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Reglamentos de caza mayor, permisos, temporadas, etc
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Mensaje por Hunter » Vie Ago 14, 2009 5:17 pm

INAUGURO EL FORO!!!!!!!

LA PLATA, 20 de Abril de 2009

VISTO el expediente Nº 22228-124/2007 referente a la caza deportiva menor en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Asuntos Agrarios, a través de la Dirección de Flora y Fauna tiene a su cargo coordinar y conducir programas de control y fiscalización de actividades cinegéticas en la Provincia de Buenos Aires, ejerciendo la potestad fiscalizadora mediante la aplicación de las normas legales vigentes, conforme la Ley Nº 13.881 y su Decreto Reglamentario Nº 2870/2008;

Que el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección de Áreas Protegidas es el organismo de aplicación de la Ley Nº 10.907 de Reservas y Parques Naturales, y a través de la Dirección Provincial de Recursos Naturales tiene dentro de sus competencias el manejo, conservación y protección de la flora y fauna silvestre como así de sus ambientes naturales;

Que en virtud de la Ley de Ministerios, el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, resulta autoridad de aplicación de acuerdo a los artículos 60 a 64 de la Ley Marco Ambiental Nº 11.723;

Que en el Expediente Nº 22653/2009 del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, indica las especies, períodos, cupos y zonas habilitadas para la caza deportiva menor;

Que en el informe presentado por el OPDS se sugiere que para la presente temporada se reduzca el cupo de anátidos y perdiz chica debido a que la provincia de Buenos Aires ha mostrado un déficit de precipitaciones que afecta el ciclo biológico de estas aves y una reducción en la fuente de alimentación al retrasar la producción y germinación de las semillas así como el crecimiento de las pasturas y brotes tiernos;

Que en virtud de lo expuesto el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente Acto, conforme la Ley Nº 13.881, Decreto Reglamentario Nº 2870/2008;

Por ello,

LA DIRECTORA DE FLORA Y FAUNA

DISPONE


ARTICULO 1º. Habilitar la Caza Deportiva Menor de las siguientes especies por los períodos y cupos que para cada una se indican:

a)Pato barcino o maicero (Anas georgica), Pato barcino chico (Anas flavirostris), Pato cuchara (Anas platalea), Pato picazo (Netta peposaca) y Pato viuda o silbón de cara blanca (Dendrocygna viduata), hasta un total de cinco (5) patos, cualquiera sea la especie, por cazador y por día: desde el 17 de abril hasta el 2 de agosto de 2009, inclusive.

b)Liebre europea (Lepus europaeus) hasta diez (10) liebres por día y por cazador, desde el 1 de mayo hasta el 2 de agosto de 2009 inclusive.

c)Perdiz chica (Nothura maculosa) hasta cinco (5) perdices por día y por cazador, desde el 1 de mayo hasta el 2 de agosto de 2009 inclusive.

ARTICULO 2º. Establecer como zonas habilitadas para la Caza Deportiva Menor los siguientes partidos: Alberti, Adolfo Alsina, Arrecifes, Ayacucho, Azul, Bahía Blanca, Balcarce, Benito Juárez, Bolívar, Bragado, Carlos Casares, Carlos Pellegrini, Carlos Tejedor, Carmen de Areco, Capitán Sarmiento, Castelli, Chacabuco, Chascomús, Chivilcoy, Colón, Coronel Dorrego, Coronel Pringles, Coronel Rosales, Coronel Suárez, Daireaux, Dolores, Florentino Ameghino, General Alvarado, General Alvear, General Arenales, General Belgrano, General Guido, General Lamadrid, General Lavalle, General Madariaga, General Pinto, General Viamonte, General Villegas, González Chaves, Guaminí, Hipólito Yrigoyen, Junín, Laprida, Las Flores, Leandro Alem, Lincoln, Lobería, Lobos, Maipú, Mar Chiquita, Mercedes, San Miguel del Monte, Navarro, Necochea, 9 de Julio, Olavarría, Patagones, Pehuajó, Pergamino, Pila, Puán, Rauch, Rivadavia, Rojas, Roque Pérez,

Saavedra, Saladillo, Salliqueló, Salto, San Cayetano, Suipacha, Tandil, Tapalqué, Tordillo, Torquinst, Trenque Lauquen, Tres Arroyos, Tres Lomas, 25 de Mayo y Villarino.



ARTICULO 3º. Fijar las siguientes zonas de veda:

a) Los partidos no mencionados en el artículo 2°.

b) Las Reservas Naturales que se detallan a continuación, en concordancia con la Ley Nº 10.907 de Parques y Reservas Naturales de la provincia de Buenos Aires y su Modificatoria Ley Nº 12.459:



Nombre
Ubicado en los Partidos de :

Isla Botija
Zárate (Zona Delta)

Río Luján
Campana

Isla Martín García
Frente del Delta del Paraná

Delta en Formación
Frente del Delta del Paraná

Guillermo E. Hudson
Florencio Varela

Punta Lara
Berazategui y Ensenada

Bahía Samborombón y Rincón de Ajó
Magdalena,Punta de Indio, Chascomús, Castelli, Dolores, Tordillo, Gral. Lavalle y Municip. de la Costa.

Laguna Salada Grande
Gral. Madariaga y Gral. Lavalle

Mar Chiquita
Mar Chiquita

Arroyo Zabala
Necochea y San Cayetano

Parque Ernesto Tornquist
Tornquist

Chasicó
Puán y Villarino

Bahías Blanca, Falsa y Verde
Bahía Blanca, Villarino y Cnel. Rosales

Bahía San Blas

Pehuenco,Monte Hermoso

Guardia del Juncal
Patagones

Coronel Rosales

Cañuelas




c) Delta del Río Paraná

d) En los ejidos de las ciudades, pueblos, lugares urbanos y suburbanos, caminos públicos y todas aquellas áreas concurridas por público, en concordancia con las disposiciones establecidas en el Decreto-Ley Nº 10.081/1983.



ARTICULO 4º. En las proximidades de los lugares determinados en los incisos c) y e) del artículo 273 del Código Rural, sólo podrá practicarse la caza a una distancia mínima de trescientos (300) metros con arma que dispare perdigones y de mil quinientos (1500) metros con arma que dispare balas.



ARTICULO 5º. Para la práctica de la caza deportiva menor es necesario contar con los siguientes requisitos:

a) Licencia de Caza Deportiva, documento que es personal e intransferible.

b) Documento Nacional de Identidad.

c) Autorización por parte de la autoridad correspondiente para la tenencia del arma que se utilice para la caza.

d) Permiso escrito del propietario, ocupante o tenedor legítimo del campo en el que se practicará la caza, sus encargados o responsables.

e) Las armas autorizadas para la practica de la caza deportiva menor son: escopeta de cañón liso cargado con cartuchos a perdigones y con aquellas que disparen munición calibre 22.



ARTICULO 6º. La numeración válida de las licencias para la presente temporada será desde: 65.001-Serie B para caza deportiva menor federada y desde 22.001 Serie B para de caza deportiva menor no federada.



ARTICULO 7º. Registrar, comunicar, notificar al Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, publicar en el Boletín Oficial. Cumplido, archivar.







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Mensaje por Hunter » Vie Ago 14, 2009 5:19 pm

LA PLATA, Marzo de 2009



VISTO el Expediente Nº 2578-1463/05 y teniendo en cuenta la conveniencia de habilitar la caza deportiva mayor para el año 2009, y

CONSIDERANDO:

Que la diagramación de la temporada de caza deportiva mayor se funda en la mejor información disponible, resultado de los estudios técnicos llevados a cabo sobre las especies susceptibles de esta modalidad de caza establecidos en el Decreto Nº 110/81, artículo 1 inciso b;

Que la caza deportiva mayor se realiza según lo establecido en el artículo 15 del Decreto Nº 1878/73 y en la Resolución Nº 439/87, en lugares habilitados;

Que según el artículo 287 del Código Rural para la provincia de Buenos Aires, toda especie no mencionada expresamente como susceptible de caza, se considera protegida y su caza prohibida, así como la tenencia y el comercio de ejemplares vivos o de sus productos o despojos;

Por ello,

LA DIRECTORA DE FLORA Y FAUNA

D I S P O N E


ARTICULO 1º. Autorizar la caza deportiva mayor en cotos de caza habilitados a tales efectos, de las especies y en los períodos que se detallan:

- Ciervo axis (Axis axis): del 15 de marzo al 31 de diciembre de 2009.

- Antílope (Antílope cervicapra): del 15 de marzo al 31 de diciembre de 2009.

- Ciervo dama (Dama dama): del 15 de marzo al 30 de junio de 2009.

- Ciervo colorado (Cervus elaphus): del 15 de marzo al 31 de mayo de 2009.



- Cabra salvaje (Capra sp.): del 15 de marzo al 31 de diciembre de 2009.

-.Jabalí (Sus scrofa): del 15 de marzo al 31 de diciembre de 2009.



ARTICULO 2º. Las especies enunciadas en el artículo 1° podrán cazarse sin límite de piezas.



ARTICULO 3º. Finalizada la cacería, el cazador deberá requerir al propietario el certificado de caza que acredite la misma, a los fines del transporte de las piezas cobradas en concordancia con el artículo 14 de la Resolución 439/87.



ARTICULO 4º. Registrar, comunicar, publicar en el Boletín Oficial. Cumplido, archivar.



DISPOSICION N° 37

12/07/2009 El Día - La Plata - Nota - Información General
La sequía amenaza la población de patos, perdices, zorros y nutrias


Adoptan medidas excepcionales para proteger a nueve especies susceptibles de caza


Los cultivos, el ganado y el bolsillo de los productores rurales no son las únicas víctimas de una sequía que lleva ya más de un año y medio. Un equipo de biólogos acaba de dar un alerta sobre otro efecto hasta ahora desatendido: el impacto sobre la fauna autóctona. Aseguran que la falta de agua generó una preocupante merma en las poblaciones de patos, perdices, zorros y otras especies silvestres que conforman el patrimonio natural de nuestra Provincia.

La desaparición de espejos de agua, además de comprometer fuentes de alimentación y ciclos reproductivos, también habría dejado a algunas de estas especies a merced de predadores. Entre ellos el hombre. De ahí que el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) y el Ministerio de Asuntos Agrarios adoptaron días atrás medidas drásticas para evitar que su caza deportiva y comercial provoque un daño aún mayor.

Por primera vez, la provincia de Buenos Aires dispuso, junto a otras seis provincias y el gobierno chileno, prohibir la captura del Cauquén Común, un ave migratoria que se encontraba entre las susceptibles de caza. De todas las especies amenazadas por la sequía, ésta sería la más vulnerable.

Pero además se resolvió reducir a la mitad el cupo de captura de otras seis especies también comprometidas: cinco variedades de pato (el Maicero, el Barcino, el Cuchara, el Picazo y el Pato Viuda o Silbón de Cara Blanca) además de la Perdiz Chica. Y, desde el OPDS, se elaboraron recomendaciones para restringir también la caza del Coipo o Falsa Nutria y el Zorro Gris.

La decisión de proteger a estas especies frente a la sequía recibió el aval de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación y organizaciones no gubernamentales como Bird Life International, Vida Silvestre, Fundación de Historia Natural Félix de Azara, Wetlands International, Alianza del Pastizal y Aves Argentinas, entre otras.

RETRACCION POBLACIONAL

"La retracción poblacional es muy significativa", sostiene el biólogo Manuel Ortale, director de Recursos Naturales del OPDS. Responsable de un equipo que cada año recorre los campos del interior bonaerense para un recuento de fauna silvestre, los resultados de sus censos le mostraron que esta vez los parámetros poblaciones de al menos nueve especies estaban por debajo de lo normal. ¿Cuánto? "Hasta un 76% con respecto a los últimos censos, en el caso del Cauquén", dice.

Pero el Cauquén Común o Avutarda -un ganso salvaje que cada otoño migra desde el sur del continente hacia la zona de Necochea escapando del frío- no es por lejos la única especie comprometida. "Las grandes bandadas de patos que habitaban en la Provincia han desaparecido: hoy sólo se observan pequeños grupos", cuenta Ortale.

"En la medida en que los humedales, bañados y lagunas se secaron, algunas aves acuáticas se retiraron. Pero además, la falta de agua comprometió sus fuentes de alimento y su ciclo reproductivo. No hubo una reproducción exitosa. Es que al secarse las lagunas se pierden los juncales donde nidifican, y tanto los huevos como los pichones quedan expuestos a sus predadores naturales, como el gato montés, el zorrino y el zorro", explica el biólogo.

Pero tampoco el zorro mismo pudo quedar a salvo del déficit de alimentos y la alteración del hábitat que produjo la larga sequía. Los censos realizados por los biólogos del OPDS dejaron además en evidencia una caída notoria en las poblaciones de zorros grises y coipos o falsas nutrias.

Mientras que el último de los casos la retracción poblacional respondería directamente al impacto de la sequía en los hábitats acuáticos; los zorros se habrían visto además perjudicados por el avance de la frontera agropecuaria: lo que se conoce como "sojización". El hecho es que su presencia en territorio bonaerense es hoy un 40% menor a la que cabría esperar según la serie de registros históricos.

CUPOS DE CAPTURA

Frente a la caída poblacional de especies autóctonas detectada por el OPDS, el ministerio de Asuntos Agrarios -el responsable de determinar cada año los cupos de captura y la extensión de la temporada de caza- no tardó en adoptar medidas para ponerle freno a una amenaza que involucra, en todos los casos, a animales que suelen ser además presa del hombre.

El hecho de que el Cauquén Común haya sido objeto de la más drástica de esas medidas -prohibir por completo su caza- no sólo se debe que a su presencia disminuyó más que ninguna otra especie, sino además porque es una pieza muy codiciada. Cada temporada, cazadores deportivos de distintos continentes viajan a los partidos de Necochea, Tres Arroyos y San Cayetano para dispararle en cotos privados.

Sin llegar a la veda, también las especies de patos amenazados por la sequía fueron protegidos con un importante recorte en los cupos de captura durante esta temporada. Si antes se permitían diez piezas por cazador al día, hoy no está permitido llevarse más de cinco; lo mismo que en el caso de las perdices chicas.

Por recomendación de los biólogos del OPDS, Asuntos Agrarios también aplicaría recortes en el cupo anual de captura de zorros grises. Mientras que antes se cerraba la temporada al alcanzar los 17 mil ejemplares capturados, los cazadores no podrían matar este año más de 11 mil.

Con el mismo criterio se reduciría de 834 mil a 500 mil el cupo de captura anual del Coipo, una especie que se persigue con fines comerciales por el valor de su cuero para la industria peletera.

DESOLADOR

Una imagen capturada por el satélite Terra de la Nasa hace apenas unos meses muestra con crudeza el aspecto desolador de la Provincia de Buenos Aires tras un año de sequía. En la foto (disponible en internet) se observa la completa desaparición de espejos de agua con respecto al registro del año anterior.
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Re: Inauguro el foro!

Mensaje por Hunter » Vie Ago 14, 2009 5:20 pm

LA PLATA, Marzo de 2009



VISTO el Expediente Nº 2578-1463/05 y teniendo en cuenta la conveniencia de habilitar la caza deportiva mayor para el año 2009, y

CONSIDERANDO:

Que la diagramación de la temporada de caza deportiva mayor se funda en la mejor información disponible, resultado de los estudios técnicos llevados a cabo sobre las especies susceptibles de esta modalidad de caza establecidos en el Decreto Nº 110/81, artículo 1 inciso b;

Que la caza deportiva mayor se realiza según lo establecido en el artículo 15 del Decreto Nº 1878/73 y en la Resolución Nº 439/87, en lugares habilitados;

Que según el artículo 287 del Código Rural para la provincia de Buenos Aires, toda especie no mencionada expresamente como susceptible de caza, se considera protegida y su caza prohibida, así como la tenencia y el comercio de ejemplares vivos o de sus productos o despojos;

Por ello,

LA DIRECTORA DE FLORA Y FAUNA

D I S P O N E


ARTICULO 1º. Autorizar la caza deportiva mayor en cotos de caza habilitados a tales efectos, de las especies y en los períodos que se detallan:

- Ciervo axis (Axis axis): del 15 de marzo al 31 de diciembre de 2009.

- Antílope (Antílope cervicapra): del 15 de marzo al 31 de diciembre de 2009.

- Ciervo dama (Dama dama): del 15 de marzo al 30 de junio de 2009.

- Ciervo colorado (Cervus elaphus): del 15 de marzo al 31 de mayo de 2009.



- Cabra salvaje (Capra sp.): del 15 de marzo al 31 de diciembre de 2009.

-.Jabalí (Sus scrofa): del 15 de marzo al 31 de diciembre de 2009.



ARTICULO 2º. Las especies enunciadas en el artículo 1° podrán cazarse sin límite de piezas.



ARTICULO 3º. Finalizada la cacería, el cazador deberá requerir al propietario el certificado de caza que acredite la misma, a los fines del transporte de las piezas cobradas en concordancia con el artículo 14 de la Resolución 439/87.



ARTICULO 4º. Registrar, comunicar, publicar en el Boletín Oficial. Cumplido, archivar.



DISPOSICION N° 37

12/07/2009 El Día - La Plata - Nota - Información General
La sequía amenaza la población de patos, perdices, zorros y nutrias


Adoptan medidas excepcionales para proteger a nueve especies susceptibles de caza


Los cultivos, el ganado y el bolsillo de los productores rurales no son las únicas víctimas de una sequía que lleva ya más de un año y medio. Un equipo de biólogos acaba de dar un alerta sobre otro efecto hasta ahora desatendido: el impacto sobre la fauna autóctona. Aseguran que la falta de agua generó una preocupante merma en las poblaciones de patos, perdices, zorros y otras especies silvestres que conforman el patrimonio natural de nuestra Provincia.

La desaparición de espejos de agua, además de comprometer fuentes de alimentación y ciclos reproductivos, también habría dejado a algunas de estas especies a merced de predadores. Entre ellos el hombre. De ahí que el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) y el Ministerio de Asuntos Agrarios adoptaron días atrás medidas drásticas para evitar que su caza deportiva y comercial provoque un daño aún mayor.

Por primera vez, la provincia de Buenos Aires dispuso, junto a otras seis provincias y el gobierno chileno, prohibir la captura del Cauquén Común, un ave migratoria que se encontraba entre las susceptibles de caza. De todas las especies amenazadas por la sequía, ésta sería la más vulnerable.

Pero además se resolvió reducir a la mitad el cupo de captura de otras seis especies también comprometidas: cinco variedades de pato (el Maicero, el Barcino, el Cuchara, el Picazo y el Pato Viuda o Silbón de Cara Blanca) además de la Perdiz Chica. Y, desde el OPDS, se elaboraron recomendaciones para restringir también la caza del Coipo o Falsa Nutria y el Zorro Gris.

La decisión de proteger a estas especies frente a la sequía recibió el aval de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación y organizaciones no gubernamentales como Bird Life International, Vida Silvestre, Fundación de Historia Natural Félix de Azara, Wetlands International, Alianza del Pastizal y Aves Argentinas, entre otras.

RETRACCION POBLACIONAL

"La retracción poblacional es muy significativa", sostiene el biólogo Manuel Ortale, director de Recursos Naturales del OPDS. Responsable de un equipo que cada año recorre los campos del interior bonaerense para un recuento de fauna silvestre, los resultados de sus censos le mostraron que esta vez los parámetros poblaciones de al menos nueve especies estaban por debajo de lo normal. ¿Cuánto? "Hasta un 76% con respecto a los últimos censos, en el caso del Cauquén", dice.

Pero el Cauquén Común o Avutarda -un ganso salvaje que cada otoño migra desde el sur del continente hacia la zona de Necochea escapando del frío- no es por lejos la única especie comprometida. "Las grandes bandadas de patos que habitaban en la Provincia han desaparecido: hoy sólo se observan pequeños grupos", cuenta Ortale.

"En la medida en que los humedales, bañados y lagunas se secaron, algunas aves acuáticas se retiraron. Pero además, la falta de agua comprometió sus fuentes de alimento y su ciclo reproductivo. No hubo una reproducción exitosa. Es que al secarse las lagunas se pierden los juncales donde nidifican, y tanto los huevos como los pichones quedan expuestos a sus predadores naturales, como el gato montés, el zorrino y el zorro", explica el biólogo.

Pero tampoco el zorro mismo pudo quedar a salvo del déficit de alimentos y la alteración del hábitat que produjo la larga sequía. Los censos realizados por los biólogos del OPDS dejaron además en evidencia una caída notoria en las poblaciones de zorros grises y coipos o falsas nutrias.

Mientras que el último de los casos la retracción poblacional respondería directamente al impacto de la sequía en los hábitats acuáticos; los zorros se habrían visto además perjudicados por el avance de la frontera agropecuaria: lo que se conoce como "sojización". El hecho es que su presencia en territorio bonaerense es hoy un 40% menor a la que cabría esperar según la serie de registros históricos.

CUPOS DE CAPTURA

Frente a la caída poblacional de especies autóctonas detectada por el OPDS, el ministerio de Asuntos Agrarios -el responsable de determinar cada año los cupos de captura y la extensión de la temporada de caza- no tardó en adoptar medidas para ponerle freno a una amenaza que involucra, en todos los casos, a animales que suelen ser además presa del hombre.

El hecho de que el Cauquén Común haya sido objeto de la más drástica de esas medidas -prohibir por completo su caza- no sólo se debe que a su presencia disminuyó más que ninguna otra especie, sino además porque es una pieza muy codiciada. Cada temporada, cazadores deportivos de distintos continentes viajan a los partidos de Necochea, Tres Arroyos y San Cayetano para dispararle en cotos privados.

Sin llegar a la veda, también las especies de patos amenazados por la sequía fueron protegidos con un importante recorte en los cupos de captura durante esta temporada. Si antes se permitían diez piezas por cazador al día, hoy no está permitido llevarse más de cinco; lo mismo que en el caso de las perdices chicas.

Por recomendación de los biólogos del OPDS, Asuntos Agrarios también aplicaría recortes en el cupo anual de captura de zorros grises. Mientras que antes se cerraba la temporada al alcanzar los 17 mil ejemplares capturados, los cazadores no podrían matar este año más de 11 mil.

Con el mismo criterio se reduciría de 834 mil a 500 mil el cupo de captura anual del Coipo, una especie que se persigue con fines comerciales por el valor de su cuero para la industria peletera.

DESOLADOR

Una imagen capturada por el satélite Terra de la Nasa hace apenas unos meses muestra con crudeza el aspecto desolador de la Provincia de Buenos Aires tras un año de sequía. En la foto (disponible en internet) se observa la completa desaparición de espejos de agua con respecto al registro del año anterior.
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Franco
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Re: Inauguro el foro!

Mensaje por Franco » Vie Ago 14, 2009 5:35 pm

Que lo tiro, como me hizo leer HUNTER !!! (-Y)

Muy buen aporte, lindo para empezar. Ahora me gustaría tirarle la idea para los que saben más de esto, que alguno arme algo parecido pero con la lista de calibres mínimo necesarios para cada tipo de caza.
EL HALCÃ?N SE ELEVA COMO UNA PLEGARIA AL CIELO Y DESCIENDE COMO UNA MALDICIÃ?N A LA TIERRA.
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Re: Inauguro el foro!

Mensaje por carpintero87 » Sab Ago 15, 2009 1:01 am

Hola, y tenes idea de cuanto sale el permiso en la provincia de buenos aires para caza mayor.
Saludos........
Solo uno sabe lo que es cazar y lo siente con el corazon
juanjo
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Re: Inauguro el foro!

Mensaje por juanjo » Sab Ago 15, 2009 1:06 am

Solo en COTOS???????? no se puede cazar en el campo de un amigo?
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lucio1974
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Re: Inauguro el foro!

Mensaje por lucio1974 » Dom Ago 16, 2009 10:16 am

hunter, despues de lo que me hiciste leer , ya le tome bronca a este sub foro, (:U:) , no....no...es joda, muy bueno tu aporte y como dijo juanjo, solo en cotos los permisos, si es asi se me acaba lo lindo...............ya me voy arreglar. (-Y)
suerte y saludos
lucio (-Y)
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