Cazador 1973 y el Sr. Musbach, a quienes respondí, estan en la categoría A1 (Usuario Individual), hasta 9 armas. (-Y)
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por hache » Lun Abr 10, 2017 2:13 pm

Mussbach escribió:Gracias por el comentario...mi duda puntual era cuanto tiempo a partir de superar las 9 armas uno cuenta para acondicionar el recinto de guarda, o sea el SDG... por eso me gustaría un comentario de quien ya pasó a esa categoría...
Lo tenés que hacer antes de comprar el arma número 10.
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por randall58 » Lun Abr 10, 2017 2:22 pm

Disculpeme.
Tiene un concepto de interpretación equivocado.
" En realidad es por cantidad de tenencias, una prensa tiene tarjeta roja, asi que cuenta."

La Reglamentación es clara.
Habla de Armas, NO de Tenencias. (-Y)
Cordial saludo.
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por Ale_78 » Lun Abr 10, 2017 2:36 pm

randall58 escribió:Disculpeme.
Tiene un concepto de interpretación equivocado.
" En realidad es por cantidad de tenencias, una prensa tiene tarjeta roja, asi que cuenta."

La Reglamentación es clara.
Habla de Armas, NO de Tenencias. (-Y)
Cordial saludo.
El que hace la mala interpretación es el renar, ya que a la prensa la cuenta al momento de separar entre A1 y A2. Y lo pregunte directamente en al oficina del renar de lomas y a varios tiradores amigos los cuales pasaron de categoria con 9 armas y una prensa. Igual a mi nunca me pidieron de llenar la declaración jurada y soy A2 hace varias armas. Tambien escuche el sábado en una armería, que desde ahora se va a llenar el formulario de medidas de seguridad cada vez que se compre un arma. Repito lo escuche en la armería de uno de los vendedores.

Saludos (:T:)
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por randall58 » Lun Abr 10, 2017 2:41 pm

Estimado.
Los empleados del Renar de Lomas, deberían esmerarse un poquito en aprender y entender su propia reglamentación.
Si para ellos, una máquina de Recarga, es un Arma de fuego (como dice lo reglamentado que copie), por el simple hecho de tener credencial roja, (:L) (:L)
Dice el dicho, al que nace barrigón....... (::A)

Cordial saludo.
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por randall58 » Lun Abr 10, 2017 4:16 pm

Le amplío para que le comente a los muchachos de Renar de Lomas:

El Decreto 023/14 habla "siempre" cantidad de "armas de fuego", que es lo que claramente establece para LU Individuales- como son los casos aqui planteados- , lo que determina el pase de una categoría a la otra.(Anexos I y II)

https://www.renar.gov.ar/index_seccion. ... 80&disp=si

La única excepción que hace y menciona la norma, es para aquellos casos que posean arma de fuego bajo Decreto 64/95.y le copio seguidamente.

Yo no leí ninguna Norma, que haga alusión expresa a equipos de recarga, y que establezca ser considerado (como a usted le dijeron) para pasar de categoría de guarda y que la establezca como "arma de fuego" a los fines de las cantidades establecidas .

Copiato Textual excepcion (Decreto 64/95)
" Asimismo se aplicará la presente clasificación (A2) para los legítimos usuarios
individuales que aun no alcanzando el número mínimo establecido de armas de
fuego
, posean autorizadas armas de uso exclusivo de las instituciones armadas o
aquellas comprendidas en el Decreto 64/95.


Por ultimo, le copio lo recomendado y tratado para el caso de Equipos de Recarga.

http://www.anmac.gob.ar/index_seccion.p ... 03&disp=si

Cordial saludo.
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por norinco1911 » Lun Abr 10, 2017 4:41 pm

randall58 escribió:Estimado.
Me permiti disentir con lo expuesto por el compañero coforista Sr. Norinco 1911.

Pregunto: La Disposición Renar 023/14, fue cambiada o modificada en cuanto a cantidades?.

Lo pregunto, porque si la misma no fue modificada- y en tal caso agradecería me informe por cual- (yo no la ubique), es clara en cuanto a cantdades de una y otra categoría:

A1 Hasta 9 armas
A2 de 10 a 49 armas

Por lo tanto el Sr. Musbach, con el arma N° 10 cambia de categoría y si tiene que adoptar alguna medida adicional de la que establece la categoría A"2.

Ademas, si no me equivoco, al momento de adquirir/registrar su arma N° 10 y requerir su Tenencia, debería en ese momento hacer nueva declaracion jurada por el paso de categoría (A2), ya que muy posiblemente el ANMAC, le observen el tramite de tenencia del arma si no lo hace.

Gracias.
http://www.anmac.gob.ar/pdf/ANEXOSIy%20 ... %20023.pdf
si señor ,yo estaba equivocado (hace mucho que deje de ser A1) y es a partir de 10 armas incluyendo prensa de recarga (cuenta como un arma)
saludos y gracias por la rectificacion
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por caverna » Lun Abr 10, 2017 5:14 pm

randall58 escribió:Disculpeme.
Tiene un concepto de interpretación equivocado.
" En realidad es por cantidad de tenencias, una prensa tiene tarjeta roja, asi que cuenta."

La Reglamentación es clara.
Habla de Armas, NO de Tenencias. (-Y)
Cordial saludo.

Tuve la misma duda respecto de si la prensa se tomaba como un arma o no. Mandé un mail al Renar y me contestaron que pasas de categoría por cantidad de tenencias y que la prensa cuenta como tenencia, por lo tanto te podés pasar de categoría al incorporar una prensa. Estoy totalmente de acuerdo que es una boludez, pero me lo contestaron por escrito.
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por randall58 » Lun Abr 10, 2017 5:42 pm

caverna escribió:
randall58 escribió:Disculpeme.
Tiene un concepto de interpretación equivocado.
" En realidad es por cantidad de tenencias, una prensa tiene tarjeta roja, asi que cuenta."

La Reglamentación es clara.
Habla de Armas, NO de Tenencias. (-Y)
Cordial saludo.

Tuve la misma duda respecto de si la prensa se tomaba como un arma o no. Mandé un mail al Renar y me contestaron que pasas de categoría por cantidad de tenencias y que la prensa cuenta como tenencia, por lo tanto te podés pasar de categoría al incorporar una prensa. Estoy totalmente de acuerdo que es una boludez, pero me lo contestaron por escrito.
No tengo ninguna duda de lo que decis y encima te lo respondan y lo tomen así.
Pero eso es porque hacen lo que quieren, que es muy distinto a lo que esta reglamentado.
Ellos son "juez y parte". Lamentablemente y así semanejan. Si te les "plantas", lo mas seguro es que no te den nunca la tenencia, pero de ahí a que tengán la razon. Es la razón del mas fuerte, lamentablemente. (-Y)
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por cazador1973 » Lun Abr 10, 2017 7:25 pm

Muchas gracias ; ya tengo 8 armas y prensa de recarga o sea que con mi proxima arma paso a categoria A2 , sera cuestion de invertir en alguna caja fuerte o armero metalico .
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por Mussbach » Lun Abr 10, 2017 7:29 pm

alfredo1 escribió:Hola Mussbach,cuando compres la decima arma,el Anmac,te va a notificar que envies las nuevas normas de Seguridad para la Categoria A-2.LLenas un formulario impreso donde tenes que poner que tenes caja de seguridad,alarma monitoreada y puertas con cerradura doble paleta.
Por lo demas nunca te Inspeccionan.Hace 5 añoos que soy A-2,y ese formulario es lo único que te van a hacer firmar cuando compres la decima arma.
Saludos
Gracias querido Alfredo... me quedó por demás claro!! espero que andes muy bien,,, abrazo!! (-Y)
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por Mussbach » Lun Abr 10, 2017 7:31 pm

randall58 escribió:Estimado.
Me permiti disentir con lo expuesto por el compañero coforista Sr. Norinco 1911.

Pregunto: La Disposición Renar 023/14, fue cambiada o modificada en cuanto a cantidades?.

Lo pregunto, porque si la misma no fue modificada- y en tal caso agradecería me informe por cual- (yo no la ubique), es clara en cuanto a cantdades de una y otra categoría:

A1 Hasta 9 armas
A2 de 10 a 49 armas

Por lo tanto el Sr. Musbach, con el arma N° 10 cambia de categoría y si tiene que adoptar alguna medida adicional de la que establece la categoría A"2.

Ademas, si no me equivoco, al momento de adquirir/registrar su arma N° 10 y requerir su Tenencia, debería en ese momento hacer nueva declaracion jurada por el paso de categoría (A2), ya que muy posiblemente el ANMAC, le observen el tramite de tenencia del arma si no lo hace.

Gracias.
http://www.anmac.gob.ar/pdf/ANEXOSIy%20 ... %20023.pdf

Estimado Randall, gracias también por tu aporte...siempre claro y concreto! abrazo!
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por malevo » Mar Abr 11, 2017 6:51 pm

Muchas veces se discutió el tema de si la prensa cuenta y no, y lamentablemente siempre se han escuchado las dos versiones opuesta confirmadas por el RENAR.

Mis dos centavos, cuando metí mí 9 tenencia de arma de fuego, ya tenía en mi haber un equipo de recarga, presenté una nota diciendo que no correspondía cambiarme de categoría, toda vez que esta era mi 9° arma de fuego.

Pasó el tramite salió normalmente sin observaciones. Aclaro que no fue un descubrimiento propio, ya varios foristas lo habían sostenido, yo solo lo comprobé.

Saludos
"No dejés que hombre ninguno te gane el lao del cuchillo".
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por elTábano » Mar Abr 11, 2017 7:50 pm

Es así, con 10 ya pasas a A2, yo estoy al límite también y averigüé. De todas formas ya imlementé todas las medidas de seguridad que piden. Vas a necesitar, rejas, alarma con video y armario metálico anclado y con doble llave. Saludos!
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por 43spanish » Mar Abr 11, 2017 8:01 pm

Alarma con video??? De donde sacan eso!!

Llene nuevamente la declaracion jurada por renovacion CLU y no dice nada ni remotamente parecido...

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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por randall58 » Mar Abr 11, 2017 8:13 pm

malevo escribió:Muchas veces se discutió el tema de si la prensa cuenta y no, y lamentablemente siempre se han escuchado las dos versiones opuesta confirmadas por el RENAR.

Mis dos centavos, cuando metí mí 9 tenencia de arma de fuego, ya tenía en mi haber un equipo de recarga, presenté una nota diciendo que no correspondía cambiarme de categoría, toda vez que esta era mi 9° arma de fuego.

Pasó el tramite salió normalmente sin observaciones. Aclaro que no fue un descubrimiento propio, ya varios foristas lo habían sostenido, yo solo lo comprobé.

Saludos
Pero es así estimado. Lamentablemente, muchas veces con este y otro tema, depende quien este a cargo y como le "instruyen manejarse", salen para el norte o para el sur.
Si realmente aplicaran lo reglamentado, la misma es "clarísima". Siempre se refiere y por ende el pase de categoría, a la cantidad de armas de fuego en su poder.

La normativa vigente, No ofrece ninguna duda. La Disposición ANMAC 023/14, para el caso que nos ocupa LU Individuales expresamente indica:

Sectores de Guarda/Almacenamiento ..... Se encuentra destinado a usuarios individuales que posean en su poder de una a nueve armas de fuego.


Sector A2
Se encuentra destinado a Usuarios Coleccionistas, Colectivos, Cinegéticos,Organismos Oficiales, Entidades de Tiro o Usuarios Individuales que posean en su poder de diez a cuarenta y nueve armas de fuego.
La única salvedad (que ya municiones para esta categorías la de caso armas bajo Decreto 64/95)

El caso de los Equipos de Recarga, ya tienen su particular tratamiento y esta fijado y reglamentado las medidas de seguridad que la rigen, según Disposición Anmac 142/07.(Anexo I)
Claramente su art. 7) establece:

ARTICULO 7°.- Aprobar las "Recomendaciones Generales de Seguridad y Uso para Tenedores de Equipos de Recarga", que como Anexo l se incorporan a la presente Disposición formando parte integrante de la misma. Estas recomendaciones serán notificadas fehacientemente al usuario solicitante al momento de requerir la tenencia de este tipo de equipamiento.
http://www.anmac.gob.ar/index_seccion.p ... 03&disp=si

Lo que pasa es que son mas papistas que el papa y como ellos tienen la sarten por el mango...... si se ponen en ptos...lamentablemente tenés que ir al pié o pelearla y bancarse el "boludeo",............ pero que no tienen la razón, seguro, no porque lo diga yo u otros usuarios, lo dice claramente la reglamentación.

Al igual que muchas otras reparticiones, algunos tienen problemas de COMPRENSION DE TEXTO. (-Y)
Cordial Saludo.


p/d. Confirmo (lo dice la Reglamentación), al cambiar de categoría, hay que hacer nueva Declaración jurada de medidas de seguridad.(de A1 a A2)
Copio textual:

Al obtener o renovar la condición de Legítimo Usuario y/o al momento de alcanzar la cantidad mínima de armas establecida, los usuarios individuales deberán acreditar mediante Declaración Jurada poseer las siguientes medidas de seguridad tendientes a impedir la sustracción, extravío o accidentes del material autorizado....

Cordial saludo.
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por randall58 » Mar Abr 11, 2017 8:13 pm

malevo escribió:Muchas veces se discutió el tema de si la prensa cuenta y no, y lamentablemente siempre se han escuchado las dos versiones opuesta confirmadas por el RENAR.

Mis dos centavos, cuando metí mí 9 tenencia de arma de fuego, ya tenía en mi haber un equipo de recarga, presenté una nota diciendo que no correspondía cambiarme de categoría, toda vez que esta era mi 9° arma de fuego.

Pasó el tramite salió normalmente sin observaciones. Aclaro que no fue un descubrimiento propio, ya varios foristas lo habían sostenido, yo solo lo comprobé.

Saludos
Pero es así estimado. Lamentablemente, muchas veces con este y otro tema, depende quien este a cargo y como le "instruyen manejarse", salen para el norte o para el sur.
Si realmente aplicaran lo reglamentado, la misma es "clarísima". Siempre se refiere y por ende el pase de categoría, a la cantidad de armas de fuego en su poder.

La normativa vigente, No ofrece ninguna duda. La Disposición ANMAC 023/14, para el caso que nos ocupa LU Individuales expresamente indica:

Sectores de Guarda/Almacenamiento ..... Se encuentra destinado a usuarios individuales que posean en su poder de una a nueve armas de fuego.


Sector A2
Se encuentra destinado a Usuarios Coleccionistas, Colectivos, Cinegéticos,Organismos Oficiales, Entidades de Tiro o Usuarios Individuales que posean en su poder de diez a cuarenta y nueve armas de fuego.
La única salvedad (que ya municiones para esta categorías la de caso armas bajo Decreto 64/95)

El caso de los Equipos de Recarga, ya tienen su particular tratamiento y esta fijado y reglamentado las medidas de seguridad que la rigen, según Disposición Anmac 142/07.(Anexo I)
Claramente su art. 7) establece:

ARTICULO 7°.- Aprobar las "Recomendaciones Generales de Seguridad y Uso para Tenedores de Equipos de Recarga", que como Anexo l se incorporan a la presente Disposición formando parte integrante de la misma. Estas recomendaciones serán notificadas fehacientemente al usuario solicitante al momento de requerir la tenencia de este tipo de equipamiento.
http://www.anmac.gob.ar/index_seccion.p ... 03&disp=si

Lo que pasa es que son mas papistas que el papa y como ellos tienen la sarten por el mango...... si se ponen en ptos...lamentablemente tenés que ir al pié o pelearla y bancarse el "boludeo",............ pero que no tienen la razón, seguro, no porque lo diga yo u otros usuarios, lo dice claramente la reglamentación.

Al igual que muchas otras reparticiones, algunos tienen problemas de COMPRENSION DE TEXTO. (-Y)
Cordial Saludo.


p/d. Confirmo (lo dice la Reglamentación), al cambiar de categoría, hay que hacer nueva Declaración jurada de medidas de seguridad.(de A1 a A2)
Copio textual:

Al obtener o renovar la condición de Legítimo Usuario y/o al momento de alcanzar la cantidad mínima de armas establecida, los usuarios individuales deberán acreditar mediante Declaración Jurada poseer las siguientes medidas de seguridad tendientes a impedir la sustracción, extravío o accidentes del material autorizado....

Cordial saludo.
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randall58
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por randall58 » Mar Abr 11, 2017 8:13 pm

malevo escribió:Muchas veces se discutió el tema de si la prensa cuenta y no, y lamentablemente siempre se han escuchado las dos versiones opuesta confirmadas por el RENAR.

Mis dos centavos, cuando metí mí 9 tenencia de arma de fuego, ya tenía en mi haber un equipo de recarga, presenté una nota diciendo que no correspondía cambiarme de categoría, toda vez que esta era mi 9° arma de fuego.

Pasó el tramite salió normalmente sin observaciones. Aclaro que no fue un descubrimiento propio, ya varios foristas lo habían sostenido, yo solo lo comprobé.

Saludos
Pero es así estimado. Lamentablemente, muchas veces con este y otro tema, depende quien este a cargo y como le "instruyen manejarse", salen para el norte o para el sur.
Si realmente aplicaran lo reglamentado, la misma es "clarísima". Siempre se refiere y por ende el pase de categoría, a la cantidad de armas de fuego en su poder.

La normativa vigente, No ofrece ninguna duda. La Disposición ANMAC 023/14, para el caso que nos ocupa LU Individuales expresamente indica:

Sectores de Guarda/Almacenamiento ..... Se encuentra destinado a usuarios individuales que posean en su poder de una a nueve armas de fuego.


Sector A2
Se encuentra destinado a Usuarios Coleccionistas, Colectivos, Cinegéticos,Organismos Oficiales, Entidades de Tiro o Usuarios Individuales que posean en su poder de diez a cuarenta y nueve armas de fuego.
La única salvedad (que ya municiones para esta categorías la de caso armas bajo Decreto 64/95)

El caso de los Equipos de Recarga, ya tienen su particular tratamiento y esta fijado y reglamentado las medidas de seguridad que la rigen, según Disposición Anmac 142/07.(Anexo I)
Claramente su art. 7) establece:

ARTICULO 7°.- Aprobar las "Recomendaciones Generales de Seguridad y Uso para Tenedores de Equipos de Recarga", que como Anexo l se incorporan a la presente Disposición formando parte integrante de la misma. Estas recomendaciones serán notificadas fehacientemente al usuario solicitante al momento de requerir la tenencia de este tipo de equipamiento.
http://www.anmac.gob.ar/index_seccion.p ... 03&disp=si

Lo que pasa es que son mas papistas que el papa y como ellos tienen la sarten por el mango...... si se ponen en ptos...lamentablemente tenés que ir al pié o pelearla y bancarse el "boludeo",............ pero que no tienen la razón, seguro, no porque lo diga yo u otros usuarios, lo dice claramente la reglamentación.

Al igual que muchas otras reparticiones, algunos tienen problemas de COMPRENSION DE TEXTO. (-Y)
Cordial Saludo.


p/d. Confirmo (lo dice la Reglamentación), al cambiar de categoría, hay que hacer nueva Declaración jurada de medidas de seguridad.(de A1 a A2)
Copio textual:

Al obtener o renovar la condición de Legítimo Usuario y/o al momento de alcanzar la cantidad mínima de armas establecida, los usuarios individuales deberán acreditar mediante Declaración Jurada poseer las siguientes medidas de seguridad tendientes a impedir la sustracción, extravío o accidentes del material autorizado....

Cordial saludo.
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por randall58 » Mar Abr 11, 2017 8:15 pm

Sorry sorry, que bolu....se me ametrallo el teclado.
Disculpas muchachos.
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drupilin
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Re: Duda de Categoria A1 y A2

Mensaje por drupilin » Mar Abr 11, 2017 8:40 pm

Coincido con lo que explico randall58.
Y les doy Ejemplos) -Un chaleco antibala nivel 3 es un material controlado, tiene tenecia pero claramente no es un arma
-Un auto blindado, es un material controlado, tenes que tener CLU, te dan una tenecia... Pero salvo que seas chano, no se lo considera arma.
-una prensa es un material controlado, te dan una tenecia pero no es un arma.
-un taser es una arma electronica defensiva, ANMAC las diferencia de uso civil y prohibidas, desconozco si llevaria tenencia, y si cuenta como arma, pero creeria que si.

Amigos, por favor lean solo lo que publica el anmac, imprimanlo, y se lo llevan abajo del brazo para defender sus derechos.
https://www.renar.gov.ar/index_seccion. ... _fuego&m=2
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