Transporte de municion
-
- Mensajes: 10
- Registrado: Mié Sep 05, 2018 11:59 am
Transporte de municion
Hola, tengo una duda sobre el transporte de municion, por ejemplo si me para un control en la calle con una caja de balas 9mm (soy lu y tengo tenencia de una 9mm) la documentacion que necesito es solo esa? o la municion que tengo tiene que estar registrada en el carnet de consumo de municion?
La duda me viene porque estamos pensando en comprar una maquina de recarga entre 2 amigos mas, obviamente el carnet sale a nombre de 1 solo, si me paran en la calle con municion que recargue en su casa con la maquina me pueden exigir alguna documentacion que muestre de donde salio esa municion? La ley nacional de armas y explosivos dice en el art 57 lo siguiente:
Art. 57 Las autorizaciones de tenencia del material clasificado como arma de guerra o de uso civil condicional y usos especiales, permitirán al legítimo usuario:
1) Mantenerlo en su poder.
2) Usarlo para los fines específicos a que se refiere la autorización en el lugar adecuado.
3) Transportarlo, de acuerdo a lo establecido por el Art. 86 de la presente reglamentación.
4) Adiestrarse y practicar en los polígonos autorizados.
5) Adquirir y mantener la munición para el mismo. La venta de municiones se hará contra la presentación del permiso de tenencia respectivo y de acuerdo a lo especificado en la presente reglamentación.
6) Repararlo o hacerlo reparar, de acuerdo a lo especificado por los arts. 16 y 21 de la presente reglamentación.
7) Adquirir piezas sueltas, repuestos o ingredientes de acuerdo a lo establecido por el Art. 9º de la presente reglamentación.
8) Adquirir los elementos o ingredientes necesarios para la recarga autorizada de la munición a ser utilizada exclusivamente en el arma.
9) Recargar la munición correspondiente al arma o armas autorizadas.
10)Entrar y salir del país transportando el material autorizado.
Yo entiendo que como lu ya puedo recargar municion segun el punto 9, osea no deberian pedirme nada mas, sera asi? Se agradece!!
La duda me viene porque estamos pensando en comprar una maquina de recarga entre 2 amigos mas, obviamente el carnet sale a nombre de 1 solo, si me paran en la calle con municion que recargue en su casa con la maquina me pueden exigir alguna documentacion que muestre de donde salio esa municion? La ley nacional de armas y explosivos dice en el art 57 lo siguiente:
Art. 57 Las autorizaciones de tenencia del material clasificado como arma de guerra o de uso civil condicional y usos especiales, permitirán al legítimo usuario:
1) Mantenerlo en su poder.
2) Usarlo para los fines específicos a que se refiere la autorización en el lugar adecuado.
3) Transportarlo, de acuerdo a lo establecido por el Art. 86 de la presente reglamentación.
4) Adiestrarse y practicar en los polígonos autorizados.
5) Adquirir y mantener la munición para el mismo. La venta de municiones se hará contra la presentación del permiso de tenencia respectivo y de acuerdo a lo especificado en la presente reglamentación.
6) Repararlo o hacerlo reparar, de acuerdo a lo especificado por los arts. 16 y 21 de la presente reglamentación.
7) Adquirir piezas sueltas, repuestos o ingredientes de acuerdo a lo establecido por el Art. 9º de la presente reglamentación.
8) Adquirir los elementos o ingredientes necesarios para la recarga autorizada de la munición a ser utilizada exclusivamente en el arma.
9) Recargar la munición correspondiente al arma o armas autorizadas.
10)Entrar y salir del país transportando el material autorizado.
Yo entiendo que como lu ya puedo recargar municion segun el punto 9, osea no deberian pedirme nada mas, sera asi? Se agradece!!
- oski52
- Usuario Profesional
- Mensajes: 11395
- Registrado: Vie Ago 22, 2014 4:23 pm
Re: Transporte de municion
Si tenés tenencia por una pistola 9mm forzosamente tenés que tener la tarjeta de consumo, es obligatoria. El tema de la recarga me parece que no tiene nada que ver, tu amigo si tiene una pistola en ese calibre tambien tiene que tener su tarjeta de consumo.yomauricio escribió: ↑Mar Ene 22, 2019 4:16 pmHola, tengo una duda sobre el transporte de municion, por ejemplo si me para un control en la calle con una caja de balas 9mm (soy lu y tengo tenencia de una 9mm) la documentacion que necesito es solo esa? o la municion que tengo tiene que estar registrada en el carnet de consumo de municion?
La duda me viene porque estamos pensando en comprar una maquina de recarga entre 2 amigos mas, obviamente el carnet sale a nombre de 1 solo, si me paran en la calle con municion que recargue en su casa con la maquina me pueden exigir alguna documentacion que muestre de donde salio esa municion? La ley nacional de armas y explosivos dice en el art 57 lo siguiente:
Art. 57 Las autorizaciones de tenencia del material clasificado como arma de guerra o de uso civil condicional y usos especiales, permitirán al legítimo usuario:
1) Mantenerlo en su poder.
2) Usarlo para los fines específicos a que se refiere la autorización en el lugar adecuado.
3) Transportarlo, de acuerdo a lo establecido por el Art. 86 de la presente reglamentación.
4) Adiestrarse y practicar en los polígonos autorizados.
5) Adquirir y mantener la munición para el mismo. La venta de municiones se hará contra la presentación del permiso de tenencia respectivo y de acuerdo a lo especificado en la presente reglamentación.
6) Repararlo o hacerlo reparar, de acuerdo a lo especificado por los arts. 16 y 21 de la presente reglamentación.
7) Adquirir piezas sueltas, repuestos o ingredientes de acuerdo a lo establecido por el Art. 9º de la presente reglamentación.
8) Adquirir los elementos o ingredientes necesarios para la recarga autorizada de la munición a ser utilizada exclusivamente en el arma.
9) Recargar la munición correspondiente al arma o armas autorizadas.
10)Entrar y salir del país transportando el material autorizado.
Yo entiendo que como lu ya puedo recargar municion segun el punto 9, osea no deberian pedirme nada mas, sera asi? Se agradece!!
saludos
"Observa, planea, ejecuta.
Saludos cordiales
Oscar
Saludos cordiales
Oscar
-
- Mensajes: 647
- Registrado: Sab Dic 15, 2007 9:59 am
Re: Transporte de municion
Esta legislado en el articulo 114 del decreto 395/75. La tarjeta de consumo no hace falta.
Saludos
Saludos
-
- Usuario
- Mensajes: 1096
- Registrado: Mié Mar 27, 2013 11:35 pm
- Ubicación: Río Cuarto - Córdoba
- Contactar:
Re: Transporte de municion
La tarjeta de consumo no es necesaria, solo para comprar, la tenencia de un arma autoriza a tener munición en el calibre correspondiente.
La prensa se puede poner a nombre de hasta 3 personas tengo entendido no se si habrá cambiado eso, de ser así la compran a medias y cada uno va a poder comprar insumos para los cuales tenga las tenencias
La prensa se puede poner a nombre de hasta 3 personas tengo entendido no se si habrá cambiado eso, de ser así la compran a medias y cada uno va a poder comprar insumos para los cuales tenga las tenencias
- panda
- Forista expulsado
- Mensajes: 8181
- Registrado: Mié Oct 21, 2009 5:46 pm
- Ubicación: San Miguel, Buenos Aires.
Re: Transporte de municion
eso es una mala idea, muy mala
eso es como cuando Bart, Milhouse y Martin compran entre los tres el número 1 del Hombre Radioactivo,
pero se encuentran problemas a la hora de compartirlo.
eso es como cuando Bart, Milhouse y Martin compran entre los tres el número 1 del Hombre Radioactivo,
pero se encuentran problemas a la hora de compartirlo.
eduardotta escribió: ↑Mar Ene 22, 2019 9:23 pmLa tarjeta de consumo no es necesaria, solo para comprar, la tenencia de un arma autoriza a tener munición en el calibre correspondiente.
La prensa se puede poner a nombre de hasta 3 personas tengo entendido no se si habrá cambiado eso, de ser así la compran a medias y cada uno va a poder comprar insumos para los cuales tenga las tenencias
-
- Usuario
- Mensajes: 1096
- Registrado: Mié Mar 27, 2013 11:35 pm
- Ubicación: Río Cuarto - Córdoba
- Contactar:
Re: Transporte de municion
Bueno pero eso ya es otro tema, como poder se puede...panda escribió: ↑Mié Ene 23, 2019 3:43 pmeso es una mala idea, muy mala
eso es como cuando Bart, Milhouse y Martin compran entre los tres el número 1 del Hombre Radioactivo,
pero se encuentran problemas a la hora de compartirlo.
eduardotta escribió: ↑Mar Ene 22, 2019 9:23 pmLa tarjeta de consumo no es necesaria, solo para comprar, la tenencia de un arma autoriza a tener munición en el calibre correspondiente.
La prensa se puede poner a nombre de hasta 3 personas tengo entendido no se si habrá cambiado eso, de ser así la compran a medias y cada uno va a poder comprar insumos para los cuales tenga las tenencias
- panda
- Forista expulsado
- Mensajes: 8181
- Registrado: Mié Oct 21, 2009 5:46 pm
- Ubicación: San Miguel, Buenos Aires.
Re: Transporte de municion
asi es, jaja
eduardotta escribió: ↑Mié Ene 23, 2019 4:26 pmBueno pero eso ya es otro tema, como poder se puede...panda escribió: ↑Mié Ene 23, 2019 3:43 pmeso es una mala idea, muy mala
eso es como cuando Bart, Milhouse y Martin compran entre los tres el número 1 del Hombre Radioactivo,
pero se encuentran problemas a la hora de compartirlo.
eduardotta escribió: ↑Mar Ene 22, 2019 9:23 pmLa tarjeta de consumo no es necesaria, solo para comprar, la tenencia de un arma autoriza a tener munición en el calibre correspondiente.
La prensa se puede poner a nombre de hasta 3 personas tengo entendido no se si habrá cambiado eso, de ser así la compran a medias y cada uno va a poder comprar insumos para los cuales tenga las tenencias
-
- Mensajes: 719
- Registrado: Vie Oct 31, 2008 7:18 pm
- Ubicación: Mercedes (B)
Re: Transporte de municion
panda escribió: ↑Mié Ene 23, 2019 3:43 pmeso es una mala idea, muy mala
eso es como cuando Bart, Milhouse y Martin compran entre los tres el número 1 del Hombre Radioactivo,
pero se encuentran problemas a la hora de compartirlo.
eduardotta escribió: ↑Mar Ene 22, 2019 9:23 pmLa tarjeta de consumo no es necesaria, solo para comprar, la tenencia de un arma autoriza a tener munición en el calibre correspondiente.
La prensa se puede poner a nombre de hasta 3 personas tengo entendido no se si habrá cambiado eso, de ser así la compran a medias y cada uno va a poder comprar insumos para los cuales tenga las tenencias
- oski52
- Usuario Profesional
- Mensajes: 11395
- Registrado: Vie Ago 22, 2014 4:23 pm
Re: Transporte de municion
Me parece que no es así, hace poco fui con un amigo a hacer la transferencia de un winchester y si no hacia la tarjeta de consumo -no era un calibre de arma que tuviera- no podia hacer la transferencia a su nombre.eduardotta escribió: ↑Mar Ene 22, 2019 9:23 pmLa tarjeta de consumo no es necesaria, solo para comprar, la tenencia de un arma autoriza a tener munición en el calibre correspondiente.
La prensa se puede poner a nombre de hasta 3 personas tengo entendido no se si habrá cambiado eso, de ser así la compran a medias y cada uno va a poder comprar insumos para los cuales tenga las tenencias
"Observa, planea, ejecuta.
Saludos cordiales
Oscar
Saludos cordiales
Oscar
-
- Gran usuario
- Mensajes: 2766
- Registrado: Dom Oct 26, 2014 4:45 pm
Re: Transporte de municion
No es necesaria para transportar municiones , SI para comprar.. si vos no tenes una tarjeta de consumo en ese calibre o no recargas , no podes obviarla.oski52 escribió: ↑Jue Ene 24, 2019 4:03 pmMe parece que no es así, hace poco fui con un amigo a hacer la transferencia de un winchester y si no hacia la tarjeta de consumo -no era un calibre de arma que tuviera- no podia hacer la transferencia a su nombre.eduardotta escribió: ↑Mar Ene 22, 2019 9:23 pmLa tarjeta de consumo no es necesaria, solo para comprar, la tenencia de un arma autoriza a tener munición en el calibre correspondiente.
La prensa se puede poner a nombre de hasta 3 personas tengo entendido no se si habrá cambiado eso, de ser así la compran a medias y cada uno va a poder comprar insumos para los cuales tenga las tenencias
Buluka Presidente!