Cuando entregamos un arma al venderla?

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Carlospuga
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por Carlospuga » Mié Jun 09, 2021 8:23 am

Mussbach escribió:Bien fácil: la legislación es clara y contundente.. el arma se entrega contra la nueva credencial a nombre del comprador. Todo lo demás es riesgo por parte de quien vende. Ahora, yo vendí varias armas y entregué al iniciar el trámite. Y compre varias armas de la misma forma. Si hubiera tenido que esperar la credencial nueva, solo hubiera conprado en armeria y nunca a un particular.
Por una razón lógica y real: las armas usadas rara vez se consiguen a un muy buen precio que justifique la espera y menos en estos tiempos. Y otra, al comprador ansioso no le gusta esperar... el papel firmado que diga lo que quiera NO sirve lefalmente para NADA. Quien entregue al inicio del trámite, le sirve pagar el formulario de denuncia de venta.
Hola mussbach eso no lo sabia , se puede hacer como con los autos ? Esta bueno , entonces ahí sí estás cubierto ?

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Mussbach
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por Mussbach » Mié Jun 09, 2021 12:41 pm

Carlospuga escribió:
Mié Jun 09, 2021 8:23 am
Mussbach escribió:Bien fácil: la legislación es clara y contundente.. el arma se entrega contra la nueva credencial a nombre del comprador. Todo lo demás es riesgo por parte de quien vende. Ahora, yo vendí varias armas y entregué al iniciar el trámite. Y compre varias armas de la misma forma. Si hubiera tenido que esperar la credencial nueva, solo hubiera conprado en armeria y nunca a un particular.
Por una razón lógica y real: las armas usadas rara vez se consiguen a un muy buen precio que justifique la espera y menos en estos tiempos. Y otra, al comprador ansioso no le gusta esperar... el papel firmado que diga lo que quiera NO sirve lefalmente para NADA. Quien entregue al inicio del trámite, le sirve pagar el formulario de denuncia de venta.
Hola mussbach eso no lo sabia , se puede hacer como con los autos ? Esta bueno , entonces ahí sí estás cubierto ?

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Así es.. en realidad (lo que seguramente muy pocos hacen) habría que denunciar como vendidas cada una de ellas. A varios L.U. le aparecían en sus registros al menos una o más armas vendidas en el pasado. Se ve que hay errores a la hora de anotar las bajas por ventas... entre paréntesis debería pedir un informe para chequear que el legajo esté correctamente actualizado..
DONDE LA IGNORANCIA HABLA...LA INTELIGENCIA CALLA...
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randall58
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por randall58 » Mié Jun 09, 2021 1:06 pm

Mussbach escribió:
Mié Jun 09, 2021 12:41 pm
Carlospuga escribió:
Mié Jun 09, 2021 8:23 am
Mussbach escribió:Bien fácil: la legislación es clara y contundente.. el arma se entrega contra la nueva credencial a nombre del comprador. Todo lo demás es riesgo por parte de quien vende. Ahora, yo vendí varias armas y entregué al iniciar el trámite. Y compre varias armas de la misma forma. Si hubiera tenido que esperar la credencial nueva, solo hubiera conprado en armeria y nunca a un particular.
Por una razón lógica y real: las armas usadas rara vez se consiguen a un muy buen precio que justifique la espera y menos en estos tiempos. Y otra, al comprador ansioso no le gusta esperar... el papel firmado que diga lo que quiera NO sirve lefalmente para NADA. Quien entregue al inicio del trámite, le sirve pagar el formulario de denuncia de venta.
Hola mussbach eso no lo sabia , se puede hacer como con los autos ? Esta bueno , entonces ahí sí estás cubierto ?

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Así es.. en realidad (lo que seguramente muy pocos hacen) habría que denunciar como vendidas cada una de ellas. A varios L.U. le aparecían en sus registros al menos una o más armas vendidas en el pasado. Se ve que hay errores a la hora de anotar las bajas por ventas... entre paréntesis debería pedir un informe para chequear que el legajo esté correctamente actualizado..
Disculpenme.
Pero ustedes saben y entienden la diferencia que hay y efectos que tiene una y otra, FRENTE A LO QUE ESTABLECE LA LEY DE ARMAS entre, hacer....solo

a) Deuncia de Venta
Directamente
b) Presentar transferencia de un arma (ya sea vendida, regalada etc), conforme lo establece y es LA UNICA FORMA DE TRANSFERIR UN ARMA SEGUN PROPIA ANMAC SIGIMAC.

Lo de Mayúscula no es para gritar, es para destacar y poner enfásis solamente.

Si cuando uno presenta TRANSFERENCIA DE UN ARMA ENTRE PARTICULARES VIA SIGIMAC EL FORMULARIO ES EL MISMO PARA TODOS (regales vendas etc)y dice siempre Datos del Vendedor (asi lo hayas regalado) porque NO HAY OTRO FORMULARIO QUE DISTINGA ESTAS CUESTIONES, pregunto ...

......para que vamos a hacer Denuncia de Venta (que solo es e implica un simple aviso SIN EFECTO LEGAL BAJO PROCEDIMIENTO QUE ESTABLECE ANMAC Y LEY DE ARMAS (solo lo es legal La Transferencia y Solicitud de Nueva Titularidad) de que vendiste a fulano tal arma y el Anmac te dice) que te da una constancia para tu registro y que no entregues el arma hasta que salga nueva credencial (LOGIAMENTE SI TODAVIA NO PRESENTO NADA EL OTRO).

ES EL ANMAC quien debe actualizar sus registros internos PARA ESO ES REGISTRO NACIONAL DE ARMAS y establece un procedimiento y un formulario via Internet y VOS LO PRESENTAS ANTE ELLOS Y ELLOS EMITEN UNA NUEVA CREDENCIAL DE UN ARMA QUE ESTABA A NOMBRE TUYO AS NOMBRE DEL NUEVO TITULAR.....me pueden explicar............... porque hay que hacer denuncia de Venta?.

Si ya al presentar la Transferencia y nueva Titularidad de Credencial, como consta en dicho formulario estas AVISANDO POR EL UNICO MEDIOY FORMA QUE ESTABLECE EL ANMAC que le transferiste un arma a un tercero y el ANMAC lo puede corroborar al emitir nueva credencia y retira su titular.

REPREGUNTO: PARA QUE HACER DENUNCIA DE VENTA CUANDO ESTAS HACIENDO TODO ANTE EL MISMO ORGANISMO Y POR UNICA FORMA Y VIA QUE EL MISMO ESTABLECE. Si ellos estan cotejando N| de Arma-Marca Arma-Calibre-Credencial ARma-Credencial/Legajode quien Compra/Vende/Transfiere, QUE MAS NECESITAN PARA PONER EL CULO EN LA PC Y COMPLETAR COMO CORRESPONDE Y ADECUAR LOS DOS REGISTROS QUE SON RESPONSABILIDAD Y COMPETENCIA DE ELLOS. Que no lo hagan porque son unos vagos o inutiles o ambos no es problema nuestro.

Hacer una Denuncia de Venta SI YA HICISTE TRANSFERENCIA es pagar al cuete y seguir manteniendo ALIMENTANDO Y JUsTIFICANDO SU INEPTITUD

ELLOS SON REGISTRO Y DEBEN ACTUALIZAR SUS DATOS, PORQUE PARA ESO COBRAN Y SON EL UNICO HABILITADO A HACERLO


Que ellos NO SEPAN Y NO QUIERAN ACTUALIZAR SUS REGISTROS NO QUIERE DECIR QUE VOS TE HAGAS RESPONSABLE DE ESAS FALLAS DE CCONTROLES ACTUAIZACIONES INTERNAS.


¡Se entiende?. SI YO VOY A REGISTRO AUTOMOTOR Y HAGO TRANSFERENCIA (que es lo que hacemos via Sigimac ante ANMAC presentando Transferencia y nueva tenencia simutaneo como se explico) PARA QUE VOY A HACER DENUNCIA DE VENTA?..
Es lo mismo estimados.

Gracias.
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por Victor » Mié Jun 09, 2021 1:15 pm

Un aporte en cuanto a la responsabilidad del titular del bien ante la venta de armas o autos

En el 2do caso puedo mantener vigente la póliza de seguro (RC) hasta asegurar la traslación de dominio en el Registro. Eso me ha
dado relativa tranquilidad al momento de ver al fulano retirandose con mi vehículo recien transferido
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por Mussbach » Jue Jun 10, 2021 3:54 am

randall58 escribió:
Mié Jun 09, 2021 1:06 pm
Mussbach escribió:
Mié Jun 09, 2021 12:41 pm
Carlospuga escribió:
Mié Jun 09, 2021 8:23 am
Mussbach escribió:Bien fácil: la legislación es clara y contundente.. el arma se entrega contra la nueva credencial a nombre del comprador. Todo lo demás es riesgo por parte de quien vende. Ahora, yo vendí varias armas y entregué al iniciar el trámite. Y compre varias armas de la misma forma. Si hubiera tenido que esperar la credencial nueva, solo hubiera conprado en armeria y nunca a un particular.
Por una razón lógica y real: las armas usadas rara vez se consiguen a un muy buen precio que justifique la espera y menos en estos tiempos. Y otra, al comprador ansioso no le gusta esperar... el papel firmado que diga lo que quiera NO sirve lefalmente para NADA. Quien entregue al inicio del trámite, le sirve pagar el formulario de denuncia de venta.
Hola mussbach eso no lo sabia , se puede hacer como con los autos ? Esta bueno , entonces ahí sí estás cubierto ?

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Así es.. en realidad (lo que seguramente muy pocos hacen) habría que denunciar como vendidas cada una de ellas. A varios L.U. le aparecían en sus registros al menos una o más armas vendidas en el pasado. Se ve que hay errores a la hora de anotar las bajas por ventas... entre paréntesis debería pedir un informe para chequear que el legajo esté correctamente actualizado..
Disculpenme.
Pero ustedes saben y entienden la diferencia que hay y efectos que tiene una y otra, FRENTE A LO QUE ESTABLECE LA LEY DE ARMAS entre, hacer....solo

a) Deuncia de Venta
Directamente
b) Presentar transferencia de un arma (ya sea vendida, regalada etc), conforme lo establece y es LA UNICA FORMA DE TRANSFERIR UN ARMA SEGUN PROPIA ANMAC SIGIMAC.

Lo de Mayúscula no es para gritar, es para destacar y poner enfásis solamente.

Si cuando uno presenta TRANSFERENCIA DE UN ARMA ENTRE PARTICULARES VIA SIGIMAC EL FORMULARIO ES EL MISMO PARA TODOS (regales vendas etc)y dice siempre Datos del Vendedor (asi lo hayas regalado) porque NO HAY OTRO FORMULARIO QUE DISTINGA ESTAS CUESTIONES, pregunto ...

......para que vamos a hacer Denuncia de Venta (que solo es e implica un simple aviso SIN EFECTO LEGAL BAJO PROCEDIMIENTO QUE ESTABLECE ANMAC Y LEY DE ARMAS (solo lo es legal La Transferencia y Solicitud de Nueva Titularidad) de que vendiste a fulano tal arma y el Anmac te dice) que te da una constancia para tu registro y que no entregues el arma hasta que salga nueva credencial (LOGIAMENTE SI TODAVIA NO PRESENTO NADA EL OTRO).

ES EL ANMAC quien debe actualizar sus registros internos PARA ESO ES REGISTRO NACIONAL DE ARMAS y establece un procedimiento y un formulario via Internet y VOS LO PRESENTAS ANTE ELLOS Y ELLOS EMITEN UNA NUEVA CREDENCIAL DE UN ARMA QUE ESTABA A NOMBRE TUYO AS NOMBRE DEL NUEVO TITULAR.....me pueden explicar............... porque hay que hacer denuncia de Venta?.

Si ya al presentar la Transferencia y nueva Titularidad de Credencial, como consta en dicho formulario estas AVISANDO POR EL UNICO MEDIOY FORMA QUE ESTABLECE EL ANMAC que le transferiste un arma a un tercero y el ANMAC lo puede corroborar al emitir nueva credencia y retira su titular.

REPREGUNTO: PARA QUE HACER DENUNCIA DE VENTA CUANDO ESTAS HACIENDO TODO ANTE EL MISMO ORGANISMO Y POR UNICA FORMA Y VIA QUE EL MISMO ESTABLECE. Si ellos estan cotejando N| de Arma-Marca Arma-Calibre-Credencial ARma-Credencial/Legajode quien Compra/Vende/Transfiere, QUE MAS NECESITAN PARA PONER EL CULO EN LA PC Y COMPLETAR COMO CORRESPONDE Y ADECUAR LOS DOS REGISTROS QUE SON RESPONSABILIDAD Y COMPETENCIA DE ELLOS. Que no lo hagan porque son unos vagos o inutiles o ambos no es problema nuestro.

Hacer una Denuncia de Venta SI YA HICISTE TRANSFERENCIA es pagar al cuete y seguir manteniendo ALIMENTANDO Y JUsTIFICANDO SU INEPTITUD

ELLOS SON REGISTRO Y DEBEN ACTUALIZAR SUS DATOS, PORQUE PARA ESO COBRAN Y SON EL UNICO HABILITADO A HACERLO


Que ellos NO SEPAN Y NO QUIERAN ACTUALIZAR SUS REGISTROS NO QUIERE DECIR QUE VOS TE HAGAS RESPONSABLE DE ESAS FALLAS DE CCONTROLES ACTUAIZACIONES INTERNAS.

Así estimado Randall, hay una sola forma "legal" para perfeccionar la venta de armas... pero es Argentina y eso significa mucho. Si fuésemos un país civilizado, presentaríamos un trámite y seguramente 24 o 48 hs después retiraríamos credencial nueva y todos felices. Como cada vez que compré armas en las ferias... compraba el arma y cuanto mucho al día siguiente se retiraba la credencial... pero este tipo de situaciones, siempre termina generando peros... conozco de primera persona que muchos legajos de lu no estaban correctamente actualizados y la denuncia de venta es para evitar posibles inconvenientes.. es un tema que da para bastante pero la realidad es que las cosas NO funcionan como deberían y ahora con el covid directamente ya esta quedando todo cada vez más liberado...
¡Se entiende?. SI YO VOY A REGISTRO AUTOMOTOR Y HAGO TRANSFERENCIA (que es lo que hacemos via Sigimac ante ANMAC presentando Transferencia y nueva tenencia simutaneo como se explico) PARA QUE VOY A HACER DENUNCIA DE VENTA?..
Es lo mismo estimados.

Gracias.
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Raul08
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por Raul08 » Jue Jun 10, 2021 9:01 am

Victor escribió:
Mié Jun 09, 2021 1:15 pm
Un aporte en cuanto a la responsabilidad del titular del bien ante la venta de armas o autos

En el 2do caso puedo mantener vigente la póliza de seguro (RC) hasta asegurar la traslación de dominio en el Registro. Eso me ha
dado relativa tranquilidad al momento de ver al fulano retirandose con mi vehículo recien transferido
Hola, con los vehículos yo hago lo mismo que vos, denuncia de venta y mantengo la RC hasta que lo transfiera, pero en el seguro me dijeron que eso no sirve de mucho, porque si el nuevo propietario no te avisa dentro del plazo (3 días) del siniestro y no se hace la denuncia a la aseguradora en ese plazo NO TE CUBREN.
Con las armas esto no está contemplado, solo la transferencia te libera completamente.
Saludos
Raúl
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por gianca » Jue Jun 10, 2021 12:14 pm

Raul08 escribió:
Jue Jun 10, 2021 9:01 am
Victor escribió:
Mié Jun 09, 2021 1:15 pm
Un aporte en cuanto a la responsabilidad del titular del bien ante la venta de armas o autos

En el 2do caso puedo mantener vigente la póliza de seguro (RC) hasta asegurar la traslación de dominio en el Registro. Eso me ha
dado relativa tranquilidad al momento de ver al fulano retirandose con mi vehículo recien transferido
Hola, con los vehículos yo hago lo mismo que vos, denuncia de venta y mantengo la RC hasta que lo transfiera, pero en el seguro me dijeron que eso no sirve de mucho, porque si el nuevo propietario no te avisa dentro del plazo (3 días) del siniestro y no se hace la denuncia a la aseguradora en ese plazo NO TE CUBREN.
Con las armas esto no está contemplado, solo la transferencia te libera completamente.
Saludos
Raúl
O si maneja borracho, drogado, sin seguro, etc. el Seguro se abre de gambas, y por más que el conductor era el, el titular sos vos... al igual que con las armas no?
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por Victor » Jue Jun 10, 2021 12:27 pm

gianca escribió:
Jue Jun 10, 2021 12:14 pm
Raul08 escribió:
Jue Jun 10, 2021 9:01 am
Victor escribió:
Mié Jun 09, 2021 1:15 pm
Un aporte en cuanto a la responsabilidad del titular del bien ante la venta de armas o autos

En el 2do caso puedo mantener vigente la póliza de seguro (RC) hasta asegurar la traslación de dominio en el Registro. Eso me ha
dado relativa tranquilidad al momento de ver al fulano retirandose con mi vehículo recien transferido
Hola, con los vehículos yo hago lo mismo que vos, denuncia de venta y mantengo la RC hasta que lo transfiera, pero en el seguro me dijeron que eso no sirve de mucho, porque si el nuevo propietario no te avisa dentro del plazo (3 días) del siniestro y no se hace la denuncia a la aseguradora en ese plazo NO TE CUBREN.
Con las armas esto no está contemplado, solo la transferencia te libera completamente.
Saludos
Raúl
O si maneja borracho, drogado, sin seguro, etc. el Seguro se abre de gambas, y por más que el conductor era el, el titular sos vos... al igual que con las armas no?
Si, al igual que con las armas, pero la existencia de una RC te deja "algo" mas tranquilo

Coincidimos entonces que la unica manera de desvincular responsabilidades, es la traslacion de dominio inscripto en el registro. Otros mecanismos pueden ayuda poco, mucho o nada

Es lo que hay
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por OCTAVIO7 » Jue Jun 10, 2021 7:41 pm

Hace años que le escribo al KKanmac para tirarles una idea " muy ventajosa para ellos" yà que recaudarìan MAS DINERO y solucionariamos de una vez por todas " las tinieblas en estos casos" , paso a contarle y que jamàs me dieron bola , en una de esas mi bolu idea es una cagada y ellos tienen razòn, la bolu cosa es asì : copiando la autorizaciòn de la tarjeta azul para permitir conducir un auto ( se paga aparte) y tiene una cubierta LEGAL , estos BUENOS MUCHACHOS deberìan hacer algo similar " VÀLIDO HASTA LA TENENCIA DEL ARMA" , UNA PERSONA QUE QUIERE EL ARMA INMEDIATAMENTE " PAGA" ese permiso provisorios una vez que se ingresa el tràmite y lo obliga en este caso UNICAMENTE COMO DEPOSITARIO DEL ARMA , que le pongan $4000 /5000 y listo , se moverìa màs rapido el mercado y todo el mundo feliz , en caso que rompa ese compromiso ( pregunta para los TORDOS del foro) entrarìa en DEPOSITARIO INFIEL y deberìa asumir todo lo legal?
Cuídate de un hombre viejo en una profesion en la que habitualmente se muere jóven
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por fierro » Vie Jun 11, 2021 7:03 am

OCTAVIO7 escribió:
Jue Jun 10, 2021 7:41 pm
Hace años que le escribo al KKanmac para tirarles una idea " muy ventajosa para ellos" yà que recaudarìan MAS DINERO y solucionariamos de una vez por todas " las tinieblas en estos casos" , paso a contarle y que jamàs me dieron bola , en una de esas mi bolu idea es una cagada y ellos tienen razòn, la bolu cosa es asì : copiando la autorizaciòn de la tarjeta azul para permitir conducir un auto ( se paga aparte) y tiene una cubierta LEGAL , estos BUENOS MUCHACHOS deberìan hacer algo similar " VÀLIDO HASTA LA TENENCIA DEL ARMA" , UNA PERSONA QUE QUIERE EL ARMA INMEDIATAMENTE " PAGA" ese permiso provisorios una vez que se ingresa el tràmite y lo obliga en este caso UNICAMENTE COMO DEPOSITARIO DEL ARMA , que le pongan $4000 /5000 y listo , se moverìa màs rapido el mercado y todo el mundo feliz , en caso que rompa ese compromiso ( pregunta para los TORDOS del foro) entrarìa en DEPOSITARIO INFIEL y deberìa asumir todo lo legal?
La idea no es mala.pero cn lo qtardan en hacer una copia pueden hace una tarjeta nueva, pensa q si hacen un escaneo Enel código del sigimac lo único que tienen q hacer es verificar los datos, que también lo podría hacer de manera automática el mismo sistema, mandan a imprimir la tarjeta y te expiden una copia electrónica hasta q sale la nueva y listo.
Pero no hay voluntad de hacer las cosas bien.
Por otra parte, en tiempos normales me ha tocado gente q no quería gastar 1000 pesos más para meter un tramite urgente y tener el fierro en una semana...
Saludos
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por OCTAVIO7 » Sab Jun 12, 2021 12:32 pm

fierro escribió:
Vie Jun 11, 2021 7:03 am
OCTAVIO7 escribió:
Jue Jun 10, 2021 7:41 pm
Hace años que le escribo al KKanmac para tirarles una idea " muy ventajosa para ellos" yà que recaudarìan MAS DINERO y solucionariamos de una vez por todas " las tinieblas en estos casos" , paso a contarle y que jamàs me dieron bola , en una de esas mi bolu idea es una cagada y ellos tienen razòn, la bolu cosa es asì : copiando la autorizaciòn de la tarjeta azul para permitir conducir un auto ( se paga aparte) y tiene una cubierta LEGAL , estos BUENOS MUCHACHOS deberìan hacer algo similar " VÀLIDO HASTA LA TENENCIA DEL ARMA" , UNA PERSONA QUE QUIERE EL ARMA INMEDIATAMENTE " PAGA" ese permiso provisorios una vez que se ingresa el tràmite y lo obliga en este caso UNICAMENTE COMO DEPOSITARIO DEL ARMA , que le pongan $4000 /5000 y listo , se moverìa màs rapido el mercado y todo el mundo feliz , en caso que rompa ese compromiso ( pregunta para los TORDOS del foro) entrarìa en DEPOSITARIO INFIEL y deberìa asumir todo lo legal?
La idea no es mala.pero cn lo qtardan en hacer una copia pueden hace una tarjeta nueva, pensa q si hacen un escaneo Enel código del sigimac lo único que tienen q hacer es verificar los datos, que también lo podría hacer de manera automática el mismo sistema, mandan a imprimir la tarjeta y te expiden una copia electrónica hasta q sale la nueva y listo.
Pero no hay voluntad de hacer las cosas bien.
Por otra parte, en tiempos normales me ha tocado gente q no quería gastar 1000 pesos más para meter un tramite urgente y tener el fierro en una semana...
Saludos
Ud tiene razòn , se las voy a hacer màs fàcil : mandan inmediatamente de ingresado el tràmite un mail a la cuenta del comprador ( 5 minutos de trabajo) y esa persona se encarga de imprimir la constancia , menos gastos para la garcainstituciòn, cobran POR MANDAR UN MAIL , el que quiere es feliz y el miserable queda triste por un tiempo .-
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por fierro » Sab Jun 12, 2021 2:48 pm

OCTAVIO7 escribió:
Sab Jun 12, 2021 12:32 pm
fierro escribió:
Vie Jun 11, 2021 7:03 am
OCTAVIO7 escribió:
Jue Jun 10, 2021 7:41 pm
Hace años que le escribo al KKanmac para tirarles una idea " muy ventajosa para ellos" yà que recaudarìan MAS DINERO y solucionariamos de una vez por todas " las tinieblas en estos casos" , paso a contarle y que jamàs me dieron bola , en una de esas mi bolu idea es una cagada y ellos tienen razòn, la bolu cosa es asì : copiando la autorizaciòn de la tarjeta azul para permitir conducir un auto ( se paga aparte) y tiene una cubierta LEGAL , estos BUENOS MUCHACHOS deberìan hacer algo similar " VÀLIDO HASTA LA TENENCIA DEL ARMA" , UNA PERSONA QUE QUIERE EL ARMA INMEDIATAMENTE " PAGA" ese permiso provisorios una vez que se ingresa el tràmite y lo obliga en este caso UNICAMENTE COMO DEPOSITARIO DEL ARMA , que le pongan $4000 /5000 y listo , se moverìa màs rapido el mercado y todo el mundo feliz , en caso que rompa ese compromiso ( pregunta para los TORDOS del foro) entrarìa en DEPOSITARIO INFIEL y deberìa asumir todo lo legal?
La idea no es mala.pero cn lo qtardan en hacer una copia pueden hace una tarjeta nueva, pensa q si hacen un escaneo Enel código del sigimac lo único que tienen q hacer es verificar los datos, que también lo podría hacer de manera automática el mismo sistema, mandan a imprimir la tarjeta y te expiden una copia electrónica hasta q sale la nueva y listo.
Pero no hay voluntad de hacer las cosas bien.
Por otra parte, en tiempos normales me ha tocado gente q no quería gastar 1000 pesos más para meter un tramite urgente y tener el fierro en una semana...
Saludos
Ud tiene razòn , se las voy a hacer màs fàcil : mandan inmediatamente de ingresado el tràmite un mail a la cuenta del comprador ( 5 minutos de trabajo) y esa persona se encarga de imprimir la constancia , menos gastos para la garcainstituciòn, cobran POR MANDAR UN MAIL , el que quiere es feliz y el miserable queda triste por un tiempo .-
Olvidate, si pusieran voluntad, podrían hace bien las cosas,solo q en Argentina eso es complicado.
Saludos
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por Nanovich » Lun Jun 14, 2021 7:02 pm

Buenas Noches.
No quiero revivir un post al viejo pero tenia una duda y no quería abrir uno nuevo. Estoy por vender un arma a un LU, la transferencia la va a realizar un gestor, me dijo el gestor que el puede tener el arma en guarda hasta que salga la tenencia a nombre del comprador. Esto es correcto? el gestor puede guardar el arma y yo desligarme de cualquier inconveniente que pueda ocurrir con el arma hasta que se imprima la nueva tenencia a nombre del comprador?. No estoy de acuerdo en quedarme con el arma que vendí y la plata, ya que no es justo para el comprador si pasa algo con el arma y me gaste la plata soy un garca, pero por otro lado si se la doy de buena fe quedo expuesto a miles de problemas, se que nosotros los LU somos responsables pero no inmunes a desgracias y lo que pueda llegar a pasar me mete en serios problemas. Si alguno tiene experiencia en estos casos soy todo oídos jaja.
Un saludo y gracias-
CLAY
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por CLAY » Lun Jun 14, 2021 7:49 pm

La armeria te cobra y se queda con el arma hasta que te salga la tenencia, si al comprador no le gusta que te la quedes que no la compre, ahora si el gestor se la queda en guarda, esta permitido y te da un papel perfecto seria lo ideal.
Exupery
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por Exupery » Lun Jun 14, 2021 7:55 pm

El gestor es una armeria o un LU?

Tiene un deposito declarado en ammac para custodia del arma ?

Va a declarar en el anmac que la tiene el?

Yo no la dejaría. Me quedaría con la plata y el arma hasta que salga la tenencia.

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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por Nanovich » Lun Jun 14, 2021 10:00 pm

Muchas Gracias por las respuestas.
Según lo que hable con el gestor él puede tenerla en guarda mientras se gestiona la nueva tenencia y la entrega al comprador una vez finalizado el trámite, supongo que está habilitado según lo que conversé telefónicamente con él pero desconozco como sería dicho documento que lo respalde (la guarda del arma), después en lo que es la transferencia se hace una solicitud electrónica en SIGIMAC se firman las copias y el gestor comienza con los trámites como cuando se compra un arma en una armería. Tanto el gestor como el comprador son LU con años de experiencia y parecen buenas personas, serias. Pero por las dudas quiero ser precavido y no mandarme una macana ya que no tengo mucha experiencia como vendedor.
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por fierro » Lun Jun 14, 2021 10:40 pm

Nanovich escribió:
Lun Jun 14, 2021 10:00 pm
Muchas Gracias por las respuestas.
Según lo que hable con el gestor él puede tenerla en guarda mientras se gestiona la nueva tenencia y la entrega al comprador una vez finalizado el trámite, supongo que está habilitado según lo que conversé telefónicamente con él pero desconozco como sería dicho documento que lo respalde (la guarda del arma), después en lo que es la transferencia se hace una solicitud electrónica en SIGIMAC se firman las copias y el gestor comienza con los trámites como cuando se compra un arma en una armería. Tanto el gestor como el comprador son LU con años de experiencia y parecen buenas personas, serias. Pero por las dudas quiero ser precavido y no mandarme una macana ya que no tengo mucha experiencia como vendedor.
A no ser q el gestor tenga armeria, cn lugar para la guarda, no está autorizado, la podría tener como legítimo usuario, pero a vos no te deslinda de nada.
La única forma es en una armeria, y te dan un recibo del material en guarda para venta,consignación, o reparación si es q tiene taller armero.
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por Nanovich » Lun Jun 14, 2021 11:17 pm

fierro escribió:
Lun Jun 14, 2021 10:40 pm
A no ser q el gestor tenga armeria, cn lugar para la guarda, no está autorizado... un recibo del material en guarda para venta, consignación, o reparación si es q tiene taller armero.
Saludos
gracias por el dato fierro (-Y) lo tomo en cuenta para llegar a un acuerdo y cerrar el trato.
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randall58
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por randall58 » Mar Jun 15, 2021 9:37 pm

Mas de 3400 vistas y me pregunto y pregunto?.
Todavia seguimos sin entender

a) La diferencia que hay entre hacer una simple Denuncia de Venta -Que no surte ni tiene ningún efecto legal- y Presentar transferencia y Tenencia de un arma, bajo los procedimientos como establece la Ley de Armas.y la propia Reglamentación de Anmac.
Vuelvo a reiterar, con amparo en los artículos 62 y 63 del Decreto Reglamentario N| 305/75 de la Ley de Armas.

b) Todavía seguimos sin entender que UNA COSA ES LA FACULTAD QUE NOS DA LOS ARTICULOS CITADOS que no puede cambiar una Leyenda en un Formulario o una pagina Web vaya a saber por que "acomodado de turno" que no tiene la mas palida ydea de la Ley de Armas y su decreto Reglamentario, transmitido vaya a saber uno por quien de que "acomodo politico de turno", CONTRADICE LO QUE FACULTA Y NO PENA NINGUNA LEY PENL?.


c) Todavía seguimos planteando porque una Armería- Como Usuario Cmercial- NO ENTREGA UN ARMA HASTA QUE NO SALE NUEVA TENENCIA (porque no puede Reglamentariamente como usuario comercial hacerlo) y porque QUE CREDENCIAL TE VA A DAR PARA QUE TE LA LLEVES?

d)Todavia después de 100000 de post seguimos SIN SABER QUE, UNA COSA SON LAS EVENTUALES RESPONSABILIDADES CIVILES PENALES /PENALES que pueda ocasionarse y eventuamente hacernos cargo (Civiles) tanto de un arma vendida/prestada/regalada .

e) Todavia seguimos sin entender que EL ANMAC NO MANEJA NI RESPONSABILIDADES CIVILES NI PENALES que solo le atañe y aplica la Ley de Armasan.

f) Que si la Ley de armas NOS AUTORIZA Y FACULTA A USAR, TRANSPORTAR A LOS LU CON IGUAL CATEGORIA VIGENTE UN ARMA PROPIA O DE TERCEROS, CON SOLO PRESENTAR CLU, CREDENCIAL DEL ARMA Y DNI. ESO RIGE PARA ARMA QUE ESTE PRESTADA VENDIDA O ENTRAMITE DE TRANSFERENCIA SIN SALIR AUN NUEVA CREDENCIAL CON AJUSTE A LOS ART. 62 y 63 del Decreto Reglamentario de la Ley de Armas.

g) Que la venta NO INVALIDA NINGUN DERECHO YA AUTORIZADO (vender, prestar, ceder gratuitamente) un arma a otro LU con categoría acorde y VIGENTES AMBAS CREDENCIALES Y QUE NO HAY LEY PENAL QUE PENE ESTE HECHO.


Realmente, estamos jodidos muchachos. Si un cartel MAL REDACTADO DE ANMAC, vale mas que una Ley y su Decreto Regamentario.


Cordial saludo.


hay que aprender a diferenciar que faculta y se esta dentro de una ley y otra cosa es si EVENTUALMENTE PODEMOS TENER ALGUNA CONSECUENCIA CIVIL/penal.
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por Exupery » Mar Jun 15, 2021 10:14 pm

A mi me parece super claro, y creo que a la mayoría también.

Desde mi visión, es una mala decisión exponerse a una consecuencia civil por algo que vale 1000 o 2000 dolares, aunque la probabilidad de ocurrencia del riesgo sea baja.

Hacer , se puede hacer. La discusión del post es que no vale la pena la contingencia para un importe que no te va a cambiar la vida.





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randall58
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por randall58 » Mar Jun 15, 2021 10:24 pm

Exupery escribió:
Mar Jun 15, 2021 10:14 pm
A mi me parece super claro, y creo que a la mayoría también.

Desde mi visión, es una mala decisión exponerse a una consecuencia civil por algo que vale 1000 o 2000 dolares, aunque la probabilidad de ocurrencia del riesgo sea baja.

Hacer , se puede hacer. La discusión del post es que no vale la pena la contingencia para un importe que no te va a cambiar la vida.





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No estimado. Yo no me meto en decisiones personales. A lo que voy es a que esta facultado o no. Se entiende?.
Npo aconsejo nada. Cada uno sabe que le conviene o no y son decisiones personales. Lo que yo me refieroes a que se asevera que una Ley prohibe entregar un arma hasta que salga nueva credencial Y ESO ES LO INCORRECTO.
La Ley de armas no prohibe eso. Bajo ciertas condiciones (hacerlo con ajuste a los art 62 y 62 citados).
Se entende?.

Lo otro qu7eda a criterio de cada uno . Ya sabemos responsabilidad p'enal va haci8a quien comete el hecho . Civil eventualmente pueden ir por uno u otro o ambos (comprador/vendedor),

Y vuevo a repetir, hoy con tramites que demoran 5 meses (fue mi caso) es jodido tanto como para comprador como para vendedor esperar tanto tiempo y un sin fin de posibilidades.

NO ACONSEJO CON PLATA NI TRASTE AJENO TOMAR DECISIONES, solo estoy dando una opinión sobre la base de Art. de la ley SI ES LEGAL O NO ENTREGAR UN ARMA SIN QUE SALGA NUEVA CREDENCIAL , que nada tiene que ver CON FACULTADES DE ANMAC determinar eventuales responsabilidades (civiles/penales)

Se entiende?, Cordial saludo.
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por Exupery » Mié Jun 16, 2021 2:20 am

Casi ninguno en todo el tread dijo que no se podía o era ilegal.

La mayoría dice que no vale la pena el riesgo.

Es claro y fácil de entender, y así lo expresaron todos.

Estas diciendo lo mismo con otras palabras de lo que ya se dijo.

Abz

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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por randall58 » Mié Jun 16, 2021 4:25 am

Exupery escribió:
Mié Jun 16, 2021 2:20 am
Casi ninguno en todo el tread dijo que no se podía o era ilegal.

La mayoría dice que no vale la pena el riesgo.

Es claro y fácil de entender, y así lo expresaron todos.

Estas diciendo lo mismo con otras palabras de lo que ya se dijo.

Abz

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Estimado.
Esto no lo tome como personal, es una conversación publica y general.
Que se reitera y repite siempre. En este caso 4 o 5 personas (que es muy distinto a el casi ninguno), evidentemente no tienen claro, la diferencia entre
lo que establece una normativa -que para eso he explicado y citado en forma explicita- y los alcances/validez legal (frente a sus propias leyes) de una mala redacción de ANMAC en paginas y propios formularios.

Y no esta mal - No para convencer a nadie- pero si a ellos recordar y refrescar los demás aspectos (Civiles/penales) y que se puede deslindar y que no. Hay decenas de estos post y casi siempre volvemos a estas cuestiones.

Que mejor que conocer y fundamentar porque y en que se brinda cada opinión.

Permitame recordar por ejemplo que el ANMAC a mas de uno hizo pasar de categoría a muchos LU al tener 8 armas y una prensa, cuando SU PROPIA NORMATIVA ,antes y ahora dijo para pasar de categoría Cantidad de Armas y NO Credenciales (como sumaba la de la prensa) que tiene propia reglamentación de guarda.

Cordial saludo.
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por randall58 » Mié Jun 16, 2021 4:28 am

Corrijo. (Error de tipeo mio 9 armas + prensa) Ese fue limite 1er categoría guarda armas. (-Y)
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por Exupery » Mié Jun 16, 2021 8:27 am

Caballero,

En lo absoluto lo tome personal.

A veces expresiones de una charla común parecen más fuertes por que se escriben. Creo fue este caso.

Volviendo al tema, y dado lo engorroso de las normas en este país y la mala implementación de las mismas, a veces lo más práctico es evitar el problema.

Vos das un buen ejemplo. Si tuviera 8 armas y comprara una prensa , prefiero completar un formulario más y pagar un arancel de corresponder, que exponerme a que alguien con interpretación errónea lo observe y en lugar de 6 meses tarde un año. Haría esto aún sabiendo que en teoria no hace falta, como bien lo explicas.

En forma análoga, me han llegado multas de autos transferidos. Cuando uno transfiere, no te dan ningún comprobante. Como defensa sl juzgado de faltas le mandaba la pantalla de internet mostrando la radicación del dominio en otra jurisdicción. Obviamente ese chequeo lo debería hacer el juzgado pero no lo hace, y te tira el tema a vos.

No imagino el bardo que debe ser si un arma a nombre mia está involucrada en una causa penal.


Abz





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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por OCTAVIO7 » Mié Jun 16, 2021 10:53 am

Siempre entreguè el arma una vez presentados los papeles , hace un año maso se diò una circunstancia que me obligò a USAR DOBLE PAÑALES y desde ese momento en adelante " no volverè a entregarla", si es legal o ilegal el olor a merde no me deja pensar y ante la duda NO LA DOY MÀS EN LA VENTA , otra alternativa del que vende para comprar es "entregarla en Armerìa" ocuparse en venderla en forma particular y darle seguridad al comprador que el arma se encuentra a la espera de ser retirada en Armerìa, si el arma vendida es de mayor valor que la que se comprarà , eso se arregla con confianza donde compren habitualmente
Cuídate de un hombre viejo en una profesion en la que habitualmente se muere jóven
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por martillo_hammer » Jue Jun 17, 2021 10:10 am

OCTAVIO7 escribió:
Mié Jun 16, 2021 10:53 am
Siempre entreguè el arma una vez presentados los papeles , hace un año maso se diò una circunstancia que me obligò a USAR DOBLE PAÑALES y desde ese momento en adelante " no volverè a entregarla", si es legal o ilegal el olor a merde no me deja pensar y ante la duda NO LA DOY MÀS EN LA VENTA , otra alternativa del que vende para comprar es "entregarla en Armerìa" ocuparse en venderla en forma particular y darle seguridad al comprador que el arma se encuentra a la espera de ser retirada en Armerìa, si el arma vendida es de mayor valor que la que se comprarà , eso se arregla con confianza donde compren habitualmente
Por el motivo que usted muy bien describe, Yo entrego al salir el tramite. Si gusta compran y si no sigue en venta. Mi tranquilidad no tiene precio.

Salu2
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por Marlis10 » Dom Jul 25, 2021 1:39 am

Perdón que pregunte
. Pero soy nuevo.. por qué demoran tanto los trámites.. año 2021, internet y los trámites demoran más que hace 20 años?
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fierro
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por fierro » Dom Jul 25, 2021 10:26 am

Marlis10 escribió:
Dom Jul 25, 2021 1:39 am
Perdón que pregunte
. Pero soy nuevo.. por qué demoran tanto los trámites.. año 2021, internet y los trámites demoran más que hace 20 años?
La respuesta es simple, vivimos en un estado infectado x los sindicatos, totalmente ineficiente, donde muchos en un trabajo privado les pegan un voleo en el ogt si no hacen su trabajo.
Esto pasa en anmac.siempre un tramite normal,en formato papel,cn estampillas...tardó 20 días todo el proceso, y pagando un diferencial 5 días.
Pero q pasa, están trabajando muy pocos de la planta completa, ya todos vacunados ..pero acostumbrados a estar en casa,les da paja y están apañados x el estado y el sindicato.
Imagínate si hicieran lo mismo el el hospital, los super ,o la mayoría de las empresas privadas..

Hay empleos q se pueden hacer desde casa y me parece muy bueno, pero hay otros q no, y hay gente q ya se rasca en el lugar de trabajo, Imagínate en Casa..
Y esto solo pasa en el estado.
Por otra parte es un area que a los únicos que nos importa es a los LU, porque cada gobierno busca borrarnos y sacarnos los fierros, en vez de combatir la delincuencia de verdad.
Saludos
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Re: Cuando entregamos un arma al venderla?

Mensaje por surarmado » Dom Jul 25, 2021 3:47 pm

fierro escribió:
Dom Jul 25, 2021 10:26 am
Marlis10 escribió:
Dom Jul 25, 2021 1:39 am
Perdón que pregunte
. Pero soy nuevo.. por qué demoran tanto los trámites.. año 2021, internet y los trámites demoran más que hace 20 años?
La respuesta es simple, vivimos en un estado infectado x los sindicatos, totalmente ineficiente, donde muchos en un trabajo privado les pegan un voleo en el ogt si no hacen su trabajo.
Esto pasa en anmac.siempre un tramite normal,en formato papel,cn estampillas...tardó 20 días todo el proceso, y pagando un diferencial 5 días.
Pero q pasa, están trabajando muy pocos de la planta completa, ya todos vacunados ..pero acostumbrados a estar en casa,les da paja y están apañados x el estado y el sindicato.
Imagínate si hicieran lo mismo el el hospital, los super ,o la mayoría de las empresas privadas..

Hay empleos q se pueden hacer desde casa y me parece muy bueno, pero hay otros q no, y hay gente q ya se rasca en el lugar de trabajo, Imagínate en Casa..
Y esto solo pasa en el estado.
Por otra parte es un area que a los únicos que nos importa es a los LU, porque cada gobierno busca borrarnos y sacarnos los fierros, en vez de combatir la delincuencia de verdad.
Saludos
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Perfecto, amigo. Ni una palabra mas ni una palabra menos. (-H-) Esa es nuestra realidad.

Saludos
Raúl
Y aquel que no tenga espada, que venda su manto y compre una. (Lucas 22, 36)
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