Trandporte o portación ?
- JUNKER
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Trandporte o portación ?
Esta consulta surge de un debate entre amigos LU
Si en un control policial, ante la pregunta del uniformado de si llevamos algun arma de fuego
Respondemos que si, pero esta esta en un bolso con el cargador colocado con municiones, sin bala en recamara
Esto que seria,?
Portación ilegal de arma de fuego?
O transporte indebido?
El arma(pistola) estaria en uso inmediato cuando no se encuentra con bala en recamara?
Si en un control policial, ante la pregunta del uniformado de si llevamos algun arma de fuego
Respondemos que si, pero esta esta en un bolso con el cargador colocado con municiones, sin bala en recamara
Esto que seria,?
Portación ilegal de arma de fuego?
O transporte indebido?
El arma(pistola) estaria en uso inmediato cuando no se encuentra con bala en recamara?
"El futuro sera mejor mañana"
- poligono
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Re: Trandporte o portación ?
Estando el cargador con municiones es portacion. Yo viajo desde casa al poligono en colectivo,con armas descargadas, envueltas en un trapo, con la recamara del arma o tambor vacias, con municiones en caja y envuelta; tanto arma como municiones lo mas disimulados posible todo dentro de un bolso. Si fuera fusil a cerrojo, con el mismo modo y sin cerrojo colocado. Por las dudas saca copia del anmac como transportar armas siendo civil y ante cualquier inconveniente se la mostra al funcionario yo no lo puedo subir pórque no entiendo la tecnologia.SldsJUNKER escribió:Esta consulta surge de un debate entre amigos LU
Si en un control policial, ante la pregunta del uniformado de si llevamos algun arma de fuego
Respondemos que si, pero esta esta en un bolso con el cargador colocado con municiones, sin bala en recamara
Esto que seria,?
Portación ilegal de arma de fuego?
O transporte indebido?
El arma(pistola) estaria en uso inmediato cuando no se encuentra con bala en recamara?
Si hay que hacerlo...se lo hace.-(::J)
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Re: Trandporte o portación ?
La disposicion del ANMAC habla sobre uso inmediato. Vos con solo acerrojar tenés el arma en uso inmediato, rechazado tu pedido jajaj . Es el arma por un lado , digamos baul de tu auto, y cargador por otro bien alejado, digamos guantera.
Salu2 Tony
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- randall58
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Re: Trandporte o portación ?
Es uno de los tantos temas recurrentes de consulta.
Hay varios post, uno como de 10 paginas.
Yo particularmente estoy en línea con este pensamiento del link que copio:
http://www.universoarmas.com.ar/2012073 ... -de-armas/
Por las dudas, yo hiría sacando balas y también el cargador (no está demás) del arma y transpórtela como dice la ley y de paso cambie también la respuesta hipotética del caso (no llevo armas),..............si zafa.
Ya sabemos como hay que transportarla, todo lo que se aparte de ello, es buscarse un problema. La ley se cumple, no se interpreta me dijo un abogado.
Después que interpreta/falle cada juez (jurisprudencia), es arrancar sabendo que vamos 1 a 0.
Saludos y Felices Pascuas.
Hay varios post, uno como de 10 paginas.
Yo particularmente estoy en línea con este pensamiento del link que copio:
http://www.universoarmas.com.ar/2012073 ... -de-armas/
Por las dudas, yo hiría sacando balas y también el cargador (no está demás) del arma y transpórtela como dice la ley y de paso cambie también la respuesta hipotética del caso (no llevo armas),..............si zafa.
Ya sabemos como hay que transportarla, todo lo que se aparte de ello, es buscarse un problema. La ley se cumple, no se interpreta me dijo un abogado.
Después que interpreta/falle cada juez (jurisprudencia), es arrancar sabendo que vamos 1 a 0.
Saludos y Felices Pascuas.
- poligono
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Re: Trandporte o portación ?
Disculpe mi intromision, y si no tengo auto? Tendre q comprar un auto para practicar con mi doberman .22? Si sos civil y no tenes credencial de portacion (la azul) no podes tener municion en alveolo, cargador/cacerina, recamara o almacen. La credencial de tenencia y/o portacion es de uso nacional. La policia de cada provincia tiene portacion solo para la provincia en la cual trabaja (a menos por ordenes expresas de un juez). Los integrantes de fuerzas federales para todo el territorio nacionalTony Esposito escribió:La disposicion del ANMAC habla sobre uso inmediato. Vos con solo acerrojar tenés el arma en uso inmediato, rechazado tu pedido jajaj . Es el arma por un lado , digamos baul de tu auto, y cargador por otro bien alejado, digamos guantera.
Salu2 Tony
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Re: Trandporte o portación ?
Si, el tema es
portar
verbo transitivo
1.
formal
Llevar [una persona] una cosa generalmente en la mano o ayudándose con alguna otra parte del cuerpo.
"portar el estandarte real; portar armas"
trasportar
verbo transitivo
1.
Llevar o trasladar a una persona o una cosa de un lugar a otro, generalmente haciendo uso de un medio de transporte.
Osea, no voy a lo legal sino a como estaria aa redaccion de la ley.
Porque uno no la llevaria adosada al cuerpo sino en un bolso en el asiento de atras.
portar
verbo transitivo
1.
formal
Llevar [una persona] una cosa generalmente en la mano o ayudándose con alguna otra parte del cuerpo.
"portar el estandarte real; portar armas"
trasportar
verbo transitivo
1.
Llevar o trasladar a una persona o una cosa de un lugar a otro, generalmente haciendo uso de un medio de transporte.
Osea, no voy a lo legal sino a como estaria aa redaccion de la ley.
Porque uno no la llevaria adosada al cuerpo sino en un bolso en el asiento de atras.
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Re: Trandporte o portación ?
Manual Registral M.A.R. Renar año 1999 (vigente):
"La portacion de armas de fuego consiste en disponer en un lugar publico, o de acceso publico, de un arma de fuego cargada o en condiciones de uso inmediato.
...La autorizacion en ningun caso habilita para la exhibicion publica u ostentacion del arma, ni mucho menos para su empleo fuera de aquellos casos que pudieran encontrar la suficiente y debida justificacion legal, hallandose todo comportamiento ilegitimo con la misma (que el autorizado tiene el deber inexcusable de conocer), sometido a las penalidades previstas por la legislacion prevista."
Los legitimos usuarios individuales y colectivos, podran ser autorizados a portar las armas cuya tenencia se les hubiere acordado, cuando existan razones que asi lo justifiquen, en forma, lugar y oportunidad que expresamente se determine.
La vigencia de la portacion de armas es de un año, renovable si subsistieran las causas en las que se fundara originalmente.
La portacion autoriza a los integrantes de Legitimos usuarios colectivos (Agencias de seguridad, Transportadoras de Valores, Empresas cuyo acto de servicio sea la custodia de dinero y otros valores) a llevar el arma en condiciones de uso inmediato, a la vista guardada en su funda protectora, en actos y horario de servicio, y vistiendo el uniforme de la empresa con identificacion correspondiente de la misma.
Fuentes: Manual Registral M.A.R., Ley 20.429, Decreto 395/75.
"La portacion de armas de fuego consiste en disponer en un lugar publico, o de acceso publico, de un arma de fuego cargada o en condiciones de uso inmediato.
...La autorizacion en ningun caso habilita para la exhibicion publica u ostentacion del arma, ni mucho menos para su empleo fuera de aquellos casos que pudieran encontrar la suficiente y debida justificacion legal, hallandose todo comportamiento ilegitimo con la misma (que el autorizado tiene el deber inexcusable de conocer), sometido a las penalidades previstas por la legislacion prevista."
Los legitimos usuarios individuales y colectivos, podran ser autorizados a portar las armas cuya tenencia se les hubiere acordado, cuando existan razones que asi lo justifiquen, en forma, lugar y oportunidad que expresamente se determine.
La vigencia de la portacion de armas es de un año, renovable si subsistieran las causas en las que se fundara originalmente.
La portacion autoriza a los integrantes de Legitimos usuarios colectivos (Agencias de seguridad, Transportadoras de Valores, Empresas cuyo acto de servicio sea la custodia de dinero y otros valores) a llevar el arma en condiciones de uso inmediato, a la vista guardada en su funda protectora, en actos y horario de servicio, y vistiendo el uniforme de la empresa con identificacion correspondiente de la misma.
Fuentes: Manual Registral M.A.R., Ley 20.429, Decreto 395/75.
- panda
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Re: Trandporte o portación ?
un amigo hace asi
el tipo le mete a las pistolas el candado tipo cordon
lo pasa por el alojamiento del cargador y lo saca por la ventana de expulsion
, asi que por mas control de gendarmeria, policia o lo que fuese
si le quieren enganchar una portacion ilegal no van a poder
ya que la llave la tiene bien guardada
el tipo le mete a las pistolas el candado tipo cordon
lo pasa por el alojamiento del cargador y lo saca por la ventana de expulsion
, asi que por mas control de gendarmeria, policia o lo que fuese
si le quieren enganchar una portacion ilegal no van a poder
ya que la llave la tiene bien guardada
- poligono
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Re: Trandporte o portación ?
La condicion de uso inmediato tambien puede interpretarse, segun el como amanecio el del control, las normas no dicen especificamente en cuanto tiempo un arma puede ser transformada de descargada y separada de su municion hasta llegar a la "condicion de uso inmediato" en la cual se puede llegar a disparar,Ejemplo:tengo la pistola tapada con una sevilleta no a la vista del publico(esta disimulada, no se sabe q debajo hay un arma) con la corredera para atras, recamara vacia y tengo una municion separada del arma dentro de un sobre; en cuanto tiempo puede llevar tener el arma "en condicion de uso inmediato" para abrir fuego? en su momento se respeto la tenencia, descargada, separada de su municion y sin cartucho en el cargador, envueltas y disimulando su contenido.Es legal o puedo tener inconvenientes?
Si hay que hacerlo...se lo hace.-(::J)
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Re: Trandporte o portación ?
Yo una vuelta venia por la RP 1 en santa fe, me freno un control policial hace 2 años aprox. Estaban con escopetas y fmk 3. Me pidieron documentación del auto y antes de continuar me preguntaron si tenia algún arma y le dije que si, me la pidieron con la documentación, era una G23 en su caja y los dos cargadores en la misma caja. La vieron se alejaron unos mts hasta el auto de ellos anotaron algo (yo siempre en mi auto) luego volvieron me la devolvieron y me dijeron que continúe sin ningún problema.
saludos.
saludos.
- poligono
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Re: Trandporte o portación ?
Creo q el tema es q podes tener el arma con los dos cargadores en el mismo compartimiento, lo q no debes es tener es el arma en el mismo compartimiento q las municiones.. Los cargadores cargados o con municion en el mismo compartimiento de los cargadores tampoco estan permitidos. .ojo lo digo yo, no lo tomes asi tiene q ser.. aparte si vos hubiese estado en falta la policia te hubiese secuestrado el arma (q esa marca es codiciada)wolverine escribió:Yo una vuelta venia por la RP 1 en santa fe, me freno un control policial hace 2 años aprox. Estaban con escopetas y fmk 3. Me pidieron documentación del auto y antes de continuar me preguntaron si tenia algún arma y le dije que si, me la pidieron con la documentación, era una G23 en su caja y los dos cargadores en la misma caja. La vieron se alejaron unos mts hasta el auto de ellos anotaron algo (yo siempre en mi auto) luego volvieron me la devolvieron y me dijeron que continúe sin ningún problema.
saludos.
Si hay que hacerlo...se lo hace.-(::J)
- Raul08
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Re: Trandporte o portación ?
Hola Wolverinewolverine escribió:Yo una vuelta venia por la RP 1 en santa fe, me freno un control policial hace 2 años aprox. Estaban con escopetas y fmk 3. Me pidieron documentación del auto y antes de continuar me preguntaron si tenia algún arma y le dije que si, me la pidieron con la documentación, era una G23 en su caja y los dos cargadores en la misma caja. La vieron se alejaron unos mts hasta el auto de ellos anotaron algo (yo siempre en mi auto) luego volvieron me la devolvieron y me dijeron que continúe sin ningún problema.
saludos.
Los cargadores estaban vacios o tenían munición ???
Porque si estaban vacios, está bien, es lo que corresponde, llevas la pistola en su caja y separada de la munición.
Ahora, yo no perdería nunca de vista el arma, si ellos le ponen alguna munición sin que vos lo observes, te pueden armar una causa por portación ilegal.
Saludos
Raúl
- Marcos-45
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Re: Trandporte o portación ?
A ver... Portacion es a la vista o adosada al.cuerpo. no existe portacion en un vehículo sino transporte. Si el arma cualquiera sea esta.dentro de una caja o funda fuera de la vista no hay ñortacion y nadie lo puede aducir....
De ahí que haya personal policial buscamugre es otro tema pero no nos riremls tierra encima al pedo nosotros solos...
Yo el arma jamas la voy a desarmar para transportarla.
Que es eso de sacarle el cerrojo al fusil? Y si se pierde?
O acaso a la pistola se le daca la corredera y al revólver el tambor? Y en un rifle monotiro? Un Palanquero?
No jodan... Ni sen letra...
Arma sin balas... Punto... No existe portacion .... Mucho menos en un vehículo!
He viajado.en colectivo con.mi fusil en su funda y las balas en el bolso... Cero drama...
De ahí que haya personal policial buscamugre es otro tema pero no nos riremls tierra encima al pedo nosotros solos...
Yo el arma jamas la voy a desarmar para transportarla.
Que es eso de sacarle el cerrojo al fusil? Y si se pierde?
O acaso a la pistola se le daca la corredera y al revólver el tambor? Y en un rifle monotiro? Un Palanquero?
No jodan... Ni sen letra...
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prefiero luchar desde el llano que mirar desde la loma
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- randall58
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Re: Trandporte o portación ?
Estimado, con todo respeto.Marcos-45 escribió:A ver... Portacion es a la vista o adosada al.cuerpo. no existe portacion en un vehículo sino transporte. Si el arma cualquiera sea esta.dentro de una caja o funda fuera de la vista no hay ñortacion y nadie lo puede aducir....
De ahí que haya personal policial buscamugre es otro tema pero no nos riremls tierra encima al pedo nosotros solos...
Yo el arma jamas la voy a desarmar para transportarla.
Que es eso de sacarle el cerrojo al fusil? Y si se pierde?
O acaso a la pistola se le daca la corredera y al revólver el tambor? Y en un rifle monotiro? Un Palanquero?
No jodan... Ni sen letra...
Arma sin balas... Punto... No existe portacion .... Mucho menos en un vehículo!
He viajado.en colectivo con.mi fusil en su funda y las balas en el bolso... Cero drama...
Relea la pregunta original del post y las respuestas............... El arma(hipotéticamente va en el asiento de atrás en un bolso, con cargador puesto Y BALAS).
Yo le copie un enlace que dice claramente....que hay jurisprudencia sentada que ha interpretado esos casos (relea si tiene ganas el link) y que se ha considerado PORTACION.
No el "milico", la justicia. La ley dice claramente "descargada y separada de su munición", y han interpretado no solo la forma y donde, sino posibilidad de pronto uso (arma cargada). Vos mismo lo decis, SIN BALAS.
Lo del tambor, el cerrojo y el frame esta claro. El tema son las balas y la condición (posibilidad de uso) inmediato lo que se juzga, mas allÁ de si estaba en una guantera, un bolso o debajo del asiento.
Si estaba en el vehíiculo con cargador puesto y con balas....para vos eso no es condición de uso inmediato?.
Bueno, lo importante no es lo que me parece a mi o avos, es lo que en definitiva pueda resolver un juez y eso no es joda, es plantear casos reales en base a una realidad, y la realidad es que no se esta transportando como dice la Ley y puede ser considerado "portación".
Descargada (vos mismo dijiste) y separada de sus municiones (cargador puesto y con munición es lo que dice la ley?.
Creo que los jueves no tienen la misma opinión que vos ( lo considera Portación).
Vos decis, viaje en colectivo, con arma en su funda y las balas en un bolso.......lógico, así no vas a tener ningun drama, transportas como dice la ley pero el ejemplo del post (llevalo al tuyo),............. seguis yendo en el bondi, el arma (fusil) va en la funda, las balas en estuche o caja en bolso.........pero un detallle te paran se sube un milico a controlar y al agarrar el fusil, del estuche, saca el cerrojo y ve que tiene balas ........te pregunto .....que es?.
Transporte/ Portación?.
No mezclemos los porotos.
Cordial saludo.
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- Marcos-45
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Re: Trandporte o portación ?
Obvio tiene que ir sin balas...
Eso no queda a discusión.
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- nachodagos
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Re: Trandporte o portación ?
La portación ilegal es el transporte indebido.JUNKER escribió:Esta consulta surge de un debate entre amigos LU
Si en un control policial, ante la pregunta del uniformado de si llevamos algun arma de fuego
Respondemos que si, pero esta esta en un bolso con el cargador colocado con municiones, sin bala en recamara
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El arma(pistola) estaria en uso inmediato cuando no se encuentra con bala en recamara?
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Re: Trandporte o portación ?
Hola Raul, si estaban vacios, los llenos estaban escondidos en la mochila.Raul08 escribió:Hola Wolverinewolverine escribió:Yo una vuelta venia por la RP 1 en santa fe, me freno un control policial hace 2 años aprox. Estaban con escopetas y fmk 3. Me pidieron documentación del auto y antes de continuar me preguntaron si tenia algún arma y le dije que si, me la pidieron con la documentación, era una G23 en su caja y los dos cargadores en la misma caja. La vieron se alejaron unos mts hasta el auto de ellos anotaron algo (yo siempre en mi auto) luego volvieron me la devolvieron y me dijeron que continúe sin ningún problema.
saludos.
Los cargadores estaban vacios o tenían munición ???
Porque si estaban vacios, está bien, es lo que corresponde, llevas la pistola en su caja y separada de la munición.
Ahora, yo no perdería nunca de vista el arma, si ellos le ponen alguna munición sin que vos lo observes, te pueden armar una causa por portación ilegal.
Saludos
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- Porteño 22LR
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Re: Trandporte o portación ?
2ª Instancia.- Buenos Aires, junio 12 de 2013.
"Debe entonces establecerse que “portar” no se constituye sólo con el hecho de llevar el arma “corporalmente” en lugares públicos y en condiciones inmediatas de uso, tal como sostiene el recurrente, sino que debe el autor llevar el arma en un ámbito público y que de manera inmediata le permita su utilización, cargada y apta para el disparo."
"Así, dicho ámbito es más amplio que la exclusiva circunstancia de llevarla sobre su cuerpo, ya que también abarca el hecho de que el autor la lleve a su alcance, de modo que le permita un uso inmediato. En tal sentido, podría tratarse del baúl de una motocicleta como en este caso, en el interior de un portafolios, una mochila, o la guantera de un automóvil —entre algunas de las posibilidades—. Ello así por cuanto mediando tales circunstancias es que aumenta —respecto de la simple tenencia— el peligro para el bien jurídico “seguridad pública” al ser mayor el poder ofensivo del autor."
Tener el arma en la mochila y el cargador en el bolsillo con balas tambien es portacion.
"Debe entonces establecerse que “portar” no se constituye sólo con el hecho de llevar el arma “corporalmente” en lugares públicos y en condiciones inmediatas de uso, tal como sostiene el recurrente, sino que debe el autor llevar el arma en un ámbito público y que de manera inmediata le permita su utilización, cargada y apta para el disparo."
"Así, dicho ámbito es más amplio que la exclusiva circunstancia de llevarla sobre su cuerpo, ya que también abarca el hecho de que el autor la lleve a su alcance, de modo que le permita un uso inmediato. En tal sentido, podría tratarse del baúl de una motocicleta como en este caso, en el interior de un portafolios, una mochila, o la guantera de un automóvil —entre algunas de las posibilidades—. Ello así por cuanto mediando tales circunstancias es que aumenta —respecto de la simple tenencia— el peligro para el bien jurídico “seguridad pública” al ser mayor el poder ofensivo del autor."
Tener el arma en la mochila y el cargador en el bolsillo con balas tambien es portacion.
- randall58
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Re: Trandporte o portación ?
Tal cual estimado. Es a lo que nos estábamos refiriendo. Hay una pequeña y sustancial diferencia que a veces cuesta entender.Porteño 22LR escribió:2ª Instancia.- Buenos Aires, junio 12 de 2013.
"Debe entonces establecerse que “portar” no se constituye sólo con el hecho de llevar el arma “corporalmente” en lugares públicos y en condiciones inmediatas de uso, tal como sostiene el recurrente, sino que debe el autor llevar el arma en un ámbito público y que de manera inmediata le permita su utilización, cargada y apta para el disparo."
"Así, dicho ámbito es más amplio que la exclusiva circunstancia de llevarla sobre su cuerpo, ya que también abarca el hecho de que el autor la lleve a su alcance, de modo que le permita un uso inmediato. En tal sentido, podría tratarse del baúl de una motocicleta como en este caso, en el interior de un portafolios, una mochila, o la guantera de un automóvil —entre algunas de las posibilidades—. Ello así por cuanto mediando tales circunstancias es que aumenta —respecto de la simple tenencia— el peligro para el bien jurídico “seguridad pública” al ser mayor el poder ofensivo del autor."
Tener el arma en la mochila y el cargador en el bolsillo con balas tambien es portacion.
Una cosa es la portación de quien como LU tiene ademas, esa categoría con Credencial que lo habilita, y le posibilita llevarla cargada y adosada al cuerpo y algo muy distinto, es la eventual situación en la que se imputa o pueda llegar a imputarse imputar un delito de portación ilegal, a quien no la tiene. (simple LU), como aqui estamos tratando, ya que obviamente si tiene "portación legal", no estaríamos hablando de esto.
Es mucho mas amplio y abarcativa la jurisprudencia, que limitar a interpetarla y circunscribirla, a una sola variable o hecho, como equivocadamente se dijo aqui, de llevarla adosada al cuerpo. Veo que tiene claro el concepto y las diferencias.
- buluka_2000
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Re: Trandporte o portación ?
Estimados:
Habiendo consultado con varios instructores me han dicho que con el solo hecho de llevar la muni en una caja separada, aunque sea todo en mismo bolso ya no es portación.
Buscándole un pelo mas al huevo (de gallina jajajaja) un speed loader lleno.... ¿es portación?
Rebuscados abrazos
Habiendo consultado con varios instructores me han dicho que con el solo hecho de llevar la muni en una caja separada, aunque sea todo en mismo bolso ya no es portación.
Buscándole un pelo mas al huevo (de gallina jajajaja) un speed loader lleno.... ¿es portación?
Rebuscados abrazos
Buluka Presidente!!
Créame, hemos tenido peores.
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- Porteño 22LR
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Re: Trandporte o portación ?
Y el arma desarmada dentro de la caja. Desarme basico de limpieza.buluka_2000 escribió:Estimados:
Habiendo consultado con varios instructores me han dicho que con el solo hecho de llevar la muni en una caja separada, aunque sea todo en mismo bolso ya no es portación.
Buscándole un pelo mas al huevo (de gallina jajajaja) un speed loader lleno.... ¿es portación?
Rebuscados abrazos
Un speedloader seria lo mismo que una pistola con sus cargadores llenos.
Precisamente ese speedloader tiene la funcion de colocar al revolver en su uso inmediato.
- buluka_2000
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Re: Trandporte o portación ?
En lo resaltado, discrepo. nunca escuché que se deba desarmar el armaPorteño 22LR escribió:Y el arma desarmada dentro de la caja. Desarme basico de limpieza.buluka_2000 escribió:Estimados:
Habiendo consultado con varios instructores me han dicho que con el solo hecho de llevar la muni en una caja separada, aunque sea todo en mismo bolso ya no es portación.
Buscándole un pelo mas al huevo (de gallina jajajaja) un speed loader lleno.... ¿es portación?
Rebuscados abrazos
Un speedloader seria lo mismo que una pistola con sus cargadores llenos.
Precisamente ese speedloader tiene la funcion de colocar al revolver en su uso inmediato.
De hecho, ¿como haría con un winchester 92?
Palanqueros abrazos
Buluka Presidente!!
Créame, hemos tenido peores.
Créame, hemos tenido peores.
- buluka_2000
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Re: Trandporte o portación ?
En lo resaltado, discrepo. nunca escuché que se deba desarmar el armaPorteño 22LR escribió:Y el arma desarmada dentro de la caja. Desarme basico de limpieza.buluka_2000 escribió:Estimados:
Habiendo consultado con varios instructores me han dicho que con el solo hecho de llevar la muni en una caja separada, aunque sea todo en mismo bolso ya no es portación.
Buscándole un pelo mas al huevo (de gallina jajajaja) un speed loader lleno.... ¿es portación?
Rebuscados abrazos
Un speedloader seria lo mismo que una pistola con sus cargadores llenos.
Precisamente ese speedloader tiene la funcion de colocar al revolver en su uso inmediato.
De hecho, ¿como haría con un winchester 92?
Palanqueros abrazos
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Créame, hemos tenido peores.
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- buluka_2000
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Re: Trandporte o portación ?
En lo resaltado, discrepo. nunca escuché que se deba desarmar el armaPorteño 22LR escribió:Y el arma desarmada dentro de la caja. Desarme basico de limpieza.buluka_2000 escribió:Estimados:
Habiendo consultado con varios instructores me han dicho que con el solo hecho de llevar la muni en una caja separada, aunque sea todo en mismo bolso ya no es portación.
Buscándole un pelo mas al huevo (de gallina jajajaja) un speed loader lleno.... ¿es portación?
Rebuscados abrazos
Un speedloader seria lo mismo que una pistola con sus cargadores llenos.
Precisamente ese speedloader tiene la funcion de colocar al revolver en su uso inmediato.
De hecho, ¿como haría con un winchester 92?
Palanqueros abrazos
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- buluka_2000
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Re: Trandporte o portación ?
En lo resaltado, discrepo. nunca escuché que se deba desarmar el armaPorteño 22LR escribió:Y el arma desarmada dentro de la caja. Desarme basico de limpieza.buluka_2000 escribió:Estimados:
Habiendo consultado con varios instructores me han dicho que con el solo hecho de llevar la muni en una caja separada, aunque sea todo en mismo bolso ya no es portación.
Buscándole un pelo mas al huevo (de gallina jajajaja) un speed loader lleno.... ¿es portación?
Rebuscados abrazos
Un speedloader seria lo mismo que una pistola con sus cargadores llenos.
Precisamente ese speedloader tiene la funcion de colocar al revolver en su uso inmediato.
De hecho, ¿como haría con un winchester 92?
Palanqueros abrazos
Buluka Presidente!!
Créame, hemos tenido peores.
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- randall58
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Re: Trandporte o portación ?
Estimado Buluka. ¿quien puso en discusión eso?. No es lo preguntado ni lo respondido. Yo opino lo mismo que tu instructor, porque es lo que dice la reglamentación en cuanto a la forma de transportarla.buluka_2000 escribió:Estimados:
Habiendo consultado con varios instructores me han dicho que con el solo hecho de llevar la muni en una caja separada, aunque sea todo en mismo bolso ya no es portación.
Buscándole un pelo mas al huevo (de gallina jajajaja) un speed loader lleno.... ¿es portación?
Rebuscados abrazos
Lo de desarmar el arma, también coincido. (descargada, no desarmada).
En cuanto al speed loader, es otro tema que se hablo mucho. En mi opinión, no es estrictamente ajustado a lo reglamentado. Cajas o envoltorios. Una cosa es llevarlo dentro de por ej un estuche de munición o envuelto. Si esta dentro de por ej el mismo estuche (bolso) del arma, seguramente puedan considerarlo como uso inmediato (agilizar la carga que es el objetivo del speed loader). Variables hay muchas y hay que ver después que interpreta o decide el que te toque en gracia. Yo x las dudas no lo llevaría de esa forma.
Es decir, para citar tu frase, lo hago simple y fácil -como dice la reglamentación- (sin rebusques para no tentar al diablo) así no me buscan el pelo al huevo.
Cordial saludo.
- buluka_2000
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Re: Trandporte o portación ?
Primero mis disculpas por postear 4 veces lo mismo (no sé el origen del problema)
Randall: Mi comentario fue en relacion a lo posteado por tony esposito:
"La disposicion del ANMAC habla sobre uso inmediato. Vos con solo acerrojar tenés el arma en uso inmediato, rechazado tu pedido jajaj . Es el arma por un lado , digamos baul de tu auto, y cargador por otro bien alejado, digamos guantera."
y no en relación tu post inmediato anterior, aunque releyendo parece que así fuera, no fue esa la intención.
Lo del speed loader (además de para buscarle el pelo al huevo), lo usé como prefasio a ..... ¿y el peine de un Garand? (analizandolo, el peine requiere de uno o dos movimientos menos que algunos speed loaders).
Y hablo de movimientos porque en los 90s era comun escuchar en los poligonos que la diferencia entre "uso inmediato" y "no uso inmediato" venía dado por la cantidad de movimientos que había que realizar hasta llegar al "bang". De hecho me lo dijo el instructor que me tomó el examen de idoneidad en mi primera renovación (año 99).
Supongo que en el caso del Garand se tendría mas en cuenta que los peines no estén junto al arma.
Complicados abrazos
Randall: Mi comentario fue en relacion a lo posteado por tony esposito:
"La disposicion del ANMAC habla sobre uso inmediato. Vos con solo acerrojar tenés el arma en uso inmediato, rechazado tu pedido jajaj . Es el arma por un lado , digamos baul de tu auto, y cargador por otro bien alejado, digamos guantera."
y no en relación tu post inmediato anterior, aunque releyendo parece que así fuera, no fue esa la intención.
Lo del speed loader (además de para buscarle el pelo al huevo), lo usé como prefasio a ..... ¿y el peine de un Garand? (analizandolo, el peine requiere de uno o dos movimientos menos que algunos speed loaders).
Y hablo de movimientos porque en los 90s era comun escuchar en los poligonos que la diferencia entre "uso inmediato" y "no uso inmediato" venía dado por la cantidad de movimientos que había que realizar hasta llegar al "bang". De hecho me lo dijo el instructor que me tomó el examen de idoneidad en mi primera renovación (año 99).
Supongo que en el caso del Garand se tendría mas en cuenta que los peines no estén junto al arma.
Complicados abrazos
Buluka Presidente!!
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- randall58
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Re: Trandporte o portación ?
Gracias por responder estimado.
Todo bien!!!
Lo de la repetición me ha pasado muuuuuchas veces. Fijate que ambos debemos tener Teclado a Pelo
Cordial saludo.T
Todo bien!!!
Lo de la repetición me ha pasado muuuuuchas veces. Fijate que ambos debemos tener Teclado a Pelo
Cordial saludo.T
- Porteño 22LR
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Re: Trandporte o portación ?
Los fusiles con cerrojo se transportan con el cerrojo en el bolsillo de la funda. Fuera del arma.buluka_2000 escribió:Primero mis disculpas por postear 4 veces lo mismo (no sé el origen del problema)
Randall: Mi comentario fue en relacion a lo posteado por tony esposito:
"La disposicion del ANMAC habla sobre uso inmediato. Vos con solo acerrojar tenés el arma en uso inmediato, rechazado tu pedido jajaj . Es el arma por un lado , digamos baul de tu auto, y cargador por otro bien alejado, digamos guantera."
y no en relación tu post inmediato anterior, aunque releyendo parece que así fuera, no fue esa la intención.
Lo del speed loader (además de para buscarle el pelo al huevo), lo usé como prefasio a ..... ¿y el peine de un Garand? (analizandolo, el peine requiere de uno o dos movimientos menos que algunos speed loaders).
Y hablo de movimientos porque en los 90s era comun escuchar en los poligonos que la diferencia entre "uso inmediato" y "no uso inmediato" venía dado por la cantidad de movimientos que había que realizar hasta llegar al "bang". De hecho me lo dijo el instructor que me tomó el examen de idoneidad en mi primera renovación (año 99).
Supongo que en el caso del Garand se tendría mas en cuenta que los peines no estén junto al arma.
Complicados abrazos
Los fusiles semiautomaticos con la accion abierta y obviamente sin el cargador si lo tuviera y sin peines con balas.
PD: eso de la cantidad de pasos es la primera vez que lo escucho.
Última edición por Porteño 22LR el Jue Abr 05, 2018 8:10 am, editado 1 vez en total.
- Marcos-45
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Re: Trandporte o portación ?
Porteño por que no te dejas de agrandar el.mito?
Eso no figura en la ley
Y si figura por favor citame donde así nos culturizamos todos!!!
Por culpa de esa "ley no escrita" en ningún lado mucha gente ha perdido cerrojos y lea quedo inutilizada el arma.
Se transporta separado de las municiones y descargado. Punto. Eso dice la ley.
Lo demás es dimea y diretes
Aunque si.me equivoco, transcribime la letra de la ley... Pero la letra de la LEY..... No un consejo ni disposición interna policial ni alguna huevada similar... Por favor...
Eso no figura en la ley
Y si figura por favor citame donde así nos culturizamos todos!!!
Por culpa de esa "ley no escrita" en ningún lado mucha gente ha perdido cerrojos y lea quedo inutilizada el arma.
Se transporta separado de las municiones y descargado. Punto. Eso dice la ley.
Lo demás es dimea y diretes
Aunque si.me equivoco, transcribime la letra de la ley... Pero la letra de la LEY..... No un consejo ni disposición interna policial ni alguna huevada similar... Por favor...
prefiero luchar desde el llano que mirar desde la loma
LEYENDO EL FORO NOMAS
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