Veterli .mod 1969.

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xrommel
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Veterli .mod 1969.

Mensaje por xrommel » Vie Jul 05, 2019 5:40 pm

Tengoun veterli mod 1869/71 me dicen que tengo que registrarlo por que tiene numero. Quisiera saver si es registrable y a partir de que año se registra . Yo tenia entendido que las armas son registrables a partir de 1870 en adelante.sin exepcion o hay exepciones?
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mauser 1909
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Re: Veterli .mod 1969.

Mensaje por mauser 1909 » Vie Jul 05, 2019 7:33 pm

Art. 7 Quedan exceptuados del régimen de la presente reglamentación:
a) Dispositivos portátiles, no portátiles y fijos destinados al lanzamiento de arpones, guías, cartuchos de iluminación o señalamiento y las municiones correspondientes.
b) Armas portátiles de avancarga.
c) Herramientas de percusión, matanza humanitaria de animales o similares y sus municiones.

Armas y municiones de colección

Art. 8 Las armas de fuego y sus municiones podrán ser objeto de colección, con sujeción al siguiente régimen:
1) Las armas portátiles y no portátiles de modelo anterior al año 1870, inclusive, y sus municiones o proyectiles, podrán ser libremente adquiridas y poseídas;
2) Las armas portátiles y no portátiles de modelo posterior al año 1870 y sus municiones o proyectiles, inutilizadas en forma permanente y definitiva para su empleo, podrán ser adquiridas y poseídas, con arreglo al régimen establecido por la presente reglamentación para las armas clasificadas de uso civil. En oportunidad de tomar intervención, la autoridad local de fiscalización que corresponda procederá a inspeccionar el material de que se trate y emitirá, juntamente con el certificado de tenencia, una constancia de comprobación de la inutilización del mismo.

Buenas tardes, esto dice la Ley de armas..pero es claro que es para Armas de Coleccion, es decir que no se usan. Si la va a usar, es conveniente que la registre. Saludos

http://www.anmac.gob.ar/index_seccion.p ... ley=12&m=3
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