Cuantas armas se pueden transportar?

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Cuisama
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Cuantas armas se pueden transportar?

Mensaje por Cuisama » Mar Oct 25, 2022 9:14 am

Hola gente.
Hago esta pregunta por que no encontré nada legal que lo aclare. Si por ejemplo con las municiones que habla de hasta 5kg. Y de cantidad de armas?
Para poder estar preparado ante los controles que nos pueden llegar a hacer pasar un mal momento si alguien tiene informacion del articulo, reglamentación o ley que lo aclare nos estaríamos ayudando para mostrarlo en el puesto y hacer que todos sepamos hasta donde nos pueden intimidar con cosas que muchos no las sabemos y que cada vez que pregunto las respuestas son distintas. Gracias
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randall58
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Re: Cuantas armas se pueden transportar?

Mensaje por randall58 » Mar Oct 25, 2022 10:56 am

Estimado.
Aqui tiene un enlace donde se trato el tema (debe haber otros seguro).

NO hay limite de armas a transportar (fijado x Ley Armas y/o Decreto /Disposicion). como bien cita el enlace, quedo como válido (Muchos mal informados) una reglamentacion que caducó en el año mismo de su puesta temporal en vigencia.
Decreto del año 1979. (N 440/79).
Pero en el mismo articulado de dicho decreto (Articulo 8) , decía que ese Decreto tenía vigencia HASTA EL 31-12-1979.


https://www.foro.fullaventura.com/viewt ... p?t=166124
Cuisama escribió:
Mar Oct 25, 2022 9:14 am

Hola gente.
Hago esta pregunta por que no encontré nada legal que lo aclare. Si por ejemplo con las municiones que habla de hasta 5kg. Y de cantidad de armas?
Para poder estar preparado ante los controles que nos pueden llegar a hacer pasar un mal momento si alguien tiene informacion del articulo, reglamentación o ley que lo aclare nos estaríamos ayudando para mostrarlo en el puesto y hacer que todos sepamos hasta donde nos pueden intimidar con cosas que muchos no las sabemos y que cada vez que pregunto las respuestas son distintas. Gracias
Respecto de las Municiones, realmente no se donde leyó o sacó esa información de 5 kg. (-U) No será referido a pólvora lo de kg. ?
Entiendo que el traslado tope de municiones esta vinculado y ligado a la existencia máxima permitida por calibre y NO A KG

Es decir, se entiende que usted como LU Individual (no armeria) puede transportar solamente, el Tope que puede adquirir y tener en su poder, para cada calibre (1.000 UCC y hasta 2.500 22 lr y Cartuchos)..

http://www.anmac.gob.ar/index_seccion.p ... o_tramites

Saludos.
GermanR
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Re: Cuantas armas se pueden transportar?

Mensaje por GermanR » Mar Oct 25, 2022 11:19 am

Las que te de la gana. mientran cumpla con los requisitos de transporte y no supongan un peligro para terceros dale que va.
Buluka Presidente!
CLAY
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Re: Cuantas armas se pueden transportar?

Mensaje por CLAY » Mar Oct 25, 2022 11:28 am

Si te referis a transporte por aca es como te dicen, cuando viajas en avion al exterior para torneos no podes llevar mas de 5kg de municiones.
Cuisama
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Re: Cuantas armas se pueden transportar?

Mensaje por Cuisama » Mar Oct 25, 2022 8:14 pm

Muchas gracias
Ya está claro. Así que cuando alguien de las fuerzas que nunca falta EL DURO diga por que llevo tantas armas o a donde se dirige uno le responde a lo de mi suegra, mire tengo todo en regla según la ley nacional de armas 20.429 y el decreto 395/75
Hablando en serio es un tema que ignoraba y lo quería evacuar. Gracias
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Re: Cuantas armas se pueden transportar?

Mensaje por ringuin » Mié Oct 26, 2022 12:05 am

Aparte de tener registradas y con su documentacion en mano y maximo de municion de acuerdo a la tarjeta de consumo del calibre,CREO que NO se pueden transportar mas de tres o cuatro armas por vez,FIJATE que dije CREO,es como para que no vayas a meter la pata confiado en una informacion NO fundamentada,es mi opinion,suerte y cordiales saludos.
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Re: Cuantas armas se pueden transportar?

Mensaje por Cuisama » Mié Oct 26, 2022 6:57 am

Buen día
Por eso hice esa pregunta. Yo también tengo un CREO pero tengo que transportar 9 armas, una máquina de recarga e insumos varios por 1500km lo cual me voy a encontrar con todo tipo de personajes en la ruta haciendo controles. La mayoría de las veces te preguntan de donde viene a donde va, pero por las dudas quería estar seguro del tema
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randall58
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Re: Cuantas armas se pueden transportar?

Mensaje por randall58 » Mié Oct 26, 2022 10:24 am

Cuisama escribió:
Mié Oct 26, 2022 6:57 am
Buen día
Por eso hice esa pregunta. Yo también tengo un CREO pero tengo que transportar 9 armas, una máquina de recarga e insumos varios por 1500km lo cual me voy a encontrar con todo tipo de personajes en la ruta haciendo controles. La mayoría de las veces te preguntan de donde viene a donde va, pero por las dudas quería estar seguro del tema
Estimado. Imprima esto (es lo que le mencione en la respuesta de mas arriba) y trata el enlace de este mismo foro, en uno de los que se trato el tema.
De aqui sale TOOOODO el mito y mal uso de restricción a cantidad. Punto, se termina el tema en lo que a lo establecido en Ley de Armas y Decretos Reglamentarios.
EN NINGUN LADO NI LA LEY DE ARMAS NI DECRETOS REGLAMENTARIOS NI OTRA DISPOSICION DEL ANMAC, HABLA DE CANTIDAD LIMITE DE TRANSPORTE DE ARMAS POR PARTE DE UN LU.
https://www.argentina.gob.ar/normativa/ ... 5669/texto

Este video,- para el caso particular y en consulta- le doy la derecha. Lo explica bien y esta correctamente fundamentado
https://www.youtube.com/watch?v=clvmZFQaBgk

EXTRAIDO DEL MAR (Manual Registral Renar)
Textual....VAYA A SU PAGINA 69.
http://www.anmac.gob.ar/pdf/MANUALREGISTRAL-1.pdf
TRANSPORTE
Cuando un Legítimo Usuario se vea precisado a trasladar una o más armas de fuego por algún motivo justificado, tales como concurrir a
un polígono para la práctica del tiro deportivo, llevar el arma para reparar a un taller habilitado, ir de cacería debidamente autorizado a un
campo o coto de caza, etc., podrá hacerlo sin necesidad de autorización especial, a condición de que dicho transporte se realice
observando las siguientes reglas :
• El arma o armas deberán hallarse descargadas y separadas de sus municiones, que no podrán estar alojadas en cargadores,
cuando se trate e armas que los empleen;
• Las armas deberán colocarse en cajas o fundas, o en cualquier otro envoltorio apropiado;
• Se procurará, dentro de lo posible, disimular su contenido;
• En ningún caso deberá llevarse el arma en pistoleras o sobaqueras, o en bolsillos o adosada al cuerpo;
• Cuando se viaje en vehículo las armas y sus municiones deberán ser transportadas en el baúl, evitando hacerlo en la guantera o
sobre el portaequipaje.
Siempre que se transporte un arma de fuego, deberá hacérselo con la documentación correspondiente; vale decir, la Credencial que
acredite que quien realiza el transporte posee la calidad de Legítimo Usuario acorde con la clasificación del material y su documento de
identidad personal, y la Credencial de Tenencia del arma o armas transportadas.



En ningún lado habla de CANTIDAD LIMITE, porque como se explico Ningun Decreto, Ley, Disposicion Renar/Anmac, limita en ese sentido.

Por ultimo, le copio otro enlace de este mismo foro en lo que se trato tambien elk tema y siempre se hablo de la DISPOSICION que cite (440/79) que venció en diciembre segun el Art. 8 el 31-12-79.

Fijese en la pagina 4 de este enlace un forista (Vladimirusuahia) copia la respuesta dada por ANMAC EN CONSULTA ESPECIFICA.
https://foro.fullaventura.com/viewtopic ... 4&start=90

Hola gente del RENAR me contestaron esto:
Estimado Sr Vladimir Sinisi

Atento a su consulta le informo que, la ley nacional de
armas no le impone un limite de armas a transportar dentro de territorio
nacional mientras que lleve con sigo su credencial de legitimo usuario y
las correspondientes tenencias.

. Sin otro particular, le saludo muy atentamente.

Saludos y espero le aclare y amplie un poco mas el tema. (fundamentar)
Roman40
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Re: Cuantas armas se pueden transportar?

Mensaje por Roman40 » Mié Oct 26, 2022 10:34 am

Cuisama escribió:
Mié Oct 26, 2022 6:57 am
Buen día
Por eso hice esa pregunta. Yo también tengo un CREO pero tengo que transportar 9 armas, una máquina de recarga e insumos varios por 1500km lo cual me voy a encontrar con todo tipo de personajes en la ruta haciendo controles. La mayoría de las veces te preguntan de donde viene a donde va, pero por las dudas quería estar seguro del tema
Me a pasado de llevar la 9 guardada en su estuche sin municion en recamara ni en cargador, me a parado la policia en varias provincias y me han hinchado las bolas varias veces, por eso llevo las reglamentaciones de anmac conmigo, porque burros sobran, una ves me toco un policia que estaba a cargo de un operativo en Santa Fe en la nada misma cerca de tostado, y cuando vio que tenia el arma en el estuche, me dijo que para que la queria si seguro tenia un ranchito jajajaja, bien palurdo era el pobre ñato.
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leob
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Re: Cuantas armas se pueden transportar?

Mensaje por leob » Mié Oct 26, 2022 11:34 am

Les dejo un video del canal armas y militaria donde explica y enumera varios decretos y leyes sobre el transporte de armas de fuego y llega a la conclusion que no hay nada sobre cantidades

https://www.youtube.com/watch?v=clvmZFQaBgk[/Youtube]

Y el MAR que no menciona nada sobre cantidades dice sobre el transporte ( http://www.anmac.gob.ar/pdf/MANUALREGISTRAL-1.pdf )

"Cuando un Legítimo Usuario se vea precisado a trasladar una o más armas de fuego por algún motivo justificado, tales como concurrir a un polígono para la práctica del tiro deportivo, llevar el arma para reparar a un taller habilitado, ir de cacería debidamente autorizado a un campo o coto de caza, etc., podrá hacerlo sin necesidad de autorización especial, a condición de que dicho transporte se realice observando las siguientes reglas : • El arma o armas deberán hallarse descargadas y separadas de sus municiones, que no podrán estar alojadas en cargadores, cuando se trate e armas que los empleen; • Las armas deberán colocarse en cajas o fundas, o en cualquier otro envoltorio apropiado; • Se procurará, dentro de lo posible, disimular su contenido; • En ningún caso deberá llevarse el arma en pistoleras o sobaqueras, o en bolsillos o adosada al cuerpo; • Cuando se viaje en vehículo las armas y sus municiones deberán ser transportadas en el baúl, evitando hacerlo en la guantera o sobre el portaequipaje. Siempre que se transporte un arma de fuego, deberá hacérselo con la documentación correspondiente; vale decir, la Credencial que acredite que quien realiza el transporte posee la calidad de Legítimo Usuario acorde con la clasificación del material y su documento de identidad personal, y la Credencial de Tenencia del arma o armas transportadas. "

Saludos
¡¡soʌ sɐʇsǝ ɐʇlǝnʌ opɐp 'oɥɔǝɹǝp lɐ ʎoʇsǝ oʎ
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Re: Cuantas armas se pueden transportar?

Mensaje por Cuisama » Mié Oct 26, 2022 12:12 pm

randall58 escribió:
Mié Oct 26, 2022 10:24 am
Cuisama escribió:
Mié Oct 26, 2022 6:57 am
Buen día
Por eso hice esa pregunta. Yo también tengo un CREO pero tengo que transportar 9 armas, una máquina de recarga e insumos varios por 1500km lo cual me voy a encontrar con todo tipo de personajes en la ruta haciendo controles. La mayoría de las veces te preguntan de donde viene a donde va, pero por las dudas quería estar seguro del tema
Estimado. Imprima esto (es lo que le mencione en la respuesta de mas arriba) y trata el enlace de este mismo foro, en uno de los que se trato el tema.
De aqui sale TOOOODO el mito y mal uso de restricción a cantidad. Punto, se termina el tema en lo que a lo establecido en Ley de Armas y Decretos Reglamentarios.
EN NINGUN LADO NI LA LEY DE ARMAS NI DECRETOS REGLAMENTARIOS NI OTRA DISPOSICION DEL ANMAC, HABLA DE CANTIDAD LIMITE DE TRANSPORTE DE ARMAS POR PARTE DE UN LU.
https://www.argentina.gob.ar/normativa/ ... 5669/texto

Este video,- para el caso particular y en consulta- le doy la derecha. Lo explica bien y esta correctamente fundamentado
https://www.youtube.com/watch?v=clvmZFQaBgk

EXTRAIDO DEL MAR (Manual Registral Renar)
Textual....VAYA A SU PAGINA 69.
http://www.anmac.gob.ar/pdf/MANUALREGISTRAL-1.pdf
TRANSPORTE
Cuando un Legítimo Usuario se vea precisado a trasladar una o más armas de fuego por algún motivo justificado, tales como concurrir a
un polígono para la práctica del tiro deportivo, llevar el arma para reparar a un taller habilitado, ir de cacería debidamente autorizado a un
campo o coto de caza, etc., podrá hacerlo sin necesidad de autorización especial, a condición de que dicho transporte se realice
observando las siguientes reglas :
• El arma o armas deberán hallarse descargadas y separadas de sus municiones, que no podrán estar alojadas en cargadores,
cuando se trate e armas que los empleen;
• Las armas deberán colocarse en cajas o fundas, o en cualquier otro envoltorio apropiado;
• Se procurará, dentro de lo posible, disimular su contenido;
• En ningún caso deberá llevarse el arma en pistoleras o sobaqueras, o en bolsillos o adosada al cuerpo;
• Cuando se viaje en vehículo las armas y sus municiones deberán ser transportadas en el baúl, evitando hacerlo en la guantera o
sobre el portaequipaje.
Siempre que se transporte un arma de fuego, deberá hacérselo con la documentación correspondiente; vale decir, la Credencial que
acredite que quien realiza el transporte posee la calidad de Legítimo Usuario acorde con la clasificación del material y su documento de
identidad personal, y la Credencial de Tenencia del arma o armas transportadas.



En ningún lado habla de CANTIDAD LIMITE, porque como se explico Ningun Decreto, Ley, Disposicion Renar/Anmac, limita en ese sentido.

Por ultimo, le copio otro enlace de este mismo foro en lo que se trato tambien elk tema y siempre se hablo de la DISPOSICION que cite (440/79) que venció en diciembre segun el Art. 8 el 31-12-79.

Fijese en la pagina 4 de este enlace un forista (Vladimirusuahia) copia la respuesta dada por ANMAC EN CONSULTA ESPECIFICA.
https://foro.fullaventura.com/viewtopic ... 4&start=90

Hola gente del RENAR me contestaron esto:
Estimado Sr Vladimir Sinisi

Atento a su consulta le informo que, la ley nacional de
armas no le impone un limite de armas a transportar dentro de territorio
nacional mientras que lleve con sigo su credencial de legitimo usuario y
las correspondientes tenencias.

. Sin otro particular, le saludo muy atentamente.

Saludos y espero le aclare y amplie un poco mas el tema. (fundamentar)
Clarito y conciso. Muchas gracias!!!
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ringuin
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Re: Cuantas armas se pueden transportar?

Mensaje por ringuin » Jue Oct 27, 2022 12:11 am

Ahora si tenes lo que necesitabas,que alguien fundamentara tu duda,siempre en el Foro y con la buena voluntad de todos las dudas se aclaran,es mi opinion,suerte y cordiales saludos.
PD:Ahhh llevate la copia de estas disposiciones en el auto por las dudas. (:T:)
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Re: Cuantas armas se pueden transportar?

Mensaje por Cuisama » Jue Oct 27, 2022 10:02 am

ringuin escribió:
Jue Oct 27, 2022 12:11 am
Ahora si tenes lo que necesitabas,que alguien fundamentara tu duda,siempre en el Foro y con la buena voluntad de todos las dudas se aclaran,es mi opinion,suerte y cordiales saludos.
PD:Ahhh llevate la copia de estas disposiciones en el auto por las dudas. (:T:)
Si si, ya imprimi esas cosas. Desde ya muchas gracias a todos por ser condecendientes con personas como yo que no tenemos algunas cosas tan claras. Ahora estoy bien informado en este tema y transmitir estas pequeñas cosas nos ayudan a todos.
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